. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "FIJACION DE RENTAS DE PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, MINISTROS DE ESTADO Y OTROS FUNCIONARIOS."^^ . . . . . . . . . . . . . " FIJACION DE RENTAS DE PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, MINISTROS DE ESTADO Y OTROS FUNCIONARIOS.r\n \n \n \n \n \nEl se\u00F1or EGAS (Secretario subrogante).- \n \n Proyecto de la C\u00E1mara de Diputados que establece el monto de las rentas que percibir\u00E1n el Presidente de la .Rep\u00FAblica, los Ministros de Estado y otros funcionarios. \nLa Comisi\u00F3n de Gobierno recomienda a la Sala aprobar el art\u00EDculo \u00FAnico de la iniciativa, con la sola modificaci\u00F3n consistente en agregar, como inciso tercero, nuevo, el siguiente: \n\"Con todo, las remuneraciones establecidas en el inciso primero ser\u00E1n compatibles con las pensiones de jubilaci\u00F3n, retiro o montep\u00EDo; pero, en caso alguno, la suma de \u00E9stas y aqu\u00E9llas podr\u00E1 exceder el tope o monto m\u00E1ximo dispuesto en el inciso primero del art\u00EDculo 34 de la ley N\u00BA 17.416, y en la parte excedente se aplicar\u00E1 lo preceptuado en el inciso tercero de este mismo precepto legal.\" \n \n \n \n- Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \n \nProyecto de ley: \n \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 61\u00AA, en 27 de abril de 1971. \n \nInforme de Comisi\u00F3n: \n \nGobierno, sesi\u00F3n 6\u00B0, en 10 de junio de 1971. \n \n \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).-\r\n \n \n En discusi\u00F3n general y particular el proyecto. \nOfrezco la palabra. \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n Deseo saber si, por inadvertencia, no figura el informe de la Comisi\u00F3n de Hacienda, o si la iniciativa no se tramit\u00F3 a ese organismo de trabajo de la Corporaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or SILVA ULLOA.- \n No se tramit\u00F3 a la Comisi\u00F3n de Hacienda, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n Estimo que un proyecto que establece el monto de las rentas del Presidente de la Rep\u00FAblica y de otros funcionarios debe ir a esa Comisi\u00F3n. \nPor lo tanto, deseo saber si esta situaci\u00F3n se debe a una inadvertencia o a alg\u00FAn motivo que la Mesa podr\u00EDa se\u00F1alar. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n El proyecto no se tramit\u00F3 a la Comisi\u00F3n de Hacienda se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n A mi juicio, debe ir a esa Comisi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n \u00BFHabr\u00EDa acuerdo para remitir la iniciativa a la Comisi\u00F3n de Hacienda? \n \nEl se\u00F1or MONTES.- \n No, se\u00F1or Presidente. \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Deseo insistir en mi petici\u00F3n, se\u00F1or Presidente, que no obedece a un capricho ni al \u00E1nimo de ser majadero. \nEn la iniciativa se establece una renta distinta para el Presidente de la Rep\u00FAblica. Por lo tanto, debe se\u00F1alarse con cargo a qu\u00E9 recursos presupuestarios se har\u00E1n los pagos pertinentes. O sea, exijo simplemente el cumplimiento de una disposici\u00F3n constitucional. \nMe causa extra\u00F1eza que la iniciativa no se haya tramitado a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nPara mantener vigente un principio que considero important\u00EDsimo, pido cumplir con ese requisito a. la mayor brevedad, pues no me anima el prop\u00F3sito de postergar la discusi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n La Mesa entiende que existe legislaci\u00F3n al respecto, y que \u00E9sta tiende a impedir que se obtengan remuneraciones superiores a las acordadas en la ley de Reajustes, de manera que no habr\u00EDa mayor gasto. Y no habiendo normas que exijan buscar financiamiento, no proceder\u00EDa el env\u00EDo del proyecto a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \n \nEl se\u00F1or MONTES.