-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588567/seccion/akn588567-po1-ds4-ds19-sp57
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Intervencion
- rdf:value = " El señor GARCIA.-
Me parece que si el Senado tiene interés en despachar la iniciativa, debemos ponernos de acuerdo en algunas cosas.
Primeramente, parece haber mayoría sustancial para suprimir los artículos referentes a la publicidad, pues cualquiera que sea la justificación del precepto, dada la forma como actualmente se distribuye la publicidad de la Polla, no es éste el momento de discutir el asunto. Solucionado este problema, quedarían tres más.
El primero es sumamente sencillo: ¿a quién se le entregará el dinero? Podríamos dejar vigente el mismo sistema propuesto por la Cámara de Diputados, sin ningún inconveniente.
El segundo se refiere al impuesto a la renta. En realidad, éste no existe propiamente, porque tanto los premios de la Polla Chilena de Beneficencia como los de la Lotería no están afectos a ese tributo. ¿Cuál es el impuesto? Se trata de una retención a los premios establecida en la ley de la Renta. En el fondo, el juego no constituye renta, y lo que se fijó fue un impuesto a los premios. La primera pregunta que surgió en los debates habidos sobre la materia fue la siguiente: ¿se entregará o no dicha retención a la Confederación Deportiva de las Fuerzas Armadas? La primitiva disposición decía que el sorteo estaría libre de todo impuesto, gravamen o derecho fiscal o municipal. De acuerdo con este texto, el sorteo, al parecer, también queda liberado de este impuesto; pero como ello no quedaba claramente establecido, se agregó: exceptuados los establecidos en la ley 15. 564... Y esto es lo que confundió al Honorable señor Juliet, porque pareciera tratarse de varios impuestos.
Por lo tanto, si dejamos establecido que todos estamos de acuerdo en que la retención, cualquiera que sea el lenguaje que use la Cámara de Diputados, se destinará a la Confederación Deportiva de las Fuerzas Armadas, no habría problema alguno y no se precisaría de ninguna disposición legal al respecto.
Este es el primer punto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588567
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588567/seccion/akn588567-po1-ds4-ds19