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El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Observación del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, recaída en el proyecto que establece que la Corporación de Servicios Habitacionales deberá entregar títulos de dominio a los actuales ocupantes de la población Nueva Matucana, de Santiago.
Por acuerdo de los Comités, este veto fue eximido del trámite de Comisión.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley.
En primer trámite, sesión 1ª, en 14 de octubre de 1969.
Observaciones en primer trámite, sesión 7ª, en 16 de diciembre de 1970.
Informes de Comisión:
Obras Públicas, sesión 10ª, en 14 de noviembre de 1969. Obras Públicas (segundo), sesión 42ª, en 4 de agosto de 1970.
Discusión:
Sesión 5ª, en 16 de julio de 1970 (se aprueba en general); 43ª, en 5 de agosto de 1970 (se aprueba en particular).
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
La Cámara de Diputados comunica que aprobó la observación del Presidente de la República consistente en sustituir el artículo 12 del proyecto; y que aceptó el retiro de las demás.
El precepto que el Ejecutivo propone en reemplazo del contenido en el proyecto, dice como sigue:
"Artículo 12.- Las sedes sociales de propiedad de las Juntas de Vecinos y de los Centros de Madres estarán exentas del pago de la parte fiscal de las contribuciones de bienes raíces. Asimismo, las Juntas de Vecinos, los Centros de Madres y los Clubes Deportivos estarán exentos del pago de los derechos o impuestos fiscales' y municipales por la construcción, reparación y ampliación de sus sedes sociales y de los impuestos o derechos por pavimentación."
-Se aprueba la observación, y queda terminada la discusión del proyecto.
"
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