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- rdf:value = " ENTREGA EN COMODATO PRECARIO DE TERRENOS DECLARADOS EN SITUACIÓN IRREGULAR.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que faculta a la Corporación de Servicios Habitacionales para entregar en comodato precario los terrenos declarados en situación irregular.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 29º, en 3 de agosto de 1971.
En tercer trámite, sesión 23º, en 4 de noviembre de 1971.
Informe de Comisión:
Obras Públicas, sesión 40º, en 25 de agosto de 1971.
Discusión:
Sesión 44º, en 1º de septiembre de 1971 (se aprueba en general y particular).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara aprobó el proyecto del Senado, con las siguientes modificaciones:
En el artículo único, ha suprimido la letra b).
En la letra c), que ha pasado a ser letra b), suprimió los términos "Director del" contenidos en el segundo de los incisos que se agregan al artículo 25.
En el mismo inciso, reemplazó la frase: "que franquea el artículo 139 del D.F.L. 190, de 5 de mayo de 1960, sujetos en su tramitación al procedimiento que contemplan los artículos 139 a 148 del referido decreto con fuerza de ley.", por lo siguiente: "de reposición y apelación subsidiaria y se tramitarán conforme al procedimiento que contempla el artículo 14 de la presente ley."
En su letra d), que ha pasado a ser letra c), eliminó la coma que aparece después de la palabra "preferencia", la segunda vez que figura, en el inciso cuarto que se intercala en el artículo 29, y agregó a continuación de dicho término, los siguientes: "sólo en este último,".
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor GARCÍA.-
¿Podría el señor Secretario dar lectura al artículo 14, pues no tengo aquí los boletines anteriores?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El artículo 14 de la ley 16.741 dice:
"Toda cuestión que se suscite en los juicios a que den origen las disposiciones de este Título, se tramitará como incidente, sin suspender el curso de la causa principal y su resolución se dejará para definitiva, salvo que la presente ley señale un procedimiento diverso.
. "Las apelaciones se concederán en el solo efecto devolutivo, salvo las interpuestas por la Corporación de Servicios Habitacionales y las expresamente exceptuadas. Estas últimas apelaciones gozarán de preferencia para su vista y fallo.
"Todas las resoluciones que se dicten en el procedimiento especial a que se refiere esta ley no serán susceptibles, en ningún caso, de los recursos de casación en la forma y en el fondo."
Este es el procedimiento a que se refiere el artículo 14 de la ley 16.741.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, si las adjudicaciones que haga la Corporación de Servicios Habitacionales se ajustarán al valor de tasación que fije Impuestos Internos, es evidente que está bien hecha la supresión por la Cámara de las palabras "Director del", porque no es este funcionario quien fija el valor de tasación, sino el Servicio de Impuestos Internos.
Por otra parte, la Cámara propone reemplazar-la frase "que franquea el artículo 139 del D.F.L. 190, de 5 de mayo de 1960, sujetos en su tramitación al procedimiento que contemplan los artículos 139 a 148 del referido Decreto con Fuerza de Ley", por la siguiente: "de reposición y apelación subsidiaria y se tramitarán conforme al procedimiento que contempla el artículo 14 de la presente ley".
Pues bien, ¿no puede establecerse el procedimiento contenido en el artículo 14 de la ley 16.741 sin hacer alguna modificacióNº Tal procedimiento es válido para incidentes dentro de un proceso que se está tramitando, y la norma recién mencionada dispone que nó se suspenderá la resolución definitiva del asunto.
Insisto, para mejor comprensión: el artículo 14 en referencia tiene relación con la forma en que se tramitan los incidentes de una cuestión principal, pero ésta no puede tramitarse como accesoria de algo, de algo que no sabemos si existe o no. Por consiguiente, a mi juicio debe haber aquí un error, y pido, para dar eficacia a la ley, que enviemos el proyecto a Comisión, por un plazo breve. No se trata de un asunto que requiera de mucho estudio. Se me ocurre que bastará cambiar dos o tres palabras para dejar el precepto comprensible y eficaz.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Estamos en tercer trámite, señor Senador, y en él no se pueden modificar los proyectos.
El señor GARCÍA.-
Entonces, mantengamos la disposición aprobada por el Senado.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Pero el proyecto se puede enviar a Comisión.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Sí, señor Senador. Di la información anterior, porque el Honorable señor García sugirió la posibilidad de cambiar algunos términos.
El señor GARCÍA.-
Quisiera saber si este proyecto tiene urgencia, señor Presidente.
No estoy bien seguro; si lo estuviera, trataría de defender la norma despachada por el Senado. Como no es así, quisiera estudiar la materia.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
El señor FIGUEROA (Secretario).- No la tiene, señor Senador.
Si le parece a la Sala, se enviará el proyecto a la Comisión de Legislación.
El señor BULNES SANFUENTES.-
¿Por qué no a la de Obras Públicas?
El señor PABLO.-
Debo hacer presente que en la Comisión de Legislación hay cuatro proyectos con urgencia. Estamos reuniéndonos extraordinariamente. Lo hemos hecho los tres días transcurridos esta semana; y mañana la Comisión está citada desde las tres de la tarde hasta las ocho de la noche. Por ello, no puedo asegurar que emitiremos oportunamente un informe sobre esta materia. Además, varios proyectos penden de la consideración de las Comisiones Unidas de Legislación y de Economía.
El señor VALENTE.-
Que se envíe a la Comisión de Obras Públicas.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se enviará a la de Legislación.
El señor VALENTE.-
¿No es posible revisar esta iniciativa en la Comisión de Obras Públicas, que es la que tiene atinencia con la Corporación de Servicios Habitación ales?
El señor BULNES SANFUENTES.-
Sí, estamos de acuerdo.
El señor BALTRA.-
Muy bien.
El señor LUENGO.-
A esa Comisión debe ir.
-Se acuerda enviar a la Comisión de Obras Públicas el proyecto.
"