. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " INEXPROPIABILIDAD DE PREDIOS RUSTICOS NO SUPERIORES A 80 HECTAREAS DE RIEGO BASICAS EN PROVINCIA DE MAULE. \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n Proyecto de ley, iniciado en moci\u00F3n del Honorable se\u00F1or Foncea, que declara inexpropiables, por el t\u00E9rmino de diez a\u00F1os, los predios r\u00FAsticos ubicados en la provincia de Maule que no excedan de una superficie de 80 hect\u00E1reas de riego b\u00E1sicas. \nLa Comisi\u00F3n de Agricultura y Colonizaci\u00F3n, en informe suscrito por los Honorables se\u00F1ores Lorca (Presidente), Foncea y Ochagav\u00EDa, recomienda a la Sala aprobar la iniciativa contenida en el bolet\u00EDn 25.989. \nEste proyecto comenz\u00F3 a tratarse en la sesi\u00F3n del 9 de agosto; el Honorable se\u00F1or Gumucio pidi\u00F3 segunda discusi\u00F3n, y en la primera qued\u00F3 con la palabra el mismo se\u00F1or Senador. \nLos antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \n \nProyecto de ley (moci\u00F3n del se\u00F1or Foncea): \nEn primer tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 17\u00AA, en 20 de junio de 1972. \n \nInforme de Comisi\u00F3n: \n \nAgricultura y Colonizaci\u00F3n, sesi\u00F3n 19\u00AA, en 27 de junio de 1972. \n \nDiscusi\u00F3n: \n \nSesi\u00F3n 50\u00AA, en 9 de agosto de 1972. \n \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n En la primera discusi\u00F3n, ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn la segunda discusi\u00F3n, ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n Puede hacer uso de la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n De acuerdo con el anuncio que nos hizo el se\u00F1or Secretario, entiendo que este proyecto de ley declara inexpropiables determinados predios r\u00FAsticos. En consecuencia, me parece que debe ser calificado como de reforma constitucional y someterse a las normas propias de esta clase de iniciativas. Porque las reglas sobre expropiaci\u00F3n est\u00E1n contenidas en el N\u00BA 10 del art\u00EDculo 10 de la Carta Fundamental, de manera que cualquier proyecto que tienda a introducir modalidades o limitaciones al pleno imperio de dicha norma pasa a incorporarse a ella. \nPienso, pues, que una iniciativa de este g\u00E9nero debe tramitarse conforme a las reglas que rigen la reforma constitucional. \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS.- \n Pido la palabra, se\u00F1or Presidente. \nEl art\u00EDculo 1\u00BA de la iniciativa que nos ocupa establece que \"por el t\u00E9rmino de 10 a\u00F1os desde la fecha de promulgaci\u00F3n de esta ley se declaran inexpropiables por las causales establecidas en las disposiciones del Cap\u00EDtulo I del T\u00EDtulo I de la ley N\u00BA 16.640, de 28 de julio de 1967, los predios r\u00FAsticos de una superficie que no exceda de 80 hect\u00E1reas de riego b\u00E1sicas, calculadas conforme a la Tabla de conversi\u00F3n se\u00F1alada en el art\u00EDculo 172 de la ley citada, ubicados dentro de la provincia de Maule.\" \nEntiendo que sobre este particular, existen varias iniciativas. Por una parte, el Ejecutivo ha anunciado el env\u00EDo de un proyecto modificatorio de la ley de Reforma Agraria en lo referente a la cabida m\u00E1xima de la propiedad agr\u00EDcola. Por otra parte, los Diputados del Partido Democratacristiano han presentado otro proyecto, que coincide con el enviado por el Gobierno, ya que tiende a limitar dicha cabida m\u00E1xima a 40 hect\u00E1reas. Nosotros concordamos con ambas iniciativas, pues estimamos que ante el incremento de la poblaci\u00F3n campesina se hace necesario reducir la superficie de los predios agr\u00EDcolas para incorporar a una mayor cantidad de trabajadores del campo a las labores del agro. \nBasados en el planteamiento anterior, consideramos indispensable uniformar criterios sobre el particular. Y esto, porque mientras el Gobierno