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- rdf:value = " El señor GUMUCIO.-
En nombre de la Unidad Popular, haré algunos alcances sobre la totalidad de la observación del Ejecutivo en este punto, aunque en la Sala se voten separadamente los tres conceptos mencionados.
En primer lugar, debo repetir que cuando el Ejecutivo observa que se exija la dictación de ley, lo ha hecho considerando lo consignado en las disposiciones vigésima y vigesimoprimera transitorias del artículo 2º del proyecto de reforma constitucional despachado por el Congreso, que establecen una derogación genérica de toda la legislación vigente que permite al Estado intervenir en la economía.
Por lo tanto, el hecho de que el Ejecutivo insista en la supresión de la palabra ley, tanto en las observaciones que votamos ayer como en las que tratamos ahora, tiene el motivo de fondo señalado.
En la Comisión hubo unanimidad para modificar la expresión uso y goce, dejando sólo el vocablo uso. O sea, hubo consenso en cuanto a que en el caso de las empresas administradas por los trabajadores no exista el dominio que requiere naturalmente la conjunción del uso y del goce.
También se aceptó cambiar la palabra utilidades por excedentes. En esta parte incide la idea de las empresas de trabajadores.
En un primer momento, la Unidad Popular mantuvo reservas bastante fundadas sobre el concepto de empresas de trabajadores, porque los primeros lineamientos hechos públicos acerca de este punto adolecían, sin duda, de vicios fundamentales desde nuestro punto de vista. En el curso de las conversaciones que sostuvo la Unidad Popular con representantes de la Democracia Cristiana, la idea se fue concretando en forma de que al final de esas conversaciones ya se tenía una configuración mucho, más completa de lo que deben ser las empresas de trabajadores, que desde luego la Unidad Popular acepta y alienta en todo lo que significa un paso hacia el socialismo, o sea, hacia la propiedad colectiva de los medios de producción.
¿Cuáles son los elementos básicos en esta materia?
La primera concepción lanzada por la Democracia Cristiana en este momento, no sé hasta qué punto ha sido rectificada planteaba la posibilidad de que los trabajadores pudieran arrendar el capital; o sea, que al dueño del capital se le pagara interés por el capital que aportaba a la empresa de trabajadores. Según el concepto de la Unidad popular, tal proposición no podía ser aceptable, pues creía que la propiedad de las empresas de trabajadores debía ser del Estado, aunque fuera auto-gestionada por ellos.
En el transcurso de las conversaciones no me atrevo a asegurar si hoy día la Democracia Cristiana piensa igual esa idea fue aceptada; o sea, en el punto básico, el Estado era el propietario de la empresa y los trabajadores la auto-gestionaban.
La segunda idea básica consiste en impedir que las empresas de trabajadores sean empresas autónomas, que operen con todas las reglas del sistema capitalista, es decir que persigan sólo fines de lucro. Y en este sentido prosperó, en forma definitiva, la tesis de que las empresas de trabajadores se integren por ramas.
En seguida y éste es el punto más fundamental para que una empresa auto-gestionada tenga éxito
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