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- rdf:value = " 3.- MOCION DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES JEREZ Y SULE CON EL QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE SANCIONA A QUIENES ADQUIERAN A TITULO ONEROSO LOS ARTICULOS DISTRIBUIDOS POR LOS SERVICIOS DEL ESTADO EN FORMA GRATUITA A LAS PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS.
Honorable Senado:
Es de público conocimiento el deleznable acto en que están incurriendo algunas personas que, aprovechándose de la falta de conciencia o de necesidades apremiantes de personas modestas, están adquiriendo de ellas, a precios irrisorios además, las cantidades de leche que los diversos servicios del Estado les distribuyen, en cumplimiento de la llamada "Campaña del medio litro de leche". Se ha comprobado que esos traficantes están formando stocks que destinan a diferentes usos industriales, o buscando su posterior comercialización a precios mayores. Como es obvio, esta clase de actos reviste una doble gravedad; primero, en cuanto revela una conciencia ajena a todo sentido de deber y solidaridad social, al buscar el lucro en situaciones previstas para cumplir una obligación esencial de la colectividad para con sus sectores más modestos, y en segundo lugar, al poner en trance de fracasar al plan llevado adelante por el Gobierno de la Unidad Popular, con el propósito de paliar el déficit de nutrición que afecta a los hijos de nuestros trabajadores. Por estas razones, es necesario que el legislador proceda con la mayor drasticidad, a fin de poner término a esas acciones dañinas y sancionar ejemplarmente a los culpables. Para estos fines, venimos en someter a la consideración del H. Senado el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Los que, a título oneroso, adquieran los artículos alimenticios o de otro orden distribuidos por los servicios del Estado, en forma gratuita, a personas de escasos recursos, serán sancionados con la pena de presidió menor en su grado medio y multa equivalente al triple del valor de las cosas que hubieren adquirido.".
(Fdo.): Alberto Jerez.- Anselmo Sule.
"