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El señor FIGUEROA (Secretario).-
Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Valente, que destina el uno por mil de la tasa parcial del impuesto territorial del trece por mil, de exclusivo beneficio fiscal, a la Corporación de Construcciones Deportivas.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley {moción del señor Valente):
En primer trámite, sesión 22ª, en 4 de julio de 1972.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 54ª, en 22 de agosto de 1972.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Contreras, Durán y Valenzuela, recomienda a la Sala remitir la moción en informe a la Cámara de Diputados, donde constitucionalmente debe tener origen.
El señor PALMA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accedería a lo propuesto por la Comisión.
El señor VALENTE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor PALMA (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
A mi juicio, la Comisión de Gobierno incurrió en un error. El proyecto no establece ningún impuesto nuevo, sino que simplemente redistribuye un gravamen de exclusivo beneficio fiscal.
En virtud de que se está estudiando este problema en la Comisión de Defensa del Senado y de que se han recabado algunos informes al Gobierno, especialmente al Ministerio de Hacienda, pido que la iniciativa se envíe, no a la Cámara de Diputados, sino a la Comisión de Defensa Nacional de esta Corporación, porque ella dispone de antecedentes sobre la materia y espera las informaciones que hemos solicitado al Ministerio de Hacienda.
El señor PALMA (Presidente).-
Los señores Senadores han oído la petición del Honorable señor Valente.
Si le parece a la Sala, se acordaría remitir esta materia a la Comisión de Defensa Nacional.
El señor CARMONA.-
¿Me permite, señor Presidente?
Si bien en principio compartimos la idea de esta legislación, estimo que, de acuerdo con la Carta Fundamental, debe tener origen en la Cámara de Diputados. El artículo 45 de la Constitución es claro para establecer que toda materia sobre contribuciones - no habla, como en este caso, sólo de imponer nuevos impuestos - debe iniciarse en la otra rama legislativa. Y como el proyecto en debate propone redistribuir un gravamen que se está recaudando, corresponde iniciar su estudio – repito - en la Cámara Estimo que la Comisión de Gobierno ha procedido bien al hacer su sugerencia a la Sala.
El señor BALLESTEROS.-
Es de toda evidencia la observación que acaba de formular el Honorable señor Carmona. El texto del artículo 45 de la Constitución es muy claro, pues dice que las leyes sobre contribuciones, de cualquiera naturaleza que sean,... sólo pueden tener origen en la Cámara de Diputados.
Debo advertir que en algunos otros textos constitucionales se habla, ya no en general sobre contribuciones, sino del establecimiento de impuestos. De tal manera que incluso una nueva distribución de la carga impositiva sólo puede tener origen en la Cámara de Diputados. Es indudable que la moción del Honorable señor Valente debe iniciarse en esa rama legislativa.
El señor VALENTE.-
Sólo ocuparé un minuto para representar a los Senadores democratacristianos su inconsecuencia.
El proyecto que patrocino es casi una copia exacta de la moción presentada hace un año por el Honorable señor Tomás Pablo, donde proponía una redistribución de la tasa parcial del impuesto territorial del trece por mil en la comuna de Talcahuano, para construir, según entiendo, algunos edificios deportivos. Tal iniciativa tuvo origen en la Comisión de Gobierno del Senado, y en aquella oportunidad, a petición del propio Alcalde de dicha comuna, que asistió a la Comisión, accedimos a aprobar por unanimidad ese proyecto.
Para formular nuestra iniciativa hemos seguido el mismo procedimiento. Es decir, tengo derecho a invocar un precedente a fin de que el proyecto se remita a la Comisión de Defensa de esta Corporación y no a la Cámara.
El señor CARMONA.-
No recuerdo el precedente que invoca el Honorable señor Valente.
Al conocer ayer la Comisión de Defensa otra moción del Honorable señor Valente sobre este mismo asunto, aunque referida sólo al departamento de Iquique, acordó por unanimidad solicitar a la Sala el envío de ese proyecto a la Cámara de Diputados, donde constitucionalmente debe iniciarse.
El señor VALENTE.-
La Mesa del Senado lo tramitó a la Comisión.
El señor CARMONA.-
Exactamente, pero la Comisión de Defensa acordó pedir a la Sala lo que acabo de señalar.
El Honorable señor Valente se incorporó con posterioridad a la Comisión de Defensa, y solicitó que dejáramos en suspenso la resolución, porque había un acuerdo general en ese sentido y, además, la Sala debía conocer la materia.
Por lo tanto, la Comisión de Defensa ya planteó su opinión en el sentido de que constitucionalmente los proyectos de esta naturaleza deben originarse en la Cámara de Diputados.
El señor PALMA (Presidente).-
En votación el informe de la Comisión de Gobierno que propone enviar a la Cámara de Diputados el proyecto en referencia.
(Durante la votación).
El señor PABLO.-
La verdad es que trato de hacer memoria con respecto a la iniciativa que mencionó el Honorable señor Valente, en cuanto a la redistribución de un impuesto territorial, pero no la recuerdo. Sí puedo decir que en otra oportunidad presenté un proyecto que destinaba el producto de las contribuciones a determinado fin, y la Secretaría lo envió a la Cámara de Diputados, con gran protesta de mi parte. Sin embargo, en esa oportunidad acaté el procedimiento, y creo que esa debe ser la doctrina en el Senado.
Voto que sí.
Se acuerda enviar el proyecto a la Cámara (14 votos contra 6, 1 abstención y 4 pareos).
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