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El señor BALTRA.-
Señor Presidente, nosotros tampoco tenemos inconveniente en que la iniciativa se tramite a la Comisión de Hacienda.
Sin embargo, en este proyecto en vez de aumentarse el gasto, se reduce. En efecto, según el artículo 37 de la actual ley de Reajustes, los sueldos del Presidente de la República, de los Ministros de Estado, del Ministro Secretario General de Gobierno, del Director de la Oficina de Planificación Nacional, etcétera, ascienden a 20 sueldos vitales mensuales y están sujetos a las limitaciones generales de la ley; o sea, son 20 sueldos vitales líquidos. En cambio, según el proyecto en discusión, el sueldo de esos funcionarios, incluyendo al Primer Mandatario, será de 20 sueldos vitales brutos. Por lo tanto, sus rentas se reducen en vez de aumentar.
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