. . . . . . . . . . . "PERSONALIDAD JURIDICA PARA CENTRAL UNICA DE TRABAJADORES. CUARTO TR\u00C1MITE."^^ . . . . . . " PERSONALIDAD JURIDICA PARA CENTRAL UNICA DE TRABAJADORES. CUARTO TR\u00C1MITE.El se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n en primer lugar, corresponde tratar el proyecto, en cuarto tr\u00E1mite constitucional, que concede personalidad jur\u00EDdica a la CUT. \n \n \n-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \n \nProyecto de ley: \n \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 43\u00BA, en 31 de agosto de 1971. En cuarto tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 40\u00BA, en 16 de diciembre de 1971. \nInforme de Comisi\u00F3n: \nLegislaci\u00F3n, sesi\u00F3n 33\u00BA, en 25 de noviembre de 1971. \n \nDiscusi\u00F3n: \n \nSesiones 32\u00BA, en 24 de noviembre de 1971; 33\u00BA, en 25 de noviembre de 1971 (se aprueba en general y particular). \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n La C\u00E1mara aprob\u00F3 las enmiendas que el Senado introdujo a dicha iniciativa, excepto el inciso primero del Art\u00EDculo 5\u00BA, nuevo, que dice: \n\"Las Organizaciones de base que integren la Central \u00DAnica de Trabajadores de Chile o una Federaci\u00F3n o Confederaci\u00F3n, fijaran y podr\u00E1n modificar o dejar sin efecto, en asamblea especialmente citada para tal objeto, las cotizaciones ordinarias con que contribuir\u00E1n a ellas, las que no podr\u00E1n ser inferiores al 0,2% ni superiores al 0,5% de los sueldos o salarios y se distribuir\u00E1n entre las Organizaciones a que est\u00E9n afiliadas en la proporci\u00F3n que la misma asamblea determine.\" \n \nEl se\u00F1or AYLWIN (Presidente).- \n \n En discusi\u00F3n el Art\u00EDculo. \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \n \n \n-Se acuerda no insistir. \n \n " .