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    • rdf:value = " INAPLICABILIDAD DE LEY DE REFORMA AGRARIA EN AISEN Y CHILOE CONTINENTAL. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Morales Adriasola, que declara que las disposiciones de la ley de Reforma Agraria no son aplicables a la provincia de Aisén ni a Chiloé continental. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Morales Adriasola): En primer trámite, sesión 17ª, en 20 de junio de 1972. Informe de Comisión: Agricultura y Colonización, sesión 48ª, en 8 de agosto de 1972. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Agricultura y Colonización, en informe suscrito por los Honorables señores Ferrando (Presidente), Moreno y Valente, recomienda a la Sala rechazar la iniciativa en estudio. El señor REYES (Presidente accidental).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor LORCA.- Este proyecto, de que es autor el Honorable señor Morales, se discutió en la Comisión de Agricultura, en la cual se aprobó la idea de legislar en el entendido de que durante la discusión en particular se iban a presentar indicaciones para mejorarla. Inclusive, se pensó en la conveniencia de que la Comisión visitara la provincia de Aisén, en vista de los conflictos que allí se han producido y de que todos tenemos conocimiento. Pero resulta que posteriormente pasaron a integrar dicha Comisión los Honorables señores Moreno y Ferrando, quienes, sin conocer la opinión de los anteriores miembros de ella, que habíamos concordado en dicho criterio, procedieron a rechazar en general este proyecto. En la sesión de la Comisión de Agricultura en que me tocó intervenir, expresé que estaba de acuerdo en establecer para la provincia de Aisén una modificación a la ley de Reforma Agraria en cuanto a la inexpropiabilidad de 80 hectáreas básicas. No obstante que se está tramitando una reforma constitucional, aprobada ya en las Comisiones del Senado, que reduce el límite inexpropiable a 40 hectáreas básicas, sostuve en la Comisión que una superficie de esta cuantía no permitiría a ningún pequeño agricultor o ganadero de la provincia de Aisén mantener un nivel de vida digno de seres humanos, porque equivale a sólo mil o dos mil hectáreas, que allí resultan absolutamente insuficientes. En el informe que tengo en mi poder se exponen estas ideas, y se expresa que los anteriores miembros de la Comisión de Agricultura -los Honorables señores Ochagavía y Foncea y el Senador que habla- habíamos estado en principio de acuerdo en aprobar una norma especial para la provincia de Aisén, declarando inexpropiable en esa zona una superficie de 80 hectáreas básicas. Por desgracia, como digo, los señores Senadores que posteriormente integraron esta Comisión procedieren a rechazar la idea de legislar, y de seguro que lo hicieron sin siquiera imponerse del criterio que habíamos sustentado nosotros con anterioridad. Hemos, visto que en esta sesión el Senado aprobó el proyecto de ley del Honorable señor Foncea relativo a la inexpropiabilidad de ciertos predios en la provincia de Maule, y una indicación de los Honorables señores Ochagavía y Hamilton que contiene el mismo punto de vista que habíamos sostenido en la Comisión de Agricultura, de lo cual me felicito, pues establece la inexpropiabilidad en la provincia de Aisén de hasta 80 hectáreas básicas. No sé cuál es la situación jurídica de este proyecto; pero la verdad es que, según entiendo, la moción del señor Senador implica suspender la aplicación de la reforma agraria en esta provincia y declarar nulo todo lo hecho al respecto. Este es el planteamiento general. No me cabe duda de que convendría legislar sobre la materia agregándose otras consideraciones. Pero, en el fondo, la idea del Honorable señor Morales en cuanto a la inexpropiabilidad de una superficie determinada ya está consignada en la indicación formulada por los Honorables señores Ochagavía y Hamilton, de manera que no tendría sentido continuar la discusión. Por ello, en definitiva, comparto el criterio de la Comisión de rechazar la idea de legislar. El señor HAMILTON.- Deseo expresar la opinión que he sustentado sobre el particular y que se ha traducido en dos iniciativas concretas. Una de ellas es una indicación que formulé al proyecto de reforma constitucional de que son autores el Honorable señor Moreno y otros señores Senadores, destinada a establecer, respecto) de Chiloé continental y las provincias de Aisén y Magallanes -vale decir, respecto de la Patagonia chilena-, que la inexpropiabilidad que esa iniciativa reconoce a los propietarios de predios rústicos de hasta 40 hectáreas se aumente en esa zona al doble, dadas sus peculiares características. Esa misma iniciativa es la que hemos traducido -sin abandonar la anterior, ya que son a dos niveles distintos: la primera es a nivel constitucional y la segunda a nivel de la ley, siendo la misma idea- en la indicación que presentamos al proyecto del Honorable señor Foncea y que fue aprobada esta tarde por la Sala. En