-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/589694/seccion/akn589694-po1-ds34-ds1
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1178
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2054
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1178
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/589694
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/589694/seccion/akn589694-po1-ds34
- rdf:value = " MONTES.-
Como entiendo que estamos en la discusión general y particular de las observaciones, deseo formular una consulta respecto del inciso final del artículo 3º. Advierto que la Comisión lo rechazó, pero no comprendo exactamente las razones que hubo para ello, ya que en el informe no aparece ninguna explicación.
Si se tiene presente lo prescrito en el artículo 3º, creo que la disposición de su inciso cuarto o final es correcta y corresponde al espíritu con que se redactó y propuso el artículo, toda vez que se expresa que la Corporación de Servicios Habitacionales podrá prestar asistencia jurídica gratuita a los adquirentes de sitios o viviendas que ella enajene. Luego establece el beneficio de que "las personas que fueren patrocinadas en el ejercicio de esta facultad" patrocinadas por CORHABIT "gozarán del privilegio de pobreza por el solo ministerio de la ley, mientras dure tal patrocinio". Por lo tanto, me parece una conclusión obvia que en el inciso final del artículo 3º se disponga lo siguiente: "Competerá al Fiscal de la Corporación, o a quien desempeñe sus funciones, calificar los casos en que deba ejercerse la facultad conferida en este artículo, sin perjuicio de lo dispuesto . . . ", etcétera.
Tengo esa duda y, por eso, quisiera una información.
El Honorable señor Valente me ha pedido una interrupción.
"