. . . . " El se\u00F1or HAMILTON.- \n \u00BFMe permite una interrupci\u00F3n, Honorable se\u00F1or Lorca? \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n Con todo gusto, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n Quiero aclarar las dudas del Honorable se\u00F1or Montes. \nEn primer lugar, la Comisi\u00F3n estuvo de acuerdo en que el derecho que la ley reconoce a los pobladores en determinados casos para obtener asistencia jur\u00EDdica por parte de la Corporaci\u00F3n de Servicios Habitacionales, rige para todos ellos, ya que no hay raz\u00F3n para discriminar entre unos y otros. Por lo tanto, a cualquiera que recurra a ese organismo y hasta el l\u00EDmite en que \u00E9ste la pueda dar se le debe conceder esa asistencia jur\u00EDdica. \nEn cuanto a las razones de orden burocr\u00E1tico que dio el Honorable se\u00F1or Valente, creo que a todos nos consta la demora que se produce con los papeles desde una provincia a Santiago y viceversa, en especial cuando se trata de las zonas australes. \nPues bien, si el derecho es para todos los pobladores, no parece que lo conveniente es que lo obtengan a trav\u00E9s de las delegaciones de la Corporaci\u00F3n de Servicios Habitacionales, sin que el se\u00F1or fiscal de este organismo deba discriminar y resolver consultas caso por caso. Es decir, se precisa un derecho real y eficiente para los pobladores que lo requieran. \n \n " . . . . . . . . . .