-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588552/seccion/akn588552-po1-ds39-ds50
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3539
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/temporal/1292
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3539
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1224
- rdf:value = " El señor PABLO.-
Las diferencias entre el desahucio de la Administración Pública y el de las Fuerzas Armadas que se han hecho presente en esta ocasión se originaron, según mis recuerdos, en el siguiente hecho.
Cuando se estableció el desahucio para la Administración Pública, ese derecho pecuniario se otorgó hasta por seis meses; cuando el fondo se acrecentó, el beneficio se dio hasta por ocho, luego por quince y después por veinticuatro, si mal no recuerdo. Vale decir, en la medida que el Fondo de Desahucio se fue acrecentando, gradualmente también los meses de desahucio fueron en aumento, tomando en consideración el número de años servidos.
En 1946 y 1947 se promulgaron las leyes que favorecen a las Fuerzas Armadas y a Carabineros, respectivamente. A partir de esa época, si un jefe de las Fuerzas Armadas se retiraba con 24 años de servicio, tenía derecho a desahucio por igual cantidad de meses. Y esa persona seguía pagando la imposición al Fondo de Desahucio, para devolver con cargo a su pensión el monto recibido.
En el año 1964, 1965 o 1966, se presentaron muchos proyectos sobre el particular, porque se argumentaba que determinada persona había jubilado en 1950, y en esa época recibió un desahucio, por ejemplo, de 500 mil pesos, y en 1966 aparecía devolviendo 20 mil escudos, por decir una cifra. Entonces, el interesado argüía en la forma siguiente: Ya pagué totalmente mi desahucio. Pero nadie consideraba el valor real que el dinero tenía en la época en que se le otorgó el beneficio, el cual, evidentemente, no correspondía al de los años posteriores.
Sin embargo, por otra parte, una persona que empezó en 1947, a efectuar imposiciones para devolver un desahucio correspondiente a veinte años, pasado este período de descuentos no tendría por qué seguir devolviendo el desahucio, ya que la devolución no es eterna sino por tiempo determinado.
En segundo lugar, en el caso concreto que aquí expuse, debe restituirse el valor del desahucio considerando la desvalorización, ya que es evidente que en 1972 prácticamente con tres meses de descuento se podría reembolsar el monto del beneficio.
Pero, además, ¿qué está sucediendo? Ocurre que en la actualidad una persona se reintegra por tres años a las Fuerzas Armadas o a cualquier servicio, y yo encontraría legítimo que recibiera desahucio por esos tres años nuevamente servidos; sin embargo, se le computan esos tres años más los veinte o veinticinco servidos con anterioridad. En consecuencia, con este nuevo tiempo trabajado perciben desahucios equivalentes a 300 mil o 400 mil escudos, lo cual, a mi modo de ver, constituye un exceso.
Comprendo que una persona pueda jubilar dos veces, pero que se retire del servicio activo tres o cuatro veces me parece demasiado.
Por eso acompaño al Honorable señor Chadwick en su indicación y la voto favorablemente.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588552
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588552/seccion/akn588552-po1-ds39