coincide con la iniciativa patrocinada por representantes del Partido Dem\u00F3crata Cristiano en la C\u00E1mara, aqu\u00ED estamos abocados al estudio de otra iniciativa distinta por medio de la cual se pretende establecer que por el plazo de diez a\u00F1os la cabida m\u00E1xima de la propiedad agr\u00EDcola ser\u00E1 de 80 hect\u00E1reas de riego b\u00E1sicas, lo que me parece que no guarda concordancia alguna con los planteamientos enunciados por el Ejecutivo ni con los puntos de vista de los Diputados democratacristianos. \nEstimo que no podemos continuar en esta especie de tira y afloja y que se hace indispensable -repito- ir uniformando criterios al respecto, con el objeto de resolver el problema de manera definitiva. \nPor eso, me parece necesario analizar aqu\u00ED el problema en referencia, a fin de aclarar definitivamente el criterio que adoptaremos frente al proyecto que se nos ha anunciado y al que est\u00E1 en discusi\u00F3n en la C\u00E1mara. \n \n \n\n El se\u00F1or REYES (Presidente accidental).-\n \n \n Ofrezco la palabra. \n \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \n \n \n \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n Puede hacer uso de la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n Se\u00F1or Presidente, antes que todo quiero consultar si este proyecto de ley puede votarse en general en caso de ponerse t\u00E9rmino a su discusi\u00F3n en esta oportunidad, o si la segunda discusi\u00F3n significa que ello debe realizarse en una sesi\u00F3n pr\u00F3xima. \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n Estamos en la segunda discusi\u00F3n, y la votaci\u00F3n general puede hacerse al t\u00E9rmino de ella. \nEn cuanto al planteamiento del Honorable se\u00F1or Chadwick en el sentido de que el proyecto ser\u00EDa inconstitucional... \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n No he dicho eso. \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n ...o que deber\u00EDa tramitarse como reforma constitucional -ello equivale a decir que ser\u00EDa inconstitucional, porque de lo contrario no proceder\u00EDa tratarlo-, la Mesa estima que no corresponde dar ese alcance al N\u00BA 10 del art\u00EDculo 10 de la Constituci\u00F3n, pues ninguno de los ac\u00E1pites de ese n\u00FAmero se refiere a l\u00EDmites de superficie, que es lo que ha llamado la atenci\u00F3n de Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n Se\u00F1or Presidente, deploro no haber escuchado la intervenci\u00F3n del Honorable se\u00F1or Chadwick sobre la cuesti\u00F3n previa de la inconstitucionalidad del proyecto en debate. Su Se\u00F1or\u00EDa estuvo presente en la sesi\u00F3n anterior, porque es muy regular en su concurrencia a este hemiciclo, y puede recordar que en aquella oportunidad hubo un largo debate sobre la materia, m\u00E1s o menos \u00E1spero en algunos aspectos; pero entonces el se\u00F1or Senador nada dijo sobre esta cuesti\u00F3n previa de inconstitucionalidad. \nA m\u00ED me parece que las cuestiones previas -su nombre lo dice- deben promoverse antes de analizar el fondo de un asunto. Sin embargo, y a pesar de todo el respeto que puedan merecerme los conocimientos jur\u00EDdicos de mi Honorable colega, creo que la materia planteada por \u00E9l no resiste el menor examen, pues basta leer la iniciativa que he presentado para comprobar que no se trata de modificar ninguna disposici\u00F3n constitucional. \nEl N\u00BA 10 del art\u00EDculo 10 de la Carta Fundamental establece la regla general, la que se introdujo a ra\u00EDz de la enmienda que los parlamentarios democratacristianos patrocinamos durante la Administraci\u00F3n anterior para hacer posible la reforma agraria. Pero no entra a los detalles -un precepto constitucional no podr\u00EDa hacerlo-; no se refiere a la superficie en ninguna de sus disposiciones. \n\u00BFDe qu\u00E9 se trata en el proyecto que he presentado? Exclusivamente, de