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- rdf:value = " CONVENCIÓN RELATIVA A LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERGUBERNAMENTAL.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Donantes quedo pendiente la discusión del proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados -hasta que llegara el informe que ahora tienen en sus manos los señores Senadores- que aprueba la Convención relativa a la Organización Marítima Intergubernamental, informado por la Comisión de Relaciones Exteriores.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 51º-, en 14 de septiembre de 1371.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 42º, en 22 de diciembre de 1971.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Reyes (Presidente), Juliet, Bulnes Sanfuentes y Pablo, recomienda a la Sala aprobar el proyecto, que consta de un Artículo Único, en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor AYLWIN (Presidente).-
En discusión general y particular.
Ofrezco la palabra.
El señor GARCIA.-
Me asaltan algunas dudas con relación a este proyecto de acuerdo.
Se trata de aprobar una Convención relativa a la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental, que seguramente ha sido objeto de un tratado. Si es así, quiero recordar que el Nº 5º del Artículo 43 de la Constitución Política del Estado, relativo a las atribuciones del Congreso, establece que son atribuciones exclusivas del Parlamento "aprobar o desechar los tratados que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación." De manera que estos tratados deben estar aprobados primeramente por el Jefe del Estado.
Quiero que alguien me informe al respecto, pues este proyecto no constituiría una ratificación del Congreso a un tratado, sino una iniciativa que le enviamos al Presidente de la República, quien conduce las relaciones exteriores.
El señor LUENGO.-
Se trata de un proyecto de acuerdo.
El señor GARCIA.-
Por consiguiente, le corresponde al Presidente de la República determinar la conveniencia o inconveniencia para el país de una cuestión como Esta, para lo cual primero firma un compromiso en el extranjero.
Esta es la duda que tengo, por lo cual deseo que alguien me aclare el problema.
El señor REYES.-
Este asunto ha sido debatido en los distintos proyectos de acuerdo tratados por la Comisión.
En primer lugar, se ha hecho distingo entre los tratados y las adhesiones a Convenciones que deba suscribir el país, particularmente respecto de las que operan hoy día a través del sistema de Naciones
Unidas y que obligan a su firma sin reservas. No es Este el sistema tradicional de suscripción de tratados, y menos corresponde a los de carácter unilateral.
Sin embargo, la misma objeción formulada por el Honorable señor García, que fue objeto de debate en la Comisión, movió a Esta a enviar el problema en consulta a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Si el señor Senador lee la página 5 del informe, advertirá además que, aun cuando yo soy el menos versado en materias jurídicas, he dejado constancia de mi reserva, pese a estar de acuerdo con todos los aspectos sustantivos del convenio, respecto de la cuestión constitucional, ya que previo a la ratificación que autoriza el Congreso debió haber existido el compromiso firmado por el Ejecutivo. Por lo tanto, el asunto será sometido a la consideración de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Hago este alcance, aun cuando los tres abogados que estuvieron presentes en la Comisión -los Honorables señores Juliet, Bulnes y Pablo-, estuvieron contestes en que era posible proceder a la aprobación antes de la ratificación del Primer Mandatario, y que en tal sentido debería entenderse la norma constitucional. Con todo, como digo, se opto por hacer la consulta al organismo técnico pertinente.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Hago presente a los señores Senadores que ha terminado el tiempo del Orden del Día.
Como Este y otros proyectos que tienen urgencia -como el del Colegio de Bibliotecarios y los signados con los números 8 y 9 en la tabla-, procede continuar votándolos hasta su despacho, conforme al Artículo 137 del Reglamento.
El señor LUENGO.-
¿Y los signados con los números 6 y 7?
El señor AYLWIN (Presidente).-
Esos no, señor Senador, por las razones que daré a conocer posteriormente.
En consecuencia, corresponde votar estos proyectos hasta su despacho.
Si le parece a la Sala, se daría por aprobado el proyecto en debate.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
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