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El señor FIGUEROA (Secretario).-
Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que modifica la ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en su nuevo informe, suscrito por los Honorables señores Fuentealba (Presidente), Aguirre Doolan, García y Luengo, recomienda aprobar la iniciativa con modificaciones.
- Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 39ª, en 11 de febrero de 1971.
Informes de Comisión:
Legislación, sesión 48ª, en 16 de, marzo de 1971.
Legislación {nuevo), sesión 49ª, en 17 de marzo de 1971.
Discusión:
Sesión 48ª, en 16 de marzo de 1971 {se aprueba en general).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión propone tres enmiendas en el nuevo informe. La primera consiste en sustituir la letra b) del artículo único del primer informe, por la siguiente:
"b) Sustitúyese el inciso final del artículo 22, por los siguientes:
"En cualquier momento en que el procesado o condenado pague el cheque y las costas judiciales, el juez sobreseerá definitivamente, a menos que de los antecedentes del proceso aparezca en forma clara que el reo ha girado el o los cheques con ánimo de defraudar. El trámite de la consulta, en los casos en que proceda, no obstará a la libertad del reo, la que deberá ser decretada de inmediato y sin fianza. La consulta será conocida en cuenta y no se requerirá dictamen del Fiscal.
"En los procesos a que se refiere este artículo, el juez regulará prudencialmente las costas, sin atenerse a los montos mínimos que resulten de la aplicación de la legislación vigente.
"La Superintendencia de Bancos adoptará medidas de carácter general conducentes a impedir que quienes fueren sobreseídos en conformidad al inciso octavo o condenados por infracción a este artículo, puedan abrir cuenta corriente bancaria durante los plazos que, según los casos, determine. El tribunal respectivo comunicará a la Superintendencia la circunstancia de encontrarse una persona en alguna de las situaciones recién aludidas, dentro de tercero día de ejecutoriada la resolución correspondiente.
"Asimismo, la Superintendencia dictará normas de carácter general destinadas a sancionar con multa a aquellos Bancos respecto de los cuales pueda presumirse que, por el número de cheques que protesten en cada semestre, no dan cumplimiento cabal a las instrucciones sobre apertura de cuentas corrientes bancarias."
El señor AYLWIN (Presidente).-
Durante la discusión general, la Sala acordó enviar este proyecto nuevamente a la Comisión, a fin de que se pronunciara sobre las indicaciones formuladas hasta ese momento.
En consecuencia, procede continuar la discusión general. Si la iniciativa se aprueba y no se presentan nuevas indicaciones, quedaría aprobada en general y particular a la vez. ¿Ese es el ánimo?
- Se aprueba el proyecto en general, y en seguida, se aprueban sucesivamente las enmiendas propuestas en el nuevo informe.
"
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