- \n Se\u00F1or Presidente, nosotros entendimos as\u00ED el problema al discutir la iniciativa en la Comisi\u00F3n de Gobierno. No tenemos inconveniente en que se tramite a la Comisi\u00F3n de Hacienda. Sin embargo, como no se produce mayor gasto - en la pr\u00E1ctica, el proyecto se limita a establecer el monto de las rentas del Presidente de la Rep\u00FAblica y otros funcionarios- , nos parece, del mismo modo que la Mesa, inoficioso el tr\u00E1mite a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \n \n \nEl se\u00F1or BALTRA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, nosotros tampoco tenemos inconveniente en que la iniciativa se tramite a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nSin embargo, en este proyecto en vez de aumentarse el gasto, se reduce. En efecto, seg\u00FAn el art\u00EDculo 37 de la actual ley de Reajustes, los sueldos del Presidente de la Rep\u00FAblica, de los Ministros de Estado, del Ministro Secretario General de Gobierno, del Director de la Oficina de Planificaci\u00F3n Nacional, etc\u00E9tera, ascienden a 20 sueldos vitales mensuales y est\u00E1n sujetos a las limitaciones generales de la ley; o sea, son 20 sueldos vitales l\u00EDquidos. En cambio, seg\u00FAn el proyecto en discusi\u00F3n, el sueldo de esos funcionarios, incluyendo al Primer Mandatario, ser\u00E1 de 20 sueldos vitales brutos. Por lo tanto, sus rentas se reducen en vez de aumentar. \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Creo que no es tan as\u00ED. \nMe preocup\u00E9 incluso de conversar con el se\u00F1or Ministro de Hacienda sobre el particular, aunque tom\u00E9 contacto con \u00E9l por motivos distintos. Su Se\u00F1or\u00EDa me particip\u00F3 el inter\u00E9s que ten\u00EDa en el pronto despacho del proyecto, inquietud que comparto. Por lo tanto, no me anima el prop\u00F3sito de postergar su tramitaci\u00F3n; tan s\u00F3lo pido la aplicaci\u00F3n de una norma que, a mi juicio, no se puede desconocer. \nMe dec\u00EDa el Secretario de Hacienda que los Ministros est\u00E1n percibiendo rentas inferiores a las fijadas aqu\u00ED para algunos de ellos, y que algunos perciben remuneraciones adicionales que se suprimen mediante la iniciativa, y otros, no. \nPor lo tanto, la Comisi\u00F3n de Hacienda debe constatar si esta situaci\u00F3n es efectiva o no lo es. As\u00ED podr\u00EDamos saber si hay o no hay mayor gasto por un concepto u otro. Porque es factible que, en virtud de la supresi\u00F3n de lo que se ha dado en llamar \"pitutos\", agregados o participaciones obtenidas por tener la calidad de consejeros, de hecho se disminuyan las rentas. Pero estamos fijando una remuneraci\u00F3n mayor, que es la establecida en el inciso primero. \nPor eso, me parece l\u00F3gico tramitar la iniciativa a la Comisi\u00F3n de Hacienda. No obstante, si el Senado piensa de otra manera, estoy llano a aceptar su decisi\u00F3n, pues, como dije, no me anima el deseo de postergar el estudio del proyecto. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n La Mesa comparte la inquietud del se\u00F1or Senador. Sin embargo, el art\u00EDculo 37 de la ley de Reajustes fij\u00F3 al Presidente de la Rep\u00FAblica y a otros funcionarios una renta de 20 sueldos vitales, sujeta a las limitaciones generales de la ley; es decir, la renta asciende a 20 sueldos vitales l\u00EDquidos, \nComo la ley de Reajustes se financia mediante la de Presupuestos, el gasto, en concepto de la Mesa, estar\u00EDa financiado. \n \n \nEl se\u00F1or REYES.