. . . . . . . . . . " VENTA DE INMUEBLE A SUS OCUPANTES, EN IQUIQUE (TARAPACA). \n\"Al se\u00F1or Ministro de la Vivienda y Urbanismo, en los siguientes t\u00E9rminos: \n\"Doce familias ocupan una \"cit\u00E9\" en la calle Ram\u00EDrez N\u00BA 738, en la ciudad de Iquique. Con los allegados suben a veinte. Viven en condiciones sanitarias desmejoradas. La construcci\u00F3n es de mala calidad y los servicios sanitarios p\u00E9simos, \n\"Recientemente, una persona que tiene a cargo esta propiedad ha ofrecido venderla a los ocupantes. Los interesados ignoran si esta persona tiene poder legal para ello y si los verdaderos due\u00F1os de la casa o del cit\u00E9 est\u00E1n vivos, pues, de lo contrario, habr\u00EDa de tramitar la herencia yacente a beneficio fiscal y, posteriormente, traspasar el dominio a las familias que lo ocupan durante d\u00E9cadas. \nPara evitar una negociaci\u00F3n que podr\u00EDa perjudicar a los ocupantes del \"cit\u00E9\", me permito solicitar al se\u00F1or Ministro se sirva disponer que la Corporaci\u00F3n de Mejoramiento Urbano, pr\u00F3xima a instalarse en Iquique, estudie la posibilidad de expropiar este bien ra\u00EDz a beneficio de sus ocupantes, sin perjuicio del tr\u00E1mite simult\u00E1neo de declaratoria de herencia yacente, si procede legalmente.\" \n \n " . .