que la regla general establecida por la ley de Reforma Agraria, que dispone que no ser\u00E1n expropiables los predios de una superficie inferior a 80 hect\u00E1reas de riego b\u00E1sicas, se aplique en la provincia de Maule sin ninguna excepci\u00F3n, salvo las que se\u00F1ala la iniciativa misma: primero, cuando se vaya a ejecutar por parte del Estado una obra de regad\u00EDo y sea necesario expropiar algunos predios; segundo, en el caso de los propietarios que voluntariamente ofrezcan sus predios a la CORA, para los efectos de la reforma. \nPero mediante esta iniciativa no se est\u00E1 modificando precepto constitucional alguno. Creo que el Honorable se\u00F1or Chadwick ni siquiera ha tenido oportunidad de leer el art\u00EDculo que se refiere a la materia y que comprende dos disposiciones. Dice: \"Por el t\u00E9rmino de 10 a\u00F1os desde la fecha de promulgaci\u00F3n de esta ley se declaran inexpropiables por las causales establecidas en las disposiciones del Cap\u00EDtulo I del T\u00EDtulo I de la ley N\u00BA 16.640, de 28 de julio de 1967, los predios r\u00FAsticos de una superficie que no exceda de 80 hect\u00E1reas de riego b\u00E1sicas, calculadas conforme a la Tabla de conversi\u00F3n se\u00F1alada en el art\u00EDculo 172\"... Es decir, lo \u00FAnico que pretendo modificar son disposiciones legales. En forma alguna he tocado el precepto constitucional. Y no podr\u00EDa hacerlo, porque, sin ser tan versado en materias jur\u00EDdicas como el Honorable se\u00F1or Chadwick, no me habr\u00EDa atrevido a cometer una aberraci\u00F3n de esa magnitud. \nQuiero, sobre todo, hacer notar a los se\u00F1ores Senadores que estamos frente al caso de una provincia que vive una situaci\u00F3n de grave subdesarrollo. Al respecto, recuerden los se\u00F1ores Senadores que el ingreso por persona, al t\u00E9rmino de la Administraci\u00F3n anterior, se calculaba en 640 d\u00F3lares, y que tal porcentaje ha bajado bastante en los \u00FAltimos dos a\u00F1os. Hoy d\u00EDa, como es evidente, el ingreso per c\u00E1pita no es de ese orden. Pues bien, cuando era de 640 d\u00F3lares, en la provincia de Maule alcanzaba s\u00F3lo a 90 d\u00F3lares por habitante, o sea, lo mismo que en la China comunista. Entonces -repito-, se trata de una provincia que, a lo largo de los a\u00F1os, ha vivido abandonada de los Poderes del Estado. \nDeseo hacer notar que antes de que asumiera el actual Gobierno, y junto con el Honorable se\u00F1or Aylwin, patrocinamos algunas iniciativas legales, como la de pavimentar, dentro de la provincia de Maule, el camino de San Javier a Constituci\u00F3n -obra que hoy d\u00EDa se aprovecha para hacer mucha propaganda, aun cuando en la pr\u00E1ctica se halla paralizada- y el de Parral a Cauquenes. Esta \u00FAltima obra se materializ\u00F3, en gran parte, gracias al inter\u00E9s puesto en ella por el Honorable se\u00F1or Aywin. Pues bien, antes de iniciarse esas obras, la provincia de Maule no ten\u00EDa ni siquiera mil metros de pavimentaci\u00F3n, y ellos correspond\u00EDan a unos cuantos puentes que se construyeron bajo la Administraci\u00F3n del se\u00F1or Ib\u00E1\u00F1ez. \nPor lo tanto, si para expropiar los predios inferiores a 80 hect\u00E1reas se quiere aplicar -parece que ese es el prop\u00F3sito de algunos colegas- la causal de abandono, me parece que ella habr\u00EDa que aplicarla a los Poderes del Estado, que son los que a lo largo del tiempo han mantenido en el desamparo a la provincia mencionada y, por consiguiente, deben sufrir la sanci\u00F3n. \nAhora, si yo hubiera sabido que se iba a analizar el fondo de este asunto, habr\u00EDa tra\u00EDdo algunos antecedentes para referirme, por ejemplo, a lo relativo al cr\u00E9dito que se otorgaba a la provincia de Maule. \nComo estamos en la segunda discusi\u00F3n y, seg\u00FAn lo ha manifestado la Mesa, la iniciativa en debate puede votarse al final de ella, quiero