- \n \n Es evidente que existe el prop\u00F3sito de despachar el proyecto con la mayor brevedad. \nEl Honorable se\u00F1or Ballesteros observ\u00F3 que la iniciativa no se tramit\u00F3 a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nEl \u00FAltimo inciso del art\u00EDculo \u00FAnico que aprob\u00F3 la Comisi\u00F3n de Gobierno dice: \n\"Sin embargo, su aplicaci\u00F3n retroactiva no podr\u00E1 determinar la percepci\u00F3n de nuevas remuneraciones que excedan, en conjunto con las ya recibidas, la cantidad establecida en el inciso primero; pero no deber\u00E1n ser reintegradas las mayores cantidades que puedan haberse percibido con motivo de la aplicaci\u00F3n de las normas legales que reg\u00EDan a la fecha de publicaci\u00F3n de la presente ley.\" \nDeduzco que, de la aplicaci\u00F3n de esa norma, podr\u00EDa haber un mayor gasto en algunos casos, as\u00ED como uno menor en otros. Por lo tanto, parecer\u00EDa razonable la petici\u00F3n del Honorable se\u00F1or Ballesteros de tramitar la iniciativa a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \n \n \nEl se\u00F1or MUSALEM.- \n \n Se\u00F1or Presidente, la interpretaci\u00F3n que dio el Honorable se\u00F1or Reyes al \u00FAltimo inciso del art\u00EDculo \u00FAnico es razonable, porque en la Comisi\u00F3n de Hacienda, cuando se discuti\u00F3 el art\u00EDculo 37 de la ley de Reajustes, se estableci\u00F3, de acuerdo con informaciones entregadas por el propio Secretario del ramo, que el grueso de los Ministros elevaban sus rentas con relaci\u00F3n a las que ten\u00EDan, aun incluyendo lo que se ha dado en llamar \"pitutos\". Me parece que uno o dos Ministros ten\u00EDan rentas m\u00E1s altas en el r\u00E9gimen pasado. \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n \n La ley de Reajustes correspondiente al a\u00F1o en curso elev\u00F3 los sueldos de los Ministros de Estado, del Presidente de la Rep\u00FAblica, de los Ministros y del Fiscal de la Corte Suprema, de los parlamentarios, etc\u00E9tera, a 20 sueldos vitales. Como consecuencia de la supresi\u00F3n de las limitaciones de las normas generales, se permiti\u00F3 que, aparte los 20 sueldos vitales, los Ministros pudieran seguir percibiendo las rentas que otras leyes les asignan por la concurrencia a sesiones de directorios y por otros conceptos. \n \nEn tal virtud, esa ley autoriz\u00F3 a los Ministros de Estado para percibir... \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n Est\u00E1 equivocado, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n Perm\u00EDtame, se\u00F1or Senador. Tengo el texto de la ley a la mano, y le leer\u00E9 la disposici\u00F3n pertinente: \n\"El Presidente de la Rep\u00FAblica, los Ministros de Estado, el Ministro Secretario General de Gobierno, los parlamentarios, los Ministros y el Fiscal de la Corte Suprema y el Director de la Oficina de Planificaci\u00F3n Nacional, tendr\u00E1n una renta mensual igual a veinte sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, sujeta a las limitaciones e incompatibilidades se\u00F1aladas en los art\u00EDculos precedentes.\" \nLa \u00FAnica limitaci\u00F3n que existe en la ley son los veinte sueldos vitales l\u00EDquidos. De manera que, aparte esa renta vigente en virtud de lo que se aprob\u00F3, se podr\u00EDan estar percibiendo remuneraciones consideradas en otras leyes. Lo que el Ejecutivo pretende, entonces, es limitar la renta a veinte sueldos vitales. \nPor lo tanto, el gasto est\u00E1 consignado en la ley de Presupuestos. \n \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Se\u00F1or Presidente, creo que la interpretaci\u00F3n de Su Se\u00F1or\u00EDa no es exacta. A mayor abundamiento, me parece que basta lo que dice el inciso final del art\u00EDculo \u00FAnico del proyecto. Cuando el propio Gobierno somete una norma a la discusi\u00F3n del Parlamento, lo hace para que aqu\u00E9lla tenga sentido y aplicaci\u00F3n. Si la disposici\u00F3n fuera tan clara como sostiene la Mesa, el Ejecutivo no estar\u00EDa diciendo: \"Sin embargo, su aplicaci\u00F3n retroactiva no podr\u00E1 determinar la percepci\u00F3n de nuevas remuneraciones que excedan, en conjunto, con las ya recibidas...