. . . . . " 9.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SE\u00D1OR GORMAZ, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE LOS EMPLEADORES QUE INDICA DEBERAN CANCELAR REAJUSTADAS LAS REMUNERACIONES DE SUS DEPENDIENTES DEVENGADAS DURANTE EL CONFLICTO GREMIAL QUE AFECTO AL PAIS EN EL MES DE OCTUBRE DE 1972. \nHonorable Senado: \nHace escasos d\u00EDas, se puso t\u00E9rmino a un conflicto gremial qu\u00E9 afecto a vastos sectores de la poblaci\u00F3n, prolong\u00E1ndose por casi un mes de duraci\u00F3n. En este movimiento participaron numerosas personas que viven de un sueldo o salario y que lucharon durante el transcurso del proceso por lograr las aspiraciones que los trabajadores del comercio siempre han deseado: seguridad y estabilidad en el desempe\u00F1o de sus funciones. \nSin embargo, y aun cuando la poblaci\u00F3n ha recibido con satisfacci\u00F3n el t\u00E9rmino del conflicto, numerosas personas que participaron en \u00E9l, la mayor parte de escasos recursos econ\u00F3micos, se han visto privada de la cancelaci\u00F3n de las remuneraciones por el per\u00EDodo en que se mantuvieron ajenas a sus labores y, por consiguiente, tampoco han recibido el reajuste legal de las rentas correspondientes al mes de octubre del a\u00F1o en curso. \nCon el justo prop\u00F3sito de no perjudicar a esta clase de trabajadores, he cre\u00EDdo necesario patrocinar una disposici\u00F3n legal que establezca la obligaci\u00F3n de los patrones o empleadores de cancelar las respectivas y completas remuneraciones a los empleados de las diversas reparticiones de la Administraci\u00F3n y del sector privado, que se mantuvieron alejados de sus funciones en el per\u00EDodo en que se desarroll\u00F3 el aludido movimiento. \nPor estas razones, someto a vuestra consideraci\u00F3n, el siguiente \n \nProyecto de ley: \nArt\u00EDculo \u00FAnico.- Los patrones o empleadores de las Instituciones fiscales, semifiscales, municipales y de administraci\u00F3n aut\u00F3noma, as\u00ED como de las empresas del \u00E1rea social de la econom\u00EDa y del sector privado, deber\u00E1n cancelar las remuneraciones, incluido el reajuste, a los empleados que no concurrieron a sus labores con motivo del conflicto gremial que afect\u00F3 al pa\u00EDs durante el mes de octubre de 1972. \n(Fdo.) : Ra\u00FAl Gormaz Molina. \n \n " . . . .