. . . " El se\u00F1or AYLWIN (Presidente).- \n Puede continuar el Honorable se\u00F1or Valente. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n Cuando se promovi\u00F3 el convenio entre el Gobierno de Chile y la empresa norteamericana Anglo Lautaro, estaba por vencer la ley conocida como el \"refer\u00E9ndum salitrero\". Ese cuerpo legal hab\u00EDa otorgado franquicias de todo tipo a dicho monopolio extranjero, y la exacci\u00F3n que la Anglo Lautaro hab\u00EDa hecho a la econom\u00EDa del pa\u00EDs, en moneda dura, alcanzaba a varios millones de d\u00F3lares. \n Tengo algunas cifras que es conveniente recordar para el fundamento del ejemplo dado. Entre 1949 y 1963 las compa\u00F1\u00EDas del salitre, concretamente la Anglo Lautaro, no hab\u00EDan retornado al pa\u00EDs 150 millones de d\u00F3lares por concepto de amortizaciones. Las utilidades l\u00EDquidas de la Anglo Lautaro ascend\u00EDan, entre 1954 y 1966, a 33 millones 640 mil 381 d\u00F3lares, y las amortizaciones efectuadas en igual per\u00EDodo por esa empresa alcanzaban a 42 millones 824 mil 724 d\u00F3lares, lo que era superior en m\u00E1s de 400 mil d\u00F3lares a las nuevas inversiones que dicha compa\u00F1\u00EDa hab\u00EDa hecho entre 1954 y 1966. De ello se deduce que la Anglo Lautaro no hab\u00EDa invertido un solo d\u00F3lar de dinero fresco aportado al pa\u00EDs, sino que toda la inversi\u00F3n hecha era por cuenta de los valores no retornados a Chile, y que, como es natural, correspond\u00EDan a aportes indirectos del Gobierno chileno. \n Pues bien, se firm\u00F3 el convenio entre la Anglo Lautaro y nuestro Gobierno, constituy\u00E9ndose lo que es ahora la Sociedad Qu\u00EDmica y Minera de Chile con un capital de 40 millones de d\u00F3lares que, de acuerdo con el convenio, se suscribir\u00EDan y pagar\u00EDan en la siguiente forma: la Corporaci\u00F3n suscribir\u00EDa acciones por 15 millones de d\u00F3lares, aportando en estos valores la planta salitrera Victoria, que ten\u00EDa un aval\u00FAo estimado en 6 millones 178 mil 230 d\u00F3lares; m\u00E1s 1 mill\u00F3n 821 mil 770 d\u00F3lares en dinero dentro de un plazo no superior a 5 a\u00F1os; 2 millones de d\u00F3lares mis en dinero fresco, en menos de 18 meses de plazo; 5 millones m\u00E1s en efectivo y en aportes de equipos o maquinarias, en un plazo no superior a 15 a\u00F1os. Es decir, se comprometi\u00F3 el inter\u00E9s del pa\u00EDs y los recursos financieros en moneda dura por 15 millones de d\u00F3lares. Los 25 millones de d\u00F3lares restantes del capital no eran aportados, sino que se integraban-mediante el reconocimiento que el Gobierno hac\u00EDa a la Anglo Lautaro de los bienes obsoletos que esa compa\u00F1\u00EDa aportaba a la sociedad. \n El Gobierno de la Unidad Popular, comprendiendo que \u00E9sa hab\u00EDa sido una negociaci\u00F3n, no dir\u00E9 il\u00EDcita, pero s\u00ED muy desfavorable para el inter\u00E9s nacional -adem\u00E1s, se hab\u00EDan entregado a la Anglo-Lautaro m\u00E1s de 20 millones de d\u00F3lares en dinero efectivo-, promovi\u00F3 otro trato con esa compa\u00F1\u00EDa, y en el curso de este a\u00F1o se resolvi\u00F3 la estatificaci\u00F3n total de la empresa, sin que pasara por el Congreso Nacional ninguna ley especial, pero s\u00ED teniendo presentes el Ejecutivo, en primer t\u00E9rmino, el resguardo del inter\u00E9s nacional, y tambi\u00E9n, los intereses de los trabajadores del salitre. \nLa Administraci\u00F3n anterior estaba comprometida con la empresa Anglo-Lautaro a pagar 25 millones 633 mil 200 d\u00F3lares, que era el valor de los \"debentures\", de los intereses vencidos y de los intereses calculados hasta el t\u00E9rmino de la deuda, que venc\u00EDa el 30 de junio del a\u00F1o 1988, que era la fecha de vencimiento de los \"deben-tures\". Sin embargo, el Gobierno de la Unidad Popular hizo un planteamiento a esa compa\u00F1\u00EDa extranjera y se lleg\u00F3 a resolver todo el problema mediante la recuperaci\u00F3n total de la empresa, incorpor\u00E1ndola al \u00E1rea social de la econom\u00EDa por el pago de s\u00F3lo 7 millones 885 mil 590 d\u00F3lares, contra los 37 millones 827 mil 900 d\u00F3lares que deb\u00EDa o deber\u00EDa haber pagado el pa\u00EDs hasta el 30 de junio de 1988, si se hubiesen mantenido las reglas del juego establecidas en aquel convenio. \n \n " . . . . . . . . . .