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El señor GARCIA.-
Pero los emolumentos fiscales como las jubilaciones no tienen por qué ser estudiadas por la Comisión de Hacienda, porque ya están fijadas y se perciben. En cambio, lo que sí debe ir a esa Comisión es la fijación de remuneraciones y sueldos. Y a lo sumo, lo que puede ocurrir en este caso es que aquéllos se rebajen…
Claro que el funcionario puede recibir más, y eso se entiende, por ejemplo, en el caso de un Ministro que, además, goza de una buena jubilación como embajador, o en razón de otro rubro semejante, caso en el cual el afectado no tendría posibilidad de cobrar con efecto retroactivo. Ese es el único caso en que se aplica. En lo demás, no hay aumento de remuneraciones.
Por eso, estoy de acuerdo con la posición sustentada por la Mesa.
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