-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-ds44
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-ds43
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-ds42
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-ds46
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-ds41
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-ds45
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-sp130
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-sp125
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1-ds40-sp124
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:PrimerTramiteConstitucional
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- dc:title = "CAMBIO PREFEEENCIAL DE MONEDAS EXTRANJERAS QUE RECIBEN DIVERSAS INSTITUCIONES."^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/324
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2584
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3112
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/322
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/934
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/745
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2054
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1648
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/321
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4403
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1694
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/cambio-monetario-internacional
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneralYParticular
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:pendiente
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/tipo-de-cambio-oficial
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588573/seccion/akn588573-po1
- rdf:value = " CAMBIO PREFEEENCIAL DE MONEDAS EXTRANJERAS QUE RECIBEN DIVERSAS INSTITUCIONES.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Ballesteros, que determina que el Banco Central de Chile convertirá al valor del tipo de cambio oficial más alto las monedas" extranjeras que reciban las instituciones que indica.
La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Ballesteros (Presidente), García, Lorca y Silva Ulloa, recomienda al Senado aprobar este asunto en los términos que señala.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del señor Ballesteros):
En primer trámite, sesión 8ª, en 7 de junio de 1972.
Informe de Comisión:
Hacienda, sesión 20ª, en 28 de junio de 1972.
El señor REYES (Presidente accidental).-
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, hace algunos días pedimos segunda discusión para este proyecto, porque necesitábamos consultar al Banco Central sobre sus alcances.
Se trata, de acuerdo con el artículo único, transformado por la Comisión en uno de cuatro incisos, de obligar al Banco Central a bonificar "el cambio de las monedas extranjeras que adquiera por cualquier concepto, de instituciones, organismos o personas de los sectores público o privado que no persigan fines de lucro o en la que éste se destine íntegramente a objetivos educacionales, deportivos, de beneficencia o, en general, de bien público, con una cantidad equivalente a la diferencia que exista a la fecha de la transacción entre el valor del tipo de cambia al cual ésta se efectúe y el asignado al tipo de cambio más alto vigente a la misma fecha." Vale decir, todo aporte que reciban esas instituciones deberá liquidarse al más alto tipo de cambio, más un 50% de recargo en moneda nacional. Hasta este instante, ello resulta, para mí, incomprensible.
Quisiera que el Honorable señor Ballesteros, autor del proyecto, nos diera una explicación extractada, rápida, del alcance de su iniciativa y de cuáles serían las entidades que resultarían favorecidas, porque se habla en términos generales y no se menciona ninguna de ellas, salvo cuando se alude a las que no persigan fines de lucro, que son muchas, y las de beneficencia o de bien público. Es decir, podrían tener cabida en esta excepción miles de organizaciones del país. Si hubiera posibilidad de que el señor Ballesteros nos ilustrara sobre los alcances del proyecto, nosotros decidiríamos después nuestro comportamiento acerca del despacho de la iniciativa.
El señor BALLESTEROS.-
Me parece que los términos del inciso primero del artículo único, que ha leído el señor Va-lente, son suficientemente claros para que se entiendan sin necesidad de explicarlos.
Todos sabemos qué instituciones u organismos se dedican exclusivamente a fines educacionales, deportivos, de beneficencia o, en general, de bien público. ¿Cuáles son los organismos que se trata de excluir de los beneficios del proyecto? Aquellos que persigan fines de lucro. O sea, no se ha tenido nunca el propósito de favorecer con una conversión más ventajosa de las divisas a todos aquellos organismos, instituciones o empresas que reciban préstamos, donaciones o aportes en moneda extranjera para destinarlos a fines de lucro propios de su actividad, sino que sólo se pretende beneficiar a aquellas organizaciones o instituciones que no tienen tal finalidad, sino la de beneficencia, y a las que hoy día las remesas en divisas correspondientes a empréstitos o aportes que reciben del exterior se les liquidan por el Banco Central a un tipo de cambio que no vacilo en calificar de irrisorio, pues no llega a 20 escudos por dólar, exigencia que resulta absurda tratándose de organismos que en muchas oportunidades coadyuvan, incluso, al cumplimiento de las finalidades del propio Estado. Pongo por ejemplo la Comisión Especial de Saneamiento, de Valparaíso, organismo creado por ley que colabora con la Dirección de Obras Sanitarias en todo lo que se refiere a saneamiento de los barrios altos, populares, del puerto. Ha recibido un empréstito de 3 millones de dólares y está en vías de recibir un complemento de 2 millones de dólares más, y esos recursos se le liquidan a un tipo de cambio que, como he dicho, no excede los 20 escudos por dólar.
Por eso pedimos tratar a tales organismos, que, como digo, no persiguen finalidades de lucro, en forma preferente; no pagándoles siquiera el dólar a un valor cercano al real, pero sí por lo menos al más alto que en este momento exista dentro de las paridades que el Ejecutivo haya determinado.
Por otra parte, formulé indicación para resolver un problema que afecta a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, la cual, por concepto del aporte del 3% de los fletes, recibe sumas en dólares que se liquidan a una paridad de 18 escudos y tanto por dólar. Al respecto, hay clamor unánime de parte de todos los consejeros de la Caja, sin distinciones de colores políticos. Por eso, solicitaron que las liquidaciones se realicen en la forma señalada en el proyecto de ley, ya que los recursos se destinarán al cumplimiento de las finalidades propias de esa institución, tales como reajustar pensiones, paliar el deterioro de la situación previsional de muchos de sus imponentes, etcétera.
