. . . . . " \nEl se\u00F1or BALTRA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, nosotros tampoco tenemos inconveniente en que la iniciativa se tramite a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nSin embargo, en este proyecto en vez de aumentarse el gasto, se reduce. En efecto, seg\u00FAn el art\u00EDculo 37 de la actual ley de Reajustes, los sueldos del Presidente de la Rep\u00FAblica, de los Ministros de Estado, del Ministro Secretario General de Gobierno, del Director de la Oficina de Planificaci\u00F3n Nacional, etc\u00E9tera, ascienden a 20 sueldos vitales mensuales y est\u00E1n sujetos a las limitaciones generales de la ley; o sea, son 20 sueldos vitales l\u00EDquidos. En cambio, seg\u00FAn el proyecto en discusi\u00F3n, el sueldo de esos funcionarios, incluyendo al Primer Mandatario, ser\u00E1 de 20 sueldos vitales brutos. Por lo tanto, sus rentas se reducen en vez de aumentar. \n \n " . . . . . . .