-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/589694/seccion/akn589694-po1-ds34-ds41
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3808
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2584
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3808
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/589694/seccion/akn589694-po1-ds34
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/589694
- rdf:value = " El señor HAMILTON.-
Celebro la intervención del Honorable señor Lorca, porque nos permitirá aclarar el sentido de la disposición, ya que no estamos en condiciones de alterar su texto por tratarse de un veto, aparte de haber sido ya aprobado por la Cámara.
En la Comisión entendimos que la única modificación que el Ejecutivo introduce al proyecto primitivo presentado por el Senador que habla, es suprimir el plazo discriminatorio para otorgar títulos definitivos a los autoconstructores, que era de un año para todo el país y de menos de un año para las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. De manera que en cuanto a las viviendas de autoconstrucción de todo el país, incluidas las que se encuentren en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, deberá entregarse título de dominio a sus ocupantes dentro del plazo de un año a partir de la publicación de la ley.
Ahora, al usar la expresión "viviendas similares", el Ejecutivo se refiere a las viviendas de autoconstrucción, sea que ellas hayan sido realizadas colectivamente, creándose nuevas poblaciones, sea que hayan sido levantadas en forma individual, como en las operaciones en que los pequeños propietarios a los que se entrega un "paquete" de viviendas las edifican en sus propios sitios. Se trata de valorizar, de premiar, en ambos casos, el esfuerzo y la organización de las familias o de la comunidad que han levantado un barrio.
Si bien este precepto se prestaría a dudas, me parece que con la explicación que he dado, que puede servir para interpretarlo, no se altera en esta materia la moción que presentamos y que aprobó el Congreso.
"