reiterar que no me cabe duda alguna en cuanto a que el proyecto es totalmente constitucional. Y como s\u00E9 de la inteligencia del Honorable se\u00F1or Chadwick, advierto que la cuesti\u00F3n de la inconstitucionalidad es el argumento a que \u00E9l siempre recurre cuando no tiene otras razones que exponer frente a un proyecto en debate. \nPor lo tanto, pido rechazar la cuesti\u00F3n de inconstitucionalidad a que me he referido. Creo que la Mesa ni siquiera debi\u00F3 someterla a discusi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n No la ha sometido. \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n Entonces, doy las excusas del caso a la Mesa; pero no as\u00ED al Honorable colega, que la plante\u00F3 totalmente fuera de oportunidad. \n \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nLa verdad es que debo una explicaci\u00F3n al Honorable se\u00F1or Foncea. La opini\u00F3n que manifest\u00E9 se deriv\u00F3 de la informaci\u00F3n dada por el se\u00F1or Secretario, quien se limit\u00F3 a leer el ep\u00EDgrafe del informe, donde efectivamente se dice que se trata de un proyecto que declara inexpropiables determinados predios r\u00FAsticos. En ese caso, sin duda alguna, se tratar\u00EDa de un proyecto de reforma constitucional. No obstante, leyendo el proyecto, se advierte que el Honorable se\u00F1or Foncea tiene raz\u00F3n en cuanto a que no se va m\u00E1s all\u00E1 de modificar la ley de Reforma Agraria en el sentido de que no se aplicar\u00E1n las causales previstas en el T\u00EDtulo I de esa ley a determinadas propiedades. Y eso no es inexpropiabilidad. \nPor tal motivo, retiro la objeci\u00F3n que plante\u00E9 y doy esta explicaci\u00F3n al Honorable se\u00F1or Foncea. Su Se\u00F1or\u00EDa no estaba presente cuando se gener\u00F3 la cuesti\u00F3n suscitada, y por esto me explico que haya confundido los t\u00E9rminos de la misma. \n \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.-\u00A0 \n Se\u00F1or Presidente, nosotros pensamos que la Democracia Cristiana tiene bastante experiencia en cuanto a reforma agraria, ya que esa colectividad inici\u00F3 el proyecto que dio origen a la ley que en esa materia todav\u00EDa est\u00E1 en uso. Y seg\u00FAn esa ley, los predios de 80 hect\u00E1reas de riego b\u00E1sicas no pueden expropiarse, salvo que est\u00E9n realmente... \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n No. Est\u00E1 equivocada, se\u00F1ora Senadora. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n Por extensi\u00F3n. \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.- \n Por extensi\u00F3n. Salvo, dec\u00EDa, que re\u00FAnan una serie de condiciones que se especifican en el Cap\u00EDtulo I del T\u00EDtulo I, entre las cuales se encuentran algunas tan graves como la que voy a se\u00F1alar. \nEn efecto, todos los chilenos creemos que debe aumentarse la producci\u00F3n. Es lo que se oye en todas partes, dicho por la Unidad Popular, por los democratacristianos; en general, por cualquier persona. Y tal finalidad da origen a uno de los motivos por los cuales puede expropiarse un predio de menos de 80 hect\u00E1reas: la de que est\u00E9 mal explotado. Sin embargo, tanto esta causal como todas las dem\u00E1s, que no tengo tiempo de leer ahora, se desestiman en el proyecto de ley en debate. No se entiende muy bien, en consecuencia, qu\u00E9 pol\u00EDtica quiere impulsar el Partido Dem\u00F3crata Cristiano. He le\u00EDdo en los diarios que se habla ya de la inexpropiabilidad de predios de 40 hect\u00E1reas o menos. Incluso el Partido Nacional ha hecho declaraciones, no s\u00E9 si en forma oficial, seg\u00FAn las cuales aceptar\u00EDa que el l\u00EDmite de la superficie inexpropiable se fijara en 50 hect\u00E1reas. No obstante, ahora se nos trae aqu\u00ED un proyecto -por eso estamos algo confundidos- en que se habla de la inexpropiabilidad, en determinada zona, de propiedades de 80 