. . . . . . . . . . . " El se\u00F1or FUENTEALBA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, me estaba refiriendo al fondo del asunto. \nDec\u00EDa que el ideal ser\u00EDa que el juez del trabajo tramitara y fallara las causas y que en Chile hubiera tantos magistrados de esa \u00EDndole como departamentos, de manera que nadie debiera moverse de su departamento para litigar. Porque, incluso, dentro del sistema actual de los jueces de letras de mayor cuant\u00EDa, hay personas que viven en comunas muy apartadas y deben trasladarse a la capital del departamento para pleitear. En consecuencia, ser\u00EDa ideal que existiera en cada comuna un juez que fallara todas las causas. Pero como estamos en Chile y ello no es posible, hemos tenido que llegar a una soluci\u00F3n como la propuesta por el Gobierno, que a mi juicio perfecciona el sistema vigente. \nPor otra parte, en vista de que no existen medios suficientes para mantener los tribunales necesarios, todos los juzgados de letras de mayor cuant\u00EDa de departamentos, como tambi\u00E9n los tribunales del trabajo de Santiago, especialmente, se encuentran tan recargados de obligaciones, que lo que a\u00F1ora el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa tampoco ocurre. Y no es el juez, quien tramita la causa, sino que lo hacen funcionarios subalternos. Esa es la realidad, Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa. En los juzgados del trabajo de Santiago tramitan las causas empleados subalternos, que por lo general no son letrados. Lo mismo sucede en los juzgados de letras de mayor cuant\u00EDa, en las causas criminales y en muchas otras. De manera que el ideal a que todos aspiramos no se concreta en la pr\u00E1ctica. \nEl Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa manifest\u00F3 que el juez del trabajo debe fallar en conciencia y se preguntaba c\u00F3mo podr\u00E1 hacerlo, si, de acuerdo con el proyecto en debate, ser\u00E1 simplemente quien falle la causa, pues otro magistrado la tramitar\u00E1; no tendr\u00E1 ning\u00FAn contacto con testigos ni con pruebas y s\u00F3lo recibir\u00E1 el asunto tramitado por el secretario del juzgado o por el juez de letras de mayor cuant\u00EDa. \u00A1Pero eso es lo que ocurre hoy d\u00EDa, con la diferencia de que ahora la tramitaci\u00F3n no la hace un funcionario letrado -la iniciativa en debate dispone que \u00E9sta ser\u00E1 obligaci\u00F3n del secretario- ni un juez de letras de mayor cuant\u00EDa, sino un empleado subalterno! Esa es la realidad, y nadie lo puede negar. \u00BFHay alg\u00FAn se\u00F1or Senador que sostenga que esto no es efectivo? Es absolutamente cierto. \nEstamos legislando sobre la base de esa realidad. Por lo tanto, no puede criticarse el proyecto enfoc\u00E1ndolo desde un punto de vista meramente te\u00F3rico, desde el \u00E1ngulo de los tratadistas o ideal. Los reparos deben formularse sobre la base de la realidad imperante. \n En la actualidad fallan los jueces y tramitan otras personas. La iniciativa establece que en el caso de los juzgados del trabajo de primera categor\u00EDa tramitar\u00E1 el secretario del tribunal, que es un funcionario letrado, y en los de los departamentos donde no haya jueces especiales del trabajo, los jueces de letras de mayor cuant\u00EDa, de acuerdo con la norma que se consagra en sustituci\u00F3n del art\u00EDculo 496 del Libro Cuarto del C\u00F3digo del Trabajo. Al igual que los Honorables se\u00F1ores Gumucio y Juliet, estoy de acuerdo en que el ideal es que la tramitaci\u00F3n y el fallo queden en una misma mano. Sin embargo, estamos legislando como lo propuso el Gobierno, basados en la realidad existente en nuestro pa\u00EDs. En este sentido, creemos que el proyecto es bueno; mejora la situaci\u00F3n actual y permite, incluso, emplear la capacidad ociosa de algunos jueces del trabajo que no tienen un n\u00FAmero de causas suficientes que justifiquen su existencia. Utilizaremos esa capacidad ociosa ampliando la jurisdicci\u00F3n de esos magistrados, para que puedan fallar juicios tramitados por jueces de letras de mayor cuant\u00EDa en los casos de los departamentos en que no haya juez especial del trabajo. \nPor eso, estamos de acuerdo con el proyecto. \nPor otra parte, hemos sido partidarios de que pueda haber tramitadores y sentenciadores. Los propios Senadores se\u00F1ores Bulnes y Aylwin est\u00E1n de acuerdo en que en los juzgados del trabajo de primera categor\u00EDa existan tramitadores y jueces falladores. El proyecto del Ejecutivo propon\u00EDa que por el solo ministerio de la ley los secretarios de los juzgados especiales del trabajo de primera categor\u00EDa fueran tramitadores y que los magistrados fueran simplemente sentenciadores. Los Honorables se\u00F1ores Bulnes y Aylwin sugirieron que ello no se estableciera por el ministerio de la ley, sino que, en virtud de decreto, el juez titular del tribunal pueda encomendar la tramitaci\u00F3n de una causa al secretario. Pero el principio de que exista una separaci\u00F3n entre juez fallador y juez tramitador ha sido aceptado. Lo que Sus Se\u00F1or\u00EDas rechazaron fue la idea de que el secretario pasara a ser tramitador por el solo ministerio de la ley. Aceptamos el criterio de los Honorables colegas, por estimar m\u00E1s conveniente que el secretario pase a ser tramitador de la causa s\u00F3lo en virtud de un decreto del juez o cuando en alguna causa lo disponga de manera general la corte de apelaciones respectiva. En consecuencia, s\u00F3lo estamos en desacuerdo respecto de la forma como esto operar\u00EDa en la pr\u00E1ctica. \n \n " . .