consecuencia, creo que habrá unanimidad para rechazar la idea de legislar respecto de este otro proyecto. Pero quiero decir con toda franqueza que se trata de dos cosas del todo diferentes. El proyecto del Honorable señor Morales, respecto del cual hubo inicialmente algunos pronunciamientos favorables de parlamentarios de esa zona, no responde al pensamiento de la Democracia Cristiana. Nosotros somos partidarios de la realización de la reforma agraria. Dictamos la ley e iniciamos la aplicación de ese proceso a lo largo de todo Chile. Para la provincia de Aisén y Chiloé continental, en la misma ley se reservó al Presidente de la República la facultad para amoldar la aplicación de esa reforma constitucional a las características propias y especiales de esa provincia. ¿Qué está ocurriendo ahora, señor Presidente? Que han llegado del norte del país funcionarios nuevos, con muy altas rentas, con absoluto desconocimiento de la zona, sin ningún respeto ni por los colonos ni por los campesinos. Y dichos funcionarios, tal como se lo expresé al señor Ministro de Agricultura, están realizando o pretendiendo realizar una reforma agraria de estadística: tantos animales, tantas hectáreas, tantos fundos, tantos campesinos, sin importarles realmente la producción agropecuaria ni el esfuerzo desarrollado por los colonos que han ido a conquistar era tierra para el país, atraídos por el incentivo que el Estado de Chile, a través de diversos Gobiernos, les ha dado durante mucho tiempo, y sin ningún respeto por los campesinos de la zona. Nosotros somos partidarios -aprovecho la oportunidad para hacer presente una vez más nuestro criterio, que se ha expresado en la indicación o proyectos a que me he referido- en primer lugar de que se aplique la ley de Reforma Agraria ateniéndose a la realidad geo-política de esa región y respetando a sus habitantes; en segundo término, que se dé el beneficio de la inexpropiabilidad a los pequeños y medianos propietarios agrícolas, es decir que no se los toque, que se los ampare y apoye; en tercer lugar, que se reconozca a los propietarios, fundamentalmente a los colonos, el derecho a la reserva, sin discutir, en relación con esa zona, si las tierras están bien o mal trabajadas. Porque ese criterio técnico, que puede ser aplicado con precisión en el norte, en el centro y el sur del país, no sirve para la zona austral, ya que ahí se está creando la agricultura y se están transformando bosques vírgenes en tierras susceptibles de producir, los alimentos que la provincia y el país requieren. Pongo un ejemplo: técnicamente podría considerarse que para la ganadería son las empastadas artificiales las tierras bien trabajadas. En esas condiciones, ni los que actualmente trabajan mejor sus tierras gozarían del beneficio de la reserva. Dadas la naturaleza de la situación agropecuaria de las provincias australes y la característica de los hombres que trabajan la tierra, queremos que se respeten las reservas sin discriminación de ninguna especie, al menos durante un tiempo determinado. En seguida, pensamos que la tierra que exceda los márgenes de la reserva y que en razón de la cabida deba ser expropiada por la aplicación de la reforma agraria, debe ser para propiedad de los campesinos, en forma personal, familiar o comunitaria; pero en ningún caso para formar los CERA, los comités agrícolas o las haciendas del Estado. Y ello por diversas razones, pero fundamentalmente porque esas formas de producción han demostrado ser ineficientes en la Patagonia chilena, así como en el resto del país. La prueba está en que mientras en la zona de Magallanes los asentamientos campesinos tienen alta productividad, altas rentas y mayor producción, allí mismo, el año recién pasado, los CERA o haciendas estatales han acumulado una pérdida de más de 50 millones de escudos, que la está pagando el país entero. Además, porque los campesinos quieren ser dueños de la tierra, porque no quieren cambiar de patrón, porque no quieren ser siervos del Estado. Quieren ser dueños de la tierra, a través de la cual obtengan su propia seguridad, su desarrollo, su promoción y la de su familia, y éste es el sistema que ha demostrado ser más conveniente para la economía regional y nacional en lo que concierne a la productividad de la tierra y al aumento de la producción del país. Esas son las razones por las cuales presentamos la mencionada indicación, que yo celebro que la mayoría del Senado haya aprobado hoy día, y las que nos moverán a insistir en la enmienda al proyecto de reforma constitucional presentado por el Honorable señor Moreno y otros colegas de la Democracia Cristiana. El señor MORENO.- Pido la palabra. El señor REYES (Presidente accidental).- Ha terminado el tiempo del Orden del Día. El señor GARCIA.- Quedaría yo con la palabra. El señor REYES (Presidente accidental).- Están inscritos los Honorables señores García, Moreno, Contreras y Valente. El señor FONCEA.- Y yo. El señor LORCA.- Yo también. "
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