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El señor CARMONA.-
En realidad, este último inciso encierra una inconsecuencia comparado con los anteriores de este artículo. Si se quería favorecer a las personas que no tienen las imposiciones al día, no debieron proponerse facilidades para el pago de ellas, porque las normas vigentes permiten cobrar las imposiciones y aplicar sanciones a quienes no cumplen. Sin embargo, el proyecto consigna diversas medidas para permitir el pago de las imposiciones e inclusive propone un "blanqueo" de capitales, a lo que nos opusimos en la mañana de hoy.
De aprobarse el inciso quinto, caerán todas las penas del infierno sobre aquellos que no se pongan al día en el pago de las imposiciones, no obstante que en los demás incisos acabamos dé establecer facilidades para ello.
Debo advertir que las disposiciones en vigor, las sanciones vigentes, las actuales medidas de apremio, que llegan inclusive a las penas corporales, bastan para obtener el cumplimiento de las imposiciones, ya que de aplicarse el inciso quinto las empresas cerrarán, porque no podrán seguir operando ni resolver las situaciones de mora a que se refirió la Honorable señora Campusano.
No quiero decir esto con ánimo preconcebido, pero en la actualidad vemos cómo se aplica la ley, cuáles son sus fronteras y cómo se discrimina, incluso en las palabras del Presidente de la República. Por eso, pienso que en un momento determinado la disposición en debate podría prestarse para un amplio campo de discriminación.
En estos momentos, en Chile no hay empresa periodística que no esté en mora en el pago de las imposiciones. Esto lo sabemos todos. Sin duda, muchas de ellas se han acogido a convenios, pero jamás los cumplen.
No hay para qué analizar caso por caso, pero podríamos empezar con el diario que pertenece al Gobierno, "La Nación". ¿Cuánto debe en imposiciones ese periódico?
El señor GARCIA.-
Doce mil millones de pesos.
El señor CARMONA.-
Exactamente.
¿Qué sucederá si se aprueba la disposición en debate? Que con toda seguridad no se aplicará al diario "La Nación" o a los diarios de Gobierno que no cumplan sus compromisos pero si se empleará en contra de los periódicos y radioemisoras que no estén de acuerdo con el Gobierno.
Tal como está concebido el precepto, da para discriminar inclusive con las empresa particulares. A mi juicio, esto significa entregar toda clase de facultades, para que se usen en forma discriminatoria.
Por tales motivos, y sabiendo que existen normas que permiten sancionar y apremiar a quienes no cancelan las imposiciones, con lo cual se consiguen los objetivos que muy justamente ha planteado la Honorable señora Campusano, y porque, además, no se obtendrá lo previsto, voto en contra del inciso quinto. Reitero que con esta disposición se podrá aplicar en contra de determinadas empresas -principalmente en contra de las propietarias de los medios de comunicación de masas- todo el rigor de la ley, lo que las obligará a cerrar, pues quedarán privadas de todo.
Voto que no.
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