\". Es evidente que, en virtud de ese mecanismo, se pueden percibir remuneraciones superiores o adicionales. Y es esto lo que la Comisi\u00F3n de Hacienda tiene, no s\u00F3lo perfecto derecho, sino el deber constitucional de examinar. \nPor eso, por la confusi\u00F3n que la propia iniciativa del Gobierno introduce en el inciso final del art\u00EDculo \u00FAnico que nos propone, me parece que queda de manifiesto la necesidad de que este proyecto de ley sea enviado a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nY a m\u00ED no me preocupa por lo que ata\u00F1e a esta iniciativa en particular, sino en cuanto se refiere al estricto y riguroso cumplimiento de un principio que nunca se hab\u00EDa omitido en el Senado: que materias de esta \u00EDndole sean siempre tramitadas a la Comisi\u00F3n de Hacienda, a fin de que sea ella la que determine si procede o no su pronunciamiento, sin que haya una declaraci\u00F3n a priori de la Mesa dando una determinada interpretaci\u00F3n de un precepto legal. \nDe acuerdo con lo que ha ocurrido en estos momentos, podr\u00EDa creerse que la Mesa ha sustituido a la Comisi\u00F3n de Hacienda, lo que consideramos que no corresponde a lo usual. Porque en esta forma el d\u00EDa de ma\u00F1ana ella bien podr\u00EDa estimar que determinado proyecto no necesita financiamiento y, en consecuencia, no enviarlo a dicha Comisi\u00F3n. Lo l\u00F3gico parece, pues, que sea \u00E9sta la que determine directamente si hay o no hay necesidad de financiamiento por existir un mayor gasto. \n \n \n \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, creo que la interpretaci\u00F3n de la Mesa es leg\u00EDtima. Si el Honorable se\u00F1or Ballesteros tuviera paciencia y me escuchara, es posible que se convenza de lo que estoy afirmando. \n\u00BFCu\u00E1ndo se puede producir alguna alteraci\u00F3n? Muy simple: cuando se reciben pensiones de jubilaci\u00F3n. \u00BFPor qu\u00E9? Porque \u00E9stas son compatibles con la nueva remuneraci\u00F3n y puede ocurrir que a ra\u00EDz de ese mecanismo se produzca un alza de remuneraciones. En tal caso, no se aplica retroactivamente. Y \u00E9se es el sentido que tiene el inciso final del art\u00EDculo propuesto. En el fondo esto no implica aumento de remuneraciones, pero puede ser s\u00ED incremento en la percepci\u00F3n de emolumentos fiscales. \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n Ese es, precisamente, el problema. \n \n \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Pero los emolumentos fiscales como las jubilaciones no tienen por qu\u00E9 ser estudiadas por la Comisi\u00F3n de Hacienda, porque ya est\u00E1n fijadas y se perciben. En cambio, lo que s\u00ED debe ir a esa Comisi\u00F3n es la fijaci\u00F3n de remuneraciones y sueldos. Y a lo sumo, lo que puede ocurrir en este caso es que aqu\u00E9llos se rebajen\u2026 \nClaro que el funcionario puede recibir m\u00E1s, y eso se entiende, por ejemplo, en el caso de un Ministro que, adem\u00E1s, goza de una buena jubilaci\u00F3n como embajador, o en raz\u00F3n de otro rubro semejante, caso en el cual el afectado no tendr\u00EDa posibilidad de cobrar con efecto retroactivo. Ese es el \u00FAnico caso en que se aplica. En lo dem\u00E1s, no hay aumento de remuneraciones. \nPor eso, estoy de acuerdo con la posici\u00F3n sustentada por la Mesa. \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n \u00BFInsiste el Honorable se\u00F1or Ballesteros en que se someta a votaci\u00F3n su solicitud? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n En realidad, yo no s\u00E9 cual es el parecer de la Sala. Tan s\u00F3lo me he limitado a exponer mi criterio sobre este aspecto. \n \n \n \n \n \n\r\n El se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).-\r\n \n \n La Mesa tiene el criterio que ya se\u00F1al\u00F3. Ahora, si alg\u00FAn se\u00F1or Senador pide que el proyecto sea tramitado a Comisi\u00F3n, esta solicitud debe ser sometida a votaci\u00F3n. \nOfrezco la palabra. \nEl se\u00F1or Secretario dar\u00E1 lectura a una indicaci\u00F3n que se ha formulado. \n \n \n \nEl se\u00F1or EGAS (Prosecretario).- \n \nEl Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez ha formulado indicaci\u00F3n para reemplazar el inciso tercero del proyecto aprobado por la Comisi\u00F3n de Gobierno, que establece el monto de las rentas que percibir\u00E1n el Presidente de la Rep\u00FAblica, los Ministros de Estado y otros funcionarios, por el siguiente : \n\"Con todo, las remuneraciones establecidas en el inciso primero ser\u00E1n compatibles con las provenientes de cargos desempe\u00F1ados en calidad de docentes en la Educaci\u00F3n Superior, Media o B\u00E1sica y, asimismo, con las pensiones de jubilaci\u00F3n, retiro o montep\u00EDo, pero, en caso alguno, la suma de \u00E9stas y aqu\u00E9llas podr\u00E1 exceder el tope o monto m\u00E1ximo dispuesto en el inciso primero del art\u00EDculo 34 de la ley N\u00BA 17.416, y en la parte excedente se aplicar\u00E1 lo preceptuado en el inciso tercero de esta \u00FAltima disposici\u00F3n legal.\" \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n La Mesa estima que esta indicaci\u00F3n debe contar con el patrocinio del Ejecutivo. \n \n \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nYo creo que esta indicaci\u00F3n es absolutamente justa. Ella ha sido insinuada por algunos funcionarios de la jerarqu\u00EDa se\u00F1alada en el proyecto y que ejercen funciones docentes, para hacer compatibles las remuneraciones consignadas en el inciso primero del art\u00EDculo \u00FAnico con las provenientes de cargos desempe\u00F1ados en la Educaci\u00F3n Superior, Media o B\u00E1sica, del mismo modo que con las pensiones de jubilaci\u00F3n, retiro o montep\u00EDo, hasta el monto l\u00EDquido de veinte sueldos vitales. \nSi la Mesa estima que esta idea requiere el patrocinio del Ejecutivo, la verdad es que no puedo oponerme. En todo caso, me agradar\u00EDa saber si es preciso esperar un segundo informe de Comisi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n No es preciso, puesto que hay una sola indicaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n Creo que la \u00FAnica soluci\u00F3n consiste en postergar la votaci\u00F3n, a la espera de que llegue el oficio del Ejecutivo. \n \nEl se\u00F1or VON M\u00DCHLENBROCK.- \n Tambi\u00E9n se podr\u00EDa solucionar mediante el veto. Por lo dem\u00E1s, la indicaci\u00F3n es muy justa. \n \nEl se\u00F1or SILVA ULLOA.- \n Se\u00F1or Presidente, yo creo que la indicaci\u00F3n del Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez est\u00E1 absolutamente de m\u00E1s, porque, en todo caso, el mecanismo general de la ley establece el principio de que la remuneraci\u00F3n m\u00E1xima es de veinte sueldos vitales l\u00EDquidos. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n Pero esta iniciativa legal no, porque habla de veinte sueldos vitales brutos. Esa es la diferencia. \n \nEl se\u00F1or SILVA ULLOA.