hect\u00E1reas. \nDe ah\u00ED que no comprendamos bien hacia d\u00F3nde va, en pol\u00EDtica agraria, el Partido Dem\u00F3crata Cristiano, o, por lo menos, qu\u00E9 imagen quiere dar de ella al pa\u00EDs. \nY no nos parecen suficientemente v\u00E1lidas las razones que se dan en apoyo de este proyecto de ley, porque, si es verdad que Maule es una provincia de escaso desarrollo, tambi\u00E9n lo es que no estaba m\u00E1s desarrollada cuando hab\u00EDa all\u00ED latifundios. \nNo se ve por qu\u00E9, convirtiendo en inexpropiables determinados predios, pueda aumentarse el desarrollo de esa provincia, pues cuando antes los predios eran all\u00ED mucho m\u00E1s grandes, el desarrollo era menor que ahora, o nulo. Es decir, no aparece l\u00F3gico el razonamiento del se\u00F1or Senador. \nPor ello, votaremos en contra del proyecto. \n \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \u00BFSe aprueba o no en general el proyecto? \n(Durante la votaci\u00F3n). \n \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS.- \n \n Se\u00F1or Presidente, insisto en que no procede legislar parcelando realmente las provincias, de modo que en algunas se aplique la ley de Reforma Agraria y en otras no. A mi juicio, debe haber uniformidad de criterios en esta materia. \nEstamos todos de acuerdo en que hemos pasado un proceso, en la aplicaci\u00F3n de esa ley: el de la necesidad de que el m\u00E1ximo de tierra en poder de los agricultores fuera de 80 hect\u00E1reas de riego b\u00E1sicas. Con el andar del tiempo, y dado el crecimiento de la poblaci\u00F3n campesina, hemos llegado a la conclusi\u00F3n de que se hace indispensable reducir esa superficie. Pero nos encontramos ahora con que se nos manifiesta la necesidad de mantener aquel criterio para determinada provincia, en circunstancias de que informaciones tanto de la C\u00E1mara como del Gobierno nos indican que se piensa presentar un nuevo proyecto de ley tendiente a reducir a 40 hect\u00E1reas la cabida de los predios agr\u00EDcolas. \nMe parece que ser\u00EDa interesante que fu\u00E9ramos legislando de tal manera que se aplicara un criterio general frente al problema de la tierra. \nEn virtud de mis explicaciones, porque considero que es necesario legislar para el pa\u00EDs y no para una provincia, voto negativamente. \n \nSe aprueba en general el proyecto, por 11 votos contra 7, 1 abstenci\u00F3n y 2 pareos. \n \n \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \nHa llegado a la Mesa una indicaci\u00F3n para agregar, al final del inciso primero del art\u00EDculo 1\u00BA de este proyecto, lo siguiente: \"Magallanes, Ais\u00E9n y Chilo\u00E9 Continental\". Firman la indicaci\u00F3n los Honorables se\u00F1ores Hamilton y Ochagav\u00EDa. \n \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n En votaci\u00F3n la indicaci\u00F3n. \n(Durante la votaci\u00F3n). \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n Se\u00F1or Presidente, tengo dudas sobre la procedencia de la indicaci\u00F3n, porque \u00E9ste es un proyecto cuya idea matriz... \n \n \nEl se\u00F1or REYES (Presidente accidental).- \n Por desgracia, estamos en votaci\u00F3n, se\u00F1or Senador. Deb\u00EDa haber planteado previamente sus observaciones. \n \nSe aprueba, por 10 votos contra 6, 1 abstenci\u00F3n y 2 pareos. \n \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n Se\u00F1or Presidente, conforme a la indicaci\u00F3n que acaba de aprobar el Senado, habr\u00EDa que modificar en consecuencia las diversas disposiciones del proyecto, para que haya entre ellas la debida armon\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or JEREZ.- \n Ya se aprob\u00F3 la indicaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n Claro. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n No. \n \n " . . . . . . . . "INEXPROPIABILIDAD DE PREDIOS RUSTICOS NO SUPERIORES A 80 HECTAREAS DE RIEGO BASICAS EN PROVINCIA DE MAULE."^^ .