. . . . "MENSAJE DEL EJECUTIVO, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 307 Y 309 DEL CODIGO DEL TRABAJO, SOBRE PROTECCION A LA MATERNIDAD."^^ . . "1."^^ . . . . . " 1. MENSAJE DEL EJECUTIVO, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 307 Y 309 DEL CODIGO DEL TRABAJO, SOBRE PROTECCION A LA MATERNIDAD. \nConciudadanos del Senado y de la C\u00E1mara de Diputados: \nConsiderando la protecci\u00F3n de la mujer que trabaja y el cuidado que sus hijos requieren, y en forma muy especial el del reci\u00E9n nacido, es que estamos poniendo a vuestra consideraci\u00F3n este Mensaje que tiene por objeto garantizar en una forma m\u00E1s efectiva la preocupaci\u00F3n que merecen la madre y el ni\u00F1o. \nEs indispensable considerar que los estudios e investigaciones nos est\u00E1n mostrando que los tres primeros meses de vida del reci\u00E9n nacido son los que m\u00E1s cuidado requieren. Hemos podido comprobar que el mayor porcentaje de muerte en los ni\u00F1os menores de un a\u00F1o se produce en los tres primeros meses de vida; que la lactancia natural es b\u00E1sica por su especial valor en la protecci\u00F3n de la salud del ni\u00F1o; al igual, las investigaciones destacan este per\u00EDodo de la vida, como el m\u00E1s sensible a la separaci\u00F3n del ni\u00F1o a la madre, con importantes secuelas en la vida emocional. \nYa el legislador as\u00ED lo hab\u00EDa entendido y lo consagr\u00F3 en el art\u00EDculo 1\u00BA de la ley N\u00BA 16.434, de 26 de febrero de 1966, al establecer si el cuidado del ni\u00F1o lo requiere, el Servicio M\u00E9dico prolongar\u00E1 por seis semanas m\u00E1s el subsidio maternal postnatal. \nSin embargo, esta disposici\u00F3n nos parece insuficiente, ya que concede un beneficio sujeto a la consideraci\u00F3n de un servicio m\u00E9dico, cuando la experiencia nos est\u00E1 diciendo que es necesario conceder en forma permanente este beneficio, ya que el cuidado del ni\u00F1o lo requiere, durante un per\u00EDodo de doce semanas. \nEs as\u00ED que hemos enviado este proyecto con el convencimiento m\u00E1s absoluto de garantizar el cuidado de la madre y del ni\u00F1o al establecerse un descanso despu\u00E9s del parto de doce semanas. \nEn m\u00E9rito de lo expuesto, vengo en someter a la consideraci\u00F3n de Vuestras Se\u00F1or\u00EDas, para ser tratado en la actual legislatura, el siguiente \n \nProyecto de ley: \nModifica los art\u00EDculos 307 y 309 del C\u00F3digo del Trabajo, sobre protecci\u00F3n a la maternidad. \nArt\u00EDculo 1\u00B0.- Introduce la siguiente modificaci\u00F3n al art\u00EDculo 307 del C\u00F3digo del Trabajo: \nReempl\u00E1zase su inciso 1\u00B0, por el siguiente: \nLa protecci\u00F3n a la maternidad se regir\u00E1 por las disposiciones del presente T\u00EDtulo y quedan sujetos a ellas los servicios de la Administraci\u00F3n P\u00FAblica, los servicios semifiscales, de administraci\u00F3n aut\u00F3noma, de las Municipalidades y todos los servicios y establecimientos o empresas industriales, agr\u00EDcolas o comerciales, sean de propiedad fiscal, semifiscal, de administraci\u00F3n aut\u00F3noma o independiente, municipal o particular o perteneciente a una corporaci\u00F3n de derecho p\u00FAblico o privado. \nArt\u00EDculo 2\u00BA.- Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones al art\u00EDculo 309 del C\u00F3digo del Trabajo: \na) Sustit\u00FAyense en su inciso 1\u00BA las palabras de seis semanas despu\u00E9s de \u00E9l por doce semanas despu\u00E9s de \u00E9l. \nb) Supr\u00EDmese el inciso 2\u00BA. \nc) Pase el inciso 3\u00BA a 2\u00BA. \n(Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Juan Carlos Concha Guti\u00E9rrez, Ministro de Salud P\u00FAblica. \n \n \n0|T. 2162 - Instituto Geogr\u00E1fico Militar - 1972 \n " . . .