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- rdf:value = " El señor CONTRERAS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor AYLWIN (Presidente accidental).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, yo no dudo de que este proyecto nació con buenos propósitos, pues se trataba de favorecer a una empresa periodística que sufrió la destrucción de todas sus instalaciones como consecuencia de un siniestro. Sin embargo, con posterioridad se sostuvo que no era posible legislar en tal sentido para favorecer a una empresa determinada, y como consecuencia de ello, el beneficio se hizo extensivo a todos los órganos de publicidad de las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. Ahora, en el hecho, se pretende despachar una disposición de carácter general, en circunstancias de que, de acuerdo con el artículo 26 de la ley 17.322, el Consejo de la Caja de Empleados Públicos está autorizado para suscribir convenios con los deudores de imposiciones del Departamento de Periodistas.
Si ahora se formula a esta iniciativa un cúmulo de indicaciones como las que se acaba de leer, me parece que ello implica hacer verdadera chacota. Como aquí estamos resolviendo un problema entre personas serias - ése es mi convencimiento -, pienso que los señores Senadores tienen la obligación de comprender que si hacemos extensivas a todo el país estas facilidades para celebrar ese tipo de convenios con el instituto previsional mencionado, estamos prácticamente minando la previsión de la Caja de Empleados Públicos.
Por otra parte, durante la discusión de esta iniciativa se dijo que ella, por lesionar la previsión de los periodistas y de los trabajadores de imprentas, requería del patrocinio del Ejecutivo. No obstante, la mayoría que en esa oportunidad la apoyaba en la Sala sostuvo que la Comisión tenía autoridad suficiente para despacharla sin necesidad de tal patrocinio.
Nosotros nos pronunciaremos en contra de ésta y de todas las demás indicaciones.
"
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