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Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informaros la observación del Ejecutivo al proyecto del rubro.
El proyecto citado permite a las Municipalidades de la provincia de O'Higgins, emplear hasta el 10% del Presupuesto Extraordinario de Obras de Progreso Comunal, que se financia en virtud de la ley N9 17.253, al pago de gastos corrientes, administrativos u ordinarios, sin que esto signifique un incremento del Presupuesto Ordinario respectivo.
El Ejecutivo vetó dicha iniciativa de ley, proponiendo su rechazo total. Se basa el veto en que no es conveniente la limitación del Presupuesto Extraordinario de Obras de Progreso Comunal, ya que se desvirtúa el objetivo perseguido al establecer el impuesto a las envasadoras del agua mineral. Finalmente, argumenta el Ejecutivo, los Presupuestos Ordinarios de las Corporaciones Edilicias deben contemplar los fondos necesarios para los gastos corrientes o administrativos.
Vuestra Comisión estudió detenidamente la argumentación del Ejecutivo y decidió, por unanimidad, rechazar el veto e insistir en el texto primitivo aprobado por el Congreso Nacional, en razón de los argumentos dados por el autor de la iniciativa, Senador señor Moreno, en el anterior informe de esta Comisión (Boletín N9 26.555), y os recomienda adoptar igual acuerdo.
Sala de la Comisión, a 7 de noviembre de 1972.
Acordado en sesión de esta fecha, con la asistencia de los Honorables Senadores señores Ballesteros (Presidente), Aguirre y Silva Ulloa. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario.
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