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El señor BALTRA.-
Como decía, anoche en la Comisión de Gobierno, que contó con la asistencia del señor Ministro de Hacienda, nos abocamos al estudio de este proyecto, que se despachó, a altas horas de la madrugada, tal como venía de la Cámara de Diputados, por lo menos en lo relativo a la bonificación compensatoria propiamente tal.
Sin embargo, en la Comisión hice presente que ya en otras ocasiones, con motivo de proyectos similares, los agentes postales subvencionados y los valijeros de Correos y Telégrafos no habían quedado comprendidos dentro de los beneficios legales respectivos, porque no se los consideraba incluidos en la denominación de trabajadores del sector público.
El señor Ministro manifestó anoche que existía un dictamen de la Contraloría
General de la República que aclaraba suficientemente el problema. En el informe se deja expresa constancia de que la Comisión aprobó el artículo 1º del proyecto en el entendido de que estos trabajadores están incluidos en la expresión del sector público. La Comisión también adoptó el acuerdo de oficiar a la Contraloría señalándole que ése era el sentido del artículo 1º del proyecto.
No obstante, el señor Ministro de Hacienda me ha expresado que consultó al organismo contralor y que podrían producirse dificultades en este aspecto, y que como el espíritu del Gobierno es que la bonificación también alcance a esos trabajadores, para los cuales se han hecho las reservas de recursos necesarias, me dijo que ahora presentaría una indicación en nombre del Ejecutivo, a fin de incluir a este sector en la iniciativa, y para que no quede duda alguna de que esos trabajadores también serán beneficiados.
Además, anoche se aprobó una indicación suscrita por los Honorables señores Musalem, Hamilton y el que habla, que faculta al Presidente de la República para reajustar transitoriamente, por el mes de octubre de 1972, las remuneraciones y pensiones de todos los trabajadores del país que pertenezcan a los sectores público o privado, de acuerdo con las normas que aparecen en los Títulos I, II y III del proyecto aprobado por la Cámara.
El Ministro de Hacienda, después de un debate con los miembros de la Comisión, aceptó dar su patrocinio a esta indicación siempre que le proporcionáramos el financiamiento indispensable para pagar el reajuste del mes de octubre, si la discusión del proyecto general de reajustes se prolongaba más allá de esa fecha.
En síntesis, la indicación tiene por finalidad que los trabajadores de los sectores público y privado puedan recibir en octubre el pago del reajuste.
Para entregar el financiamiento, anoche estudiamos todo lo referente a las modificaciones a la ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado que vienen de la Cámara. De acuerdo con el Ministro, aprobamos algunas enmiendas propuestas por el Gobierno y que en nuestro concepto parecían otorgar el financiamiento adecuado.
El señor Ministro me dijo hace poco que, efectuados los cálculos, faltaban algunas cantidades para financiar la indicación, y que en este instante ha presentado otra en que se elevan algunas tasas aplicables a las tramitaciones judiciales. Desde luego, se aumenta la cuantía de los juicios exentos, de 100 escudos a 2.500; y sobre esta cantidad se elevan más o menos en los mismos términos en que se aumentan las remuneraciones, las tasas que deben pagarse en los juicios.
Con esto, el reajuste del mes de octubre quedaría financiado totalmente, de manera que el proyecto de bonificación aprobado por la Cámara y que discutimos en estos momentos, tiene la importancia innegable de permitir que los trabajadores de los sectores público y privado reciban el reajuste del mes de octubre en esa misma fecha, en la eventualidad de que el proyecto general de reajustes pudiera demorarse en su despacho. Esperamos que ello no suceda, porque el interés de todos es despacharlo antes de fines de octubre.
Los Senadores de la Izquierda Radical votaremos favorablemente el proyecto y las indicaciones presentadas, incluso la del señor Ministro de Hacienda.
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