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- rdf:value = " INVERSION EN CAR DE APORTE DE EMPLEADORES A CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En el primer lugar del Orden del Día corresponde ocuparse en el proyecto de ley, iniciado en un mensaje del Presidente de la República, que establece que la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas invertirá mensualmente en certificados de ahorro reajustable del Banco Central de Chile los fondos percibidos por concepto de aportes del 8,33% de los empleadores, informado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
El proyecto tiene urgencia calificada de "simple" el 1º de junio. Su discusión se encuentra pendiente y quedó con la palabra el Honorable señor García.
- Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 40ª, en 29 de junio de 1970. ,
Informe de Comisión:
Trabajo, sesión 61ª, en 27 de abril de 1971.
Discusión:
Sesión 4ª, en miércoles 2 de junio de 1971.
El señor PABLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCIA.-
Excúseme, señor Presidente, pero no estoy en condiciones de hacer uso de la palabra, pues no tengo a la mano mis documentos.
El señor PABLO (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
El señor BALLESTEROS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BALLESTEROS.-
La Comisión de Trabajo y Previsión Social despachó la iniciativa en los mismos términos en que venía propuesto en el mensaje correspondiente, en virtud de las razones que daré a conocer.
Se trata de autorizar a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas para poder invertir mensualmente en certificados de ahorro reajustable los fondos que se perciben por concepto del 8,33% de las remuneraciones de los imponentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 10.621. Hasta ahora, los fondos que ingresan a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas no pueden ser invertidos por ella, por mandato de sus leyes orgánicas. Esto significa que tales valores permanecen nominales, sin ningún tipo de reajuste, lo que perjudica a la postre a las personas que deberán recibir las indemnizaciones. De allí entonces que para proteger a esos fondos de la desvalorización, el Ejecutivo ha enviado un proyecto que permite invertirlos en certificado de ahorro reajustable, con los consiguientes beneficios para los imponentes.
Evidentemente, no puede pasar inadvertido que esto significa sancionar en cierta medida la existencia en Chile del proceso inflacionario. En efecto, si se autoriza la inversión en ese tipo de valores, es porque de alguna manera se está reconociendo la existencia de ese fenómeno.
En la Comisión todos estimamos justa la iniciativa y que por ello debía aprobarse en los mismos términos propuestos por el Ejecutivo.
Cabe hacer presente, además, que en esa oportunidad el señor Subsecretario de Previsión Social nos manifestó que existía un acuerdo con el gremio de periodistas, que había solicitado la adopción de esta medida.
Es cuanto puedo informar, en mi calidad de Presidente de la Comisión de Trabajo del Senado.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente, en la sesión en que estudiamos esta iniciativa - la considero obvia, sencilla y muy beneficiosa para los periodistas-se promovió un debate en torno de la suerte de los certificados de ahorro reajustable del Banco Central, totalmente ajeno a la idea central del proyecto.
Concuerdo plenamente con la opinión del Honorable señor Ballesteros en el sentido de que la iniciativa favorece en gran medida al gremio periodístico, porque los fondos depositados en las cuentas existentes en el Departamento Periodistas de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas no son reajustables.
Fue una lástima que cuando discutimos la ley sobre las cuentas de ahorro del Banco del Estado no hubiéramos incluido esos fondos previsionales.
Ahora gozarán, aparte el interés, de reajuste. Sea cual fuere la suerte que corran los certificados de ahorro reajustable, esos beneficios recaerán siempre sobre las cuentas personales de los periodistas, y el Banco Central de Chile será responsable, con sus fondos, utilidades y reservas, de la emisión de esos títulos.
Considero que el Honorable Senado debe aprobar la iniciativa por unanimidad.
El señor FONCEA.-
Señor Presidente, la única duda que se planteó en la sesión en que se trató este proyecto fue una que yo formulé.
La iniciativa data de la Administración anterior, cuando sólo se conocían los CAR a la vista. Como posteriormente han salido los de la serie B), a dos, cinco y siete años, pedí una aclaración. Por eso, con el Honorable señor Hamilton presentamos una indicación que establece que esos certificados serán a la vista.
El debate habido en esa oportunidad no tuvo relación con la idea matriz de la iniciativa.
Con todo, quiero levantar el cargo formulado aquí en cuanto a que, hasta la fecha, los fondos en cuestión se han mantenido inactivos. En realidad, ello no es tan exacto. He hablado con algunos dirigentes del gremio de periodistas, quienes me han señalado que, con cargo a los recursos provenientes del 8,33% que aportan los empleadores por concepto de indemnización por años de servicios, se otorgan préstamos para la adquisición de propiedades, casas, incluso para suscribir bonos en las asociaciones de ahorro y préstamo. En la actualidad, todos los imponentes de la caja respectiva tienen derecho a percibir esos beneficios.
Estoy de acuerdo con la iniciativa, y estimo que no habrá inconveniente en aprobar la referida indicación.
- Se aprueba en general el proyecto, y, por haber sido objeto de indicaciones, pasa a la Comisión para segundo informe.
"
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