Doy sólo esta breve explicación porque no deseo insistir más para facilitar el despacho de la iniciativa. No tenemos inconveniente alguno en que el Ejecutivo la perfeccione. Nuestro deseo es que el Ejecutivo acepte la idea central del proyecto, porque nos parece no solamente lógica, sino también justa e indispensable, y le dé una conformación jurídica acorde con su política, la cual no pretendemos alterar, aunque discordamos de ella, por considerarla prerrogativa del Gobierno.
La señora CARRERA.-
Por estimar que la iniciativa debe estudiarse en mejor forma, solicitamos segunda discusión.
El señor REYES (Presidente accidental).-
Entendí que ya se había solicitado.
El señor VALENTE.-
Pedí una información al autor del proyecto.
En todo caso, entiendo que se trata de aportes que llegan desde el extranjero para las instituciones que se indican, ya sean de carácter benéfico o de aquellas que perciben el aporte del 3% de los fletes a que se hizo referencia.
A mi juicio, la disposición tiene cierto carácter imperativo. Creo que el Banco Central debe tener mayor flexibilidad para resolver el problema, pues si establecemos simplemente que "el Banco bonificará", lo obligaremos a asumir una actitud que, tal vez, se contrapone con la política cambiaría que esa misma institución ha fijado.
En seguida, al consignar en el inciso segundo que "El Banco Central de Chile deberá pronunciarse sobre esta solicitud dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles, contado desde su recepción, pasado este lapso si no hubiere pronunciamiento aquélla se entenderá aprobada", se coloca a la institución en un verdadero "zapato chino" para resolver sobre el particular.
Si la redacción del proyecto fuera más flexible, si se otorgaran mayores atribuciones al Banco Central para abordar la materia, calificando los diferentes casos, contaría con nuestra acogida. Por eso, si el Honorable señor Ballesteros estima atendible nuestra sugerencia, podría presentar indicación que resolviera el problema, desde el punto de vista que he planteado. En caso contrario, y como se ha pedido segunda discusión, encararemos el asunto por medio de una proposición que haremos llegar oportunamente a la Mesa.
Reitero que nuestra objeción básica es la falta de flexibilidad para que el Banco Central pueda actuar al respecto, ya que no podrá aplicar el mismo padrón a todas las instituciones. Por ejemplo, no podrá proceder en la misma forma si se trata de una entidad de beneficencia o de algunas de carácter deportivo o de otra índole. Deberá discriminarse un poco en lo atinente a las finalidades que cumpla cada institución, y de acuerdo con ello resolver si la bonificación procede o no, si ella debe ser de 50% o inferior a este porcentaje.
Por tales razones, quedamos en espera de que la iniciativa se trate en segunda discusión, para los efectos de presentar la indicación respectiva.
El señor REYES (Presidente accidental).-
Como el proyecto consta de un artículo único, cabe la presentación de indicaciones.
El señor VALENTE.-
Tenemos que estudiarlo.
El señor REYES (Presidente accidental).-
Lo puede hacer antes de procederse a la votación.
El señor VALENTE.-
Muy bien, señor Presidente.
El señor SILVA ULLOA.-
La verdad es que el proyecto original del Honorable señor Ballesteros era diferente del que aprobó la Comisión de Hacienda. La iniciativa del señor Senador establecía que "El Banco Central de Chile cambiará al valor del tipo del cambio oficial más alto vigente a la fecha de la transacción recargado en un 50%, las monedas extranjeras que reciban en calidad de préstamos, aportes, donaciones o por cualquier otro concepto las instituciones"... Ello, indudablemente, constituía una exageración.
Fui contrario al proyecto en dicha Comisión; pero aprobada la idea, formulé alcances relacionados con situaciones más o menos análogas sobre las cuales ya se ha legislado. Recordé el caso concreto de los Cuerpos de Bomberos del país, a los cuales prácticamente se les congeló el tipo de cambio para las importaciones que efectúan. En este caso, se produce una situación inversa, pues se trata de las liquidaciones de monedas extranjeras que reciben como aporte las instituciones educacionales, deportivas y de beneficencia.
Me parece que la redacción no ha sido muy feliz, pues tras dicha enumeración agrega "o, en general, de bien público". Lo anterior, en realidad, es muy difícil de precisar, pues únicamente las entidades para "mal público" no tendrían este tipo excepcional de tratamiento en la liquidación de monedas extranjeras.
En consecuencia, he presentado tres indicaciones que corrigen el proyecto: una elimina la frase "o, en general, de bien público"; otra suprime la coma que precede a la frase "de beneficencia", y la última propone colocar la letra "o" en lugar de esa coma.
Tales son las indicaciones que he formulado, y reitero que el proyecto despachado por la Comisión de Hacienda es totalmente distinto, en su redacción y alcances, de la moción que presentó el Honorable señor Ballesteros.
El señor BALLESTEROS.-
Considero exagerada la última apreciación del Honorable señor Silva Ulloa. Podría tener razón en cuanto a que la forma es distinta, pero no en lo referente a los alcances del proyecto, pues se trata precisamente de una fórmula distinta para lograr el mismo resultado. Esta situación la reconoció inclusive el propio señor Senador. Por lo tanto, estimo que se precipita un poco al afirmar que se trata de un proyecto totalmente distinto en sus alcances. Es exactamente igual en su contenido; es distinto sólo en la forma.
Por otra parte, aceptamos la indicación del Honorable señor Silva Ulloa, quien estima que la expresión es demasiado extensa y podría abrir una puerta a situaciones que no queremos.
El señor REYES (Presidente accidental).-
En la primera discusión, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Queda pendiente el proyecto para la sesión siguiente, en segunda discusión.
"