- \n Perd\u00F3neme, Honorable Senador. Tiene toda la raz\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n Por eso, precisamente, estimamos que las normas eran distintas. \n \nEl se\u00F1or MONTES.- \n \n \u00BFMe permite la palabra, se\u00F1or Presidente? \nNosotros queremos expresar nuestra opini\u00F3n con respecto a este proyecto, porque estimamos que la proposici\u00F3n formulada por el Ejecutivo es correcta, toda vez que fija para el Presidente de la Rep\u00FAblica, los Ministros de Estado, el Ministr\u00F3 Secretario General de Gobierno, el Director de la Oficina de Planificaci\u00F3n Nacional, los Subsecretarios de Estado y el Subsecretario General de Gobierno, una renta mensual de veinte sueldos vitales, escala A), del departamento de Santiago. Se\u00F1ala, adem\u00E1s, que \u00E9se es el tope que deben tener las remuneraciones asignadas a esas personas, y establece una sola excepci\u00F3n, haciendo compatible con la jubilaci\u00F3n la remuneraci\u00F3n que tendr\u00E1n los personeros del Estado que se indican en el proyecto. \nNosotros hemos expresado nuestro acuerdo con esta disposici\u00F3n, porque aunque, como ha se\u00F1alado el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa, la remuneraci\u00F3n que se fija es compatible con la jubilaci\u00F3n, ella no podr\u00E1 exceder en caso alguno de los veinte sueldos vitales, escala A), del departamento de Santiago. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n L\u00EDquidos. El art\u00EDculo 34 de la ley 17.416 lo dice. \n \nEl se\u00F1or MONTES.- \n Por eso aqu\u00ED se ha hablado de sueldos vitales l\u00EDquidos y brutos. En la pr\u00E1ctica, lo que ocurrir\u00E1 con la disposici\u00F3n del proyecto es que los personeros mencionados obtendr\u00E1n una renta equivalente a veinte sueldos vitales brutos, o sea, la cantidad que queda una vez efectuados los descuentos. Y con la jubilaci\u00F3n, algunos de estos funcionarios podr\u00E1n llegar a obtener los veinte sueldos vitales l\u00EDquidos, que es el tope. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n Exacto. \n \nEl se\u00F1or MONTES.- \n Ese es el esp\u00EDritu de la disposici\u00F3n. \nEn la Comisi\u00F3n de Gobierno, nosotros recibimos la visita del Subsecretario de Hacienda, quien expres\u00F3, en nombre del Gobierno - tambi\u00E9n estuvo presente el se\u00F1or Subsecretario General de Gobierno- , que la \u00FAnica excepci\u00F3n que propon\u00EDa el Ejecutivo era la se\u00F1alada en el inciso tercero. \nPor lo tanto, nosotros aprobaremos este art\u00EDculo \u00FAnico, por estimar que cualquiera otra excepci\u00F3n vulnerar\u00EDa el criterio que tuvo en vista el Ejecutivo al someter esta iniciativa a la consideraci\u00F3n del Parlamento. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nYo quiero preguntar si este proyecto pasar\u00E1 a Comisi\u00F3n para segundo informe. La Mesa no me ha dado respuesta sobre el particular. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n No pasar\u00E1. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n Se trata de un proyecto de un art\u00EDculo \u00FAnico, de manera que las indicaciones que se formulen deben votarse en este instante. \n \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n \n En el proyecto no est\u00E1 considerada la idea contenida en mi indicaci\u00F3n, lo cual lesionar\u00E1 un leg\u00EDtimo derecho adquirido por distinguidos catedr\u00E1ticos universitarios o profesores de la docencia media y primaria que ocupan alg\u00FAn cargo de jerarqu\u00EDa en la Administraci\u00F3n P\u00FAblica. \nPor lo tanto, ruego al se\u00F1or Presidente que, en nombre del Comit\u00E9 Socialista, se env\u00EDe esta indicaci\u00F3n al Ejecutivo, a fin de que \u00E9ste incluya su texto, como insin\u00FAa el Honorable se\u00F1or Baltra, en un eventual veto a este mismo proyecto. