. " 6.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE CONCEDE DIVERSOS BENEFICIOS A LOS PARIENTES QUE INDICA DE LAS PERSONAS FALLECIDAS EN LOS HECHOS OCURRIDOS EN PAMPA IRIGOIN, EL 9 DE MARZO DE 1969. \nHonorable Senado: \nEsta materia ha sido informada por vuestras Comisiones de Obras P\u00FAblicas y de Asuntos de Gracia. \nDe conformidad al art\u00EDculo 38 del Reglamento s\u00F3lo os informamos acerca del art\u00EDculo 6\u00BA, que contempla el financiamiento del gasto que se asigna a este proyecto de ley, que se imputa al \u00EDtem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda y en cuanto dice relaci\u00F3n con prestaciones m\u00E9dicas al presupuesto del Servicio Nacional de Salud, donde deben otorgarse. \nSiendo el \u00EDtem de pensiones excedible no hay inconveniente legal en imputarle el gasto y la Comisi\u00F3n lo acepta como financiamiento adecuado. \nEn cambio considera la Comisi\u00F3n que respecto de las pensiones que se conceden en virtud de los art\u00EDculos 2\u00BA y 3\u00BA, debe establecerse una norma similar a la que contempla el inciso segundo del art\u00EDculo 17 de la ley N\u00BA 10.475, la que se ha repetido en varias otras leyes de previsi\u00F3n, en orden a privar del derecho a pensi\u00F3n a las viudas que contrajeren matrimonio pero reconoci\u00E9ndoles el derecho a que en este evento perciban, por una sola vez, el equivalente de dos a\u00F1os de pensi\u00F3n. \nEn consecuencia, os proponemos aprobar el proyecto de ley de la Comisi\u00F3n de Obras P\u00FAblicas, con la sola modificaci\u00F3n de consultar el siguiente inciso segundo a su art\u00EDculo 49: \n\"Las viudas que contrajeren matrimonio perder\u00E1n el derecho a pensi\u00F3n que les otorga el art\u00EDculo 2\u00BA o 3\u00BA de esta ley. Sin embargo, tendr\u00E1n derecho a que se les pague, por una sola vez, el equivalente de dos a\u00F1os de su pensi\u00F3n.\". \nSala de la Comisi\u00F3n, a 11 de agosto de 1971. \nAcordado en sesi\u00F3n de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores se\u00F1ores Palma (Presidente), Ib\u00E1\u00F1ez, Musalem y Silva Ulloa. \n(Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario. \n \n " . . . "6.-"^^ . . . . . . "INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE CONCEDE DIVERSOS BENEFICIOS A LOS PARIENTES QUE INDICA DE LAS PERSONAS FALLECIDAS EN LOS HECHOS OCURRIDOS EN PAMPA IRIGOIN, EL 9 DE MARZO DE 1969."^^ .