rdf:value = " El señor BALTRA.-
Señor Presidente, la norma de la ley de Televisión que se modifica, tiene por objeto que durante los períodos en que no esté en receso el Parlamento ambas Cámaras puedan, a través de los distintos canales, dar a conocer a la opinión pública las actividades que desarrollan.
Por desgracia, en la ley se estableció que las informaciones pertinentes deberían entregarse en el principal noticiario de la tarde. Pero sucede que en el Canal Nacional, por ejemplo, el principal noticiario de la tarde se transmite a las 13.45. Esa hora es del todo inadecuada para poner en conocimiento de la ciudadanía la labor que realizan ambas Cámaras en el plano legislativo.
Por eso, creemos necesario reemplazar la norma legal vigente por la que señaló el señor Secretario, a fin de posibilitar el cumplimiento del objetivo tenido en vista cuando se sancionó esa disposición.
"