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \u00BFHabr\u00EDa acuerdo para enviar el oficio correspondiente en nombre de los distintos Comit\u00E9s del Senado? \n \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nComo el debate producido en torno de la indicaci\u00F3n formulada y las palabras del Honorable se\u00F1or Montes podr\u00EDan dar lugar a sentar un precedente que me parece delicado, estimo conveniente que el proyecto pase a la Comisi\u00F3n de Hacienda, como inicialmente debi\u00F3 haber ocurrido, no s\u00F3lo por las razones de principio a que aludi\u00F3 el Honorable se\u00F1or Ballesteros, sino porque el debate mismo ha originado una serie de interrogantes que, a mi juicio, es indispensable que sean resueltas por una Comisi\u00F3n perfectamente informada. \n \n \nEl se\u00F1or BALTRA.- \n \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nAl rev\u00E9s de lo que piensa el Honorable se\u00F1or Palma, creo que el debate se ha centrado en torno de la idea de enviar o no enviar el proyecto a la Comisi\u00F3n de Hacienda, en ning\u00FAn caso, que lo debatido aqu\u00ED sea materia que convenga pasar a la Comisi\u00F3n. \nEsta iniciativa fue estudiada en la Comisi\u00F3n de Gobierno, con la asistencia del Subsecretario General de Gobierno. Con ella se trata de limitar la renta de los funcionarios que se especifican en el texto a veinte sueldos vitales brutos, con una sola excepci\u00F3n: los que gozan de jubilaci\u00F3n podr\u00E1n percibir hasta la concurrencia de los veinte sueldos vitales l\u00EDquidos. \nEste es el objeto del proyecto. No importa mayor gasto y, en consecuencia, resulta inoficioso enviarlo a Comisi\u00F3n para segundo informe. \n \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Se\u00F1or Presidente, deseo puntualizar brevemente nuestro punto de vista. \nNosotros somos partidarios de que el proyecto vaya a la Comisi\u00F3n de Hacienda y, en atenci\u00F3n a la premura que todos reconocemos que existe respecto de su tramitaci\u00F3n, que \u00E9l sea despachado por la Sala, con informe de Comisi\u00F3n o sin \u00E9l, en la primera sesi\u00F3n ordinaria que celebre la Corporaci\u00F3n la pr\u00F3xima semana. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n \u00BFInsiste Su Se\u00F1or\u00EDa en la petici\u00F3n que ha formulado? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n S\u00ED, pedimos que el proyecto vaya a la Comisi\u00F3n de Hacienda. \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n En votaci\u00F3n la indicaci\u00F3n formulada por el Honorable se\u00F1or Ballesteros. \n \n \n \n \n-(Durante la votaci\u00F3n). \n \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00BFPuedo fundar mi voto, se\u00F1or Presidente? \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n Con la venia de la Sala, puede hacerlo Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n No veo qu\u00E9 utilidad representa el hecho de enviar la iniciativa a la Comisi\u00F3n de Hacienda. Tal medida ser\u00EDa conveniente si pudi\u00E9ramos alterar el monto del sueldo fijado, lo cual no podemos hacer. Tampoco hay problemas de f mandamiento. Entonces, \u00BF qu\u00E9 objeto tiene adoptar tal procedimiento? Personalmente, prefiero las cosas pr\u00E1cticas. \nSi el Presidente de la Rep\u00FAblica y sus Ministros expresan que desean percibir una suma determinada, creo que es deber del Parlamento acceder, sea opositor o partidario de ellos. No vamos a discutir la remuneraci\u00F3n del Jefe del Estado. \nPor eso, por tratarse de un mero tr\u00E1mite que s\u00F3lo constituir\u00EDa una especie de bendici\u00F3n m\u00E1s, no se justifica enviar el proyecto a la Comisi\u00F3n de Hacienda. Este procedimiento