. . . . " INFORMACIONES SOBRE ASIGNACION DE ESTIMULO DE EMPLEADOS MUNICIPALES JUBILADOS. \nAl se\u00F1or Contralor General de la Rep\u00FAblica, en los siguientes t\u00E9rminos: Hace alg\u00FAn tiempo, a ra\u00EDz de una consulta formulada por el suscrito, la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica dictamin\u00F3 en relaci\u00F3n al alcance y aplicaci\u00F3n del art\u00EDculo l9 de la Ley N\u00BA 13.195, sobre asignaci\u00F3n de est\u00EDmulo a los ex empleados municipales acogidos a jubilaci\u00F3n. \nSin embargo, y no obstante la claridad del dictamen, algunas municipalidades, con los informes de la Defensa Municipal, han tergiversado o desconocido la aplicaci\u00F3n de esta norma, llevando a los sectores beneficiados dudas y frustraci\u00F3n al ver que la ley no se cumple en sus justos alcances simplemente por interpretaciones que desconocen los dict\u00E1menes de esa Contralor\u00EDa General. \nAgradecer\u00E9, en consecuencia, al se\u00F1or Contralor se sirva, si lo tiene a bien, precisar: \n1.- A quienes beneficia esa asignaci\u00F3n de est\u00EDmulo. \n2.- Sobre qu\u00E9 valores se aplica. En el caso de los jubilados, \u00BFse aplica la asignaci\u00F3n de est\u00EDmulo desde que se otorg\u00F3 el beneficio de la jubilaci\u00F3n?, \n3.- \u00BFPuede esa asignaci\u00F3n de est\u00EDmulo ser asimilada por reajustes legales de la pensi\u00F3n? \n4.- \u00BFDesde cu\u00E1ndo se aplica este beneficio al funcionario que se acoge a la jubilaci\u00F3n? \n5.- \u00BFA qui\u00E9n corresponde pagar este beneficio en el caso del personal jubilado: a la municipalidad respectiva, o a la Caja de Previsi\u00F3n que corresponda? \n6.- \u00BFSe incluye entre los beneficiarios a las montepiadas de las Cajas de Previsi\u00F3n del personal municipal? \nRuego al se\u00F1or Contralor se sirva complementar el dictamen ya emitido con las respuestas a las dudas planteadas en este oficio. \n \n " . . . . . . .