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Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de informaros acerca del proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Ferrando y Fuentealba, que modifica la ley Nº 11.207.
Esta última, que a su vez fue modificada por las leyes números 12.390 y 13.915, transfirió a la Municipalidad de Temuco a título gratuito un inmueble fiscal, ubicado en la calle Manuel Montt Nº 1057 a 1087 de la mencionada ciudad, con el objeto de que se construyera en él un gimnasio.
Dicha finalidad no ha podido ser cumplida en razón de que el bien raíz no tiene la cabida adecuada para una obra de esta índole, lo que ha determinado al Municipio a solicitar la modificación legal necesaria para levantar en el predio un Hogar para el Funcionario Municipal y una Casa de la Cultura, con salas de conferencias, de exposiciones, taller de escultura y otras especialidades. Además, se consulta la posibilidad de incluir en el edificio una placa comercial, cuyos locales podrán ser vendidos por el Municipio con omisión del trámite de subasta pública.
Los señores Senadores autores de la moción hacen presente en los fundamentos de ésta que una construcción con las características indicadas no sólo lograría promover la cultura de la zona, que ya cuenta con tres Universidades, sino que significaría un justo beneficio para el sacrificado funcionario municipal.
El Honorable Senador señor Contreras señaló que si bien concordaba en general con el proyecto, no era partidario de que se autorizara a la Municipalidad para vender locales comerciales sin subasta pública.
En sus demás disposiciones, la iniciativa en informe fue aceptada unánimemente.
En consecuencia, vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de recomendaros que aprobéis el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Modifícase la ley Nº 11.207, modificada por el artículo 8º de la ley Nº 12.390 y por el artículo 11 de la ley Nº 13.915, en el sentido de que la donación que se hizo a la Municipalidad de Temuco del inmueble de dominio fiscal ubicado en dicha ciudad, calle Manuel Montt Nºs. 1057/87, inscrito a favor del Fisco a fs. 549 vuelta, Nº 1352, del Registro de Propiedad de 1948, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, se hace con la condición de que la referida Municipalidad construya en dicho predio un edificio destinado a la Casa de la Cultura y a la Casa del Funcionario Municipal.
El edificio deberá reunir las condiciones que exige el Plano Regulador y podrá consultar una placa comercial, cuyos locales podrán ser enajenados por la Municipalidad con omisión del trámite de subasta pública.
Lo dispuesto en los artículos 3º, 4º y 5º de la ley Nº 11.207, conservarán su vigencia.".
Sala de la Comisión a 11 de agosto de 1972.
Acordado en sesión celebrada el día 7 del presente, con asistencia de los Honorables Senadores señores Lorca (Presidente), Contreras, Durán y Valenzuela.
(Fdo.): Rafael Eyzaguirre E., Secretario.
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