se adopta cuando es preciso estudiar alguna materia, introducirle modificaciones o perfeccionarla. \n \n \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n \n Votar\u00E9 en contra de la proposici\u00F3n de que la iniciativa vaya a Comisi\u00F3n, porque recuerdo que cuando hemos tratado la dieta de los parlamentarios nunca se ha procedido en tal forma. Simplemente, se ha aprobado, y no se ha promovido un debate tan largo como ahora. \nMe parece que donde existe la misma raz\u00F3n debe existir la misma disposici\u00F3n. \n \n \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n \n Deploro no haber escuchado las razones expuestas por los Honorables se\u00F1ores Palma y Ballesteros, que seguramente fueron muy fundadas. Pero la verdad es que quienes pertenecemos a la Comisi\u00F3n de Gobierno estamos ' tan bien informados como ellos, y estimamos que la iniciativa no deb\u00EDa ser tratada por la Comisi\u00F3n de Hacienda. Por eso la estudiamos y aprobamos, y no veo razones para cambiar de criterio. \nRespeto los argumentos dados por Sus Se\u00F1or\u00EDas, que no s\u00E9 si ser\u00E1n buenos; pero mantengo mi criterio de que el proyecto no debe ir a dicha Comisi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n No voto por estar pareado. \nDeploro que, reglamentariamente, no sea factible mi indicaci\u00F3n, porque se cometer\u00E1 una injusticia evidente con funcionarios que trabajan en la docencia. \n \nEl se\u00F1or VON M\u00DCHLENBROCK. - \nPuede enviarse un oficio al respecto. \n \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n \n Voto por que la iniciativa sea enviada a la Comisi\u00F3n de Hacienda, no por la discusi\u00F3n suscitada en cuanto a si corresponde que la estudie una u otra Comisi\u00F3n, sino exclusivamente porque dicho tr\u00E1mite permitir\u00E1 disponer de los dos o tres d\u00EDas que la indicaci\u00F3n formulada por el Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez - que me parece justa-requiere para obtener el patrocinio oficial y ser tratada e informada por la Comisi\u00F3n respectiva. \n \n \n- Se rechaza la indicaci\u00F3n (18 votos por la negativa, 6 por la afirmativa y 4 pareos). \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n Se\u00F1or Presidente, es posible que no haya unanimidad respecto de mi indicaci\u00F3n, pero\" puede haber acuerdo mayoritario. \n \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n No s\u00E9 si se deber\u00E1 a error de transcripci\u00F3n el hecho de que en el inciso primero se habla de 20 sueldos mensuales, escala A), del departamento de Santiago, en lugar de referirse a 20 sueldos vitales mensuales. En caso de no tratarse de un error, formular\u00EDa indicaci\u00F3n para agregar la palabra \"vitales\". \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n Se acoger\u00E1 la observaci\u00F3n del se\u00F1or Senador. \nSi le parece a la Sala, se aprobar\u00E1 el proyecto en la forma propuesta por la Comisi\u00F3n. \nAprobado. \nSi le parece al Senado, en nombre de los Comit\u00E9s Socialista y Social Dem\u00F3crata, se oficiar\u00E1 al Ejecutivo solicit\u00E1ndole incluir en un eventual veto la indicaci\u00F3n del Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez. \n \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n \n No s\u00F3lo podr\u00EDa incluirse en una observaci\u00F3n, sino, tal vez, en car\u00E1cter de indicaci\u00F3n, en cualquier otro proyecto que tenga afinidad con esta materia. \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente accidental).- \n Solicito el asentimiento de la Sala para oficiar al Ejecutivo en tal sentido. \nAcordado. \nTerminada la discusi\u00F3n del proyecto. \n \n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .