. . " Del se\u00F1or Pablo:MODIFICACION DE SISTEMA DE CALCULO DE PENSIONES DE EX FUNCIONARIOS DE FUERZAS ARMADAS. \nAl Ministro de Defensa Nacional, en los siguientes t\u00E9rminos: \nEl Ejecutivo, por disposiciones constitucionales, tiene competencia exclusiva en todas aquellas materias que inciden en la previsi\u00F3n social. En tal situaci\u00F3n, el Congreso Nacional no puede tener iniciativas, por justas que sean, para corregir situaciones discriminatorias existentes en la legislaci\u00F3n o que se vayan presentando ante nuevas situaciones. \nA fines del mes de septiembre reci\u00E9n pasado, el c\u00EDrculo Lautaro, de Talcahuano, que agrupa a numeroso personal en retiro de las Fuerzas Armadas cuyas pensiones est\u00E1n afectas al Fondo de Revalorizaci\u00F3n formado en virtud del D. F. L. N\u00BA 4, de 1968, remiti\u00F3 al Ministro una nota pidi\u00E9ndole, principalmente, que se estableciera para ellos el mismo r\u00E9gimen legal existente para la generalidad de los pensionados de la Defensa Nacional; o sea, que su monto se determine en raz\u00F3n de avas partes (una ava parte por cada a\u00F1o de servicio), y se elimine la incongruencia que reviste el hecho de que, en vez de ser el Fisco, sean los dem\u00E1s pensionados los que financien sus bajas pensiones de retiro y montep\u00EDo. \nComo, en verdad, en la legislaci\u00F3n actual existe esa discriminaci\u00F3n que perjudica a aquellos que tienen pensiones m\u00E1s modestas, me permito solicitar al se\u00F1or Ministro se sirva disponer que se realice un estudio valorizado del gasto que significar\u00EDa generalizar el procedimiento de determinar el monto de las pensiones del personal de las Fuerzas Armadas establecido en los Arts. 187 y 197 del D. F. L. N\u00BA 1, de 1968, de ese Ministerio, que aprob\u00F3 el estatuto por el cual se rige el personal, teniendo en cuenta para tal trabajo el monto con que han quedado las pensiones de los revalorizados con la aplicaci\u00F3n de la ley N\u00BA 17. 700, del 1? de agosto de 1972. Dicho estudio podr\u00EDa hacerlo el Departamento correspondiente de la Caja de Previsi\u00F3n de la Defensa Nacional. \nUna vez conocido su alcance, ruego al se\u00F1or Ministro se sirva patrocinar un proyecto de ley que ponga definitivamente t\u00E9rmino a la discriminaci\u00F3n mencionada. \n \n " . . . . . . . . .