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- rdf:value = " MONUMENTO A LA MEMORIA DE MONSEÑOR MANUEL LARRAIN ERRAZURIZ. VETO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Obispo de Talca, Monseñor Manuel Larraín Errázuriz.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 25º, en 19 de julio de 1966.
Observaciones:
En segundo trámite, sesión 23º, en 4 de noviembre de 1971.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 22º, en 20 de julio de 1971.
Hacienda, sesión 22º, en 20 de julio de 1971.
Gobierno, sesión 31º, en 23 de noviembre de 1971.
Hacienda, sesión 31º en 23 de noviembre de 1971.
Discusión:
Sesión 29º, en 3 de agosto de 1971 (se aprueba en general y particular).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Baltra y Valenzuela, recomienda a la Sala rechazar la primera observación, a pesar de que el pronunciamiento del Senado no surte efecto por haberla aprobado la Cámara, y acoger la segunda.
En la sesión anterior, quedó con el uso de la palabra el Honorable señor Foncea.
El señor FONCEA.-
Ya terminé mi intervención.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
- (Durante la votación).
El señor BALTRA.-
Pido la palabra.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que el Honorable señor Baltra pueda fundar en primer lugar su voto.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BALTRA.-
Para interpretar bien el veto del Ejecutivo debemos tomar en cuenta que el artículo 2º, que autoriza al Presidente de la República para disponer una emisión de estampillas postales y aéreas recordatorias de la vida y obra del señor Larraín, no se veta. De modo que el señor Larraín recibirá el honor de ser recordado mediante dicha emisión de estampillas. Lo que el Ejecutivo observa es que el producto de ella se destine a financiar la construcción del monumento, y ello, por razones que se explican muy fácilmente: la venta de las estampillas cuya emisión se autoriza reemplaza a la de otros sellos postales. De tal manera que, en el fondo, el precepto respectivo significa una disminución de los recursos fiscales. Eso es lo que señala el Gobierno en su veto, y a ello obedece éste. Sin embargo, a fin de facilitar la erección del monumento, el Ejecutivo propone que la colecta no se limite a las provincias de Talca, Curicó y Linares, sino que se extienda a todo el territorio nacional, con lo cual producirá tal vez un rendimiento mayor que el de la emisión de estampillas.
Por esas razones, nosotros aprobamos los vetos en la Comisión, y adoptaremos, igual predicamento en la Sala.
El señor HAMILTON.-
Hay unanimidad para aprobarlos.
El señor GARCÍA.-
Todos estamos de acuerdo.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la primera observación.
Aprobada.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Respecto de la segunda observación, la Comisión recomienda aprobarla.
-Se aprueba, y queda despachado el proyecto.
"