. . . . . . . . " \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n \u00BFMe permite, Honorable se\u00F1or Fuentealba? \n \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n Con mucho gusto. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n El proyecto del Gobierno establec\u00EDa que las causas del trabajo tramitadas por el juez de letras de Yumbel las fallar\u00EDa el juez del trabajo de Coronel. Pregunt\u00E9 a qu\u00E9 se deb\u00EDa esta anomal\u00EDa. Me contestaron que al juez del trabajo de Concepci\u00F3n, por estar demasiado recargado de trabajo -debe tomar conocimiento de los procesos de Concepci\u00F3n y de Talcahuano-, no se le pod\u00EDan aumentar sus obligaciones, y que por eso se hab\u00EDa encomendado la funci\u00F3n de fallar al juez del trabajo de Coronel. \nConsider\u00E9 menos da\u00F1ino para los habitantes de Yumbel que la causa pasara al juzgado de Chillan, porque es m\u00E1s f\u00E1cil llegar de Yumbel a Chillan que de Yumbel a Concepci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or PABLO.- \n \u00BFCu\u00E1l es la corte de apelaciones respectiva ? \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n La de Concepci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or PABLO.- \n Pero eso no se dice. \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n Est\u00E1 establecido en el art\u00EDculo 514 del C\u00F3digo del Trabajo. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n Ello por varios motivos, Honorable se\u00F1or Pablo. Porque las cortes del trabajo del pa\u00EDs son tres: Santiago, Valpara\u00EDso y Concepci\u00F3n. En consecuencia, Chillan, Yumbel y Coronel son tributarias de Concepci\u00F3n. \n \n " . . . . . . . . . .