. . " MODIFICACION DE LEY SOBRE CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS Y CHEQUES. \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).-\n \n \n Proyecto de ley de la C\u00E1mara de Diputados que modifica la ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques. \n \nLa Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n, Justicia y Reglamento, en su nuevo informe, suscrito por los Honorables se\u00F1ores Fuentealba (Presidente), Aguirre Doolan, Garc\u00EDa y Luengo, recomienda aprobar la iniciativa con modificaciones. \n \n \n \n \n- Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \n \nProyecto de ley: \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 39\u00AA, en 11 de febrero de 1971. \n \nInformes de Comisi\u00F3n: \nLegislaci\u00F3n, sesi\u00F3n 48\u00AA, en 16 de, marzo de 1971. \nLegislaci\u00F3n {nuevo), sesi\u00F3n 49\u00AA, en 17 de marzo de 1971. \n \nDiscusi\u00F3n: \nSesi\u00F3n 48\u00AA, en 16 de marzo de 1971 {se aprueba en general). \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n La Comisi\u00F3n propone tres enmiendas en el nuevo informe. La primera consiste en sustituir la letra b) del art\u00EDculo \u00FAnico del primer informe, por la siguiente: \n \n\"b) Sustit\u00FAyese el inciso final del art\u00EDculo 22, por los siguientes: \n \n\"En cualquier momento en que el procesado o condenado pague el cheque y las costas judiciales, el juez sobreseer\u00E1 definitivamente, a menos que de los antecedentes del proceso aparezca en forma clara que el reo ha girado el o los cheques con \u00E1nimo de defraudar. El tr\u00E1mite de la consulta, en los casos en que proceda, no obstar\u00E1 a la libertad del reo, la que deber\u00E1 ser decretada de inmediato y sin fianza. La consulta ser\u00E1 conocida en cuenta y no se requerir\u00E1 dictamen del Fiscal. \n\"En los procesos a que se refiere este art\u00EDculo, el juez regular\u00E1 prudencialmente las costas, sin atenerse a los montos m\u00EDnimos que resulten de la aplicaci\u00F3n de la legislaci\u00F3n vigente. \n\"La Superintendencia de Bancos adoptar\u00E1 medidas de car\u00E1cter general conducentes a impedir que quienes fueren sobrese\u00EDdos en conformidad al inciso octavo o condenados por infracci\u00F3n a este art\u00EDculo, puedan abrir cuenta corriente bancaria durante los plazos que, seg\u00FAn los casos, determine. El tribunal respectivo comunicar\u00E1 a la Superintendencia la circunstancia de encontrarse una persona en alguna de las situaciones reci\u00E9n aludidas, dentro de tercero d\u00EDa de ejecutoriada la resoluci\u00F3n correspondiente. \n\"Asimismo, la Superintendencia dictar\u00E1 normas de car\u00E1cter general destinadas a sancionar con multa a aquellos Bancos respecto de los cuales pueda presumirse que, por el n\u00FAmero de cheques que protesten en cada semestre, no dan cumplimiento cabal a las instrucciones sobre apertura de cuentas corrientes bancarias.\" \n \nEl se\u00F1or AYLWIN (Presidente).- \n Durante la discusi\u00F3n general, la Sala acord\u00F3 enviar este proyecto nuevamente a la Comisi\u00F3n, a fin de que se pronunciara sobre las indicaciones formuladas hasta ese momento. \nEn consecuencia, procede continuar la discusi\u00F3n general. Si la iniciativa se aprueba y no se presentan nuevas indicaciones, quedar\u00EDa aprobada en general y particular a la vez. \u00BFEse es el \u00E1nimo? \n \n \n \n- Se aprueba el proyecto en general, y en seguida, se aprueban sucesivamente las enmiendas propuestas en el nuevo informe. \n \n " . . . . . . . . . . "MODIFICACION DE LEY SOBRE CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS Y CHEQUES."^^ . . . . . . . . . . . .