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- rdf:value = " 9.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR GORMAZ, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE LOS EMPLEADORES QUE INDICA DEBERAN CANCELAR REAJUSTADAS LAS REMUNERACIONES DE SUS DEPENDIENTES DEVENGADAS DURANTE EL CONFLICTO GREMIAL QUE AFECTO AL PAIS EN EL MES DE OCTUBRE DE 1972.
Honorable Senado:
Hace escasos días, se puso término a un conflicto gremial qué afecto a vastos sectores de la población, prolongándose por casi un mes de duración. En este movimiento participaron numerosas personas que viven de un sueldo o salario y que lucharon durante el transcurso del proceso por lograr las aspiraciones que los trabajadores del comercio siempre han deseado: seguridad y estabilidad en el desempeño de sus funciones.
Sin embargo, y aun cuando la población ha recibido con satisfacción el término del conflicto, numerosas personas que participaron en él, la mayor parte de escasos recursos económicos, se han visto privada de la cancelación de las remuneraciones por el período en que se mantuvieron ajenas a sus labores y, por consiguiente, tampoco han recibido el reajuste legal de las rentas correspondientes al mes de octubre del año en curso.
Con el justo propósito de no perjudicar a esta clase de trabajadores, he creído necesario patrocinar una disposición legal que establezca la obligación de los patrones o empleadores de cancelar las respectivas y completas remuneraciones a los empleados de las diversas reparticiones de la Administración y del sector privado, que se mantuvieron alejados de sus funciones en el período en que se desarrolló el aludido movimiento.
Por estas razones, someto a vuestra consideración, el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Los patrones o empleadores de las Instituciones fiscales, semifiscales, municipales y de administración autónoma, así como de las empresas del área social de la economía y del sector privado, deberán cancelar las remuneraciones, incluido el reajuste, a los empleados que no concurrieron a sus labores con motivo del conflicto gremial que afectó al país durante el mes de octubre de 1972.
(Fdo.) : Raúl Gormaz Molina.
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