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El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde tratar en el primer lugar el proyecto de la Cámara de Diputados que otorga previsión a los comerciantes.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 1ª en 3 de junio de 1970.
Informes de Comisión:
Trabajo, sesión 12ª, en 23 de junio de 1971.
Trabajo (segundo), sesión 27ª, en 28 de julio de 1971.
Hacienda, sesión 21%, en 28 de julio de 1971.
Discusión:
Sesión 18ª, en 6 de junio de 1971 (se aprueba en general).
El señor FIGUEROA (Secretario).- La iniciativa cuenta con segundos informes de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo, respectivamente, las cuales proponen enmiendas al primer informe de esta última.
Al tratar el proyecto, deberemos ceñirnos a ambos informes, porque se complementan uno a otro, pero en este momento no podría señalar a la Sala todos los artículos aprobados por unanimidad, porque, desgraciadamente, no están consignados en el texto del informe.
El señor VALENTE.- En la página 2 del segundo informe de la Comisión de Trabajo, se señalan las indicaciones aprobadas por unanimidad.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Las indicaciones, pero no los artículos correspondientes.
El señor VALENTE.- Cada indicación está referida a un artículo.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Algunas de ellas modifican a otras, de modo que es bastante difícil determinar los artículos aprobados por unanimidad; pero en un momento más podré darlos a conocer.
El señor GARCIA.- Entiendo que los artículos que no fueron objeto de indicaciones están aprobados y, por consiguiente, no habrá debate ni votación sobre ellos. En consecuencia, nos limitaremos a tratar los preceptos que han merecido indicaciones.
El señor AYLWIN (Presidente).- Así es, señor Senador.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Con relación al artículo 1º, fueron aprobadas por unanimidad las siguientes indicaciones: 1 a 13, 14 (con modificaciones), 15 a 20, 21 (con modificaciones), 22 a 24,...
El señor SILVA ULLOA.- A mi juicio, lo más práctico es tomar como base el segundo informe de la Comisión de Trabajo, con las enmiendas propuestas en el segundo informe de la de Hacienda.
El señor VALENTE.- Estamos de acuerdo.
El señor AYLWIN (Presidente).- Tomaremos como base el informe de la Comisión de Trabajo, y, en la parte que corresponda, el de la Comisión de Hacienda.
El señor LORCA.- Que incide sobre cuatro artículos.
El señor AYLWIN (Presidente).- Exactamente.
Si le parece a la Sala, procederemos en la forma indicada.
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).- El informe de la Comisión dice que se aprobó por unanimidad él artículo 1º, nuevo, con excepción de la supresión de la letra c) del artículo 14 y el reemplazo del artículo 18 propuesto como modificaciones número 21 y 25, respectivamente, que rechazó con el voto favorable del autor de la indicación.
El señor AYLWIN (Presidente).- En votación.
-(Durante la votación).
El señor GARCIA.- La Comisión de Trabajo modificó gran parte del articulado primitivo para agregar como imponentes a los miembros de la Asociación de Pequeños Industriales y Artesanos de Chile. Por lo tanto, todos los demás preceptos no constituyen otra cosa que la armonización respecto de tal idea.
Es indudable que no habrá mayor debate sobre la materia, aparte la explicación que estoy proporcionando, porque no sólo han solicitado dicho beneficio los pequeños industriales y artesanos, sino que tanto el Gobierno como los distintos partidos políticos están de acuerdo en ello.
Junto con referirme a la inclusión de esas personas en los beneficios que establece esta iniciativa, debo reiterar las advertencias que formulé durante la discusión general.
El proyecto se elaboró sobre la base de que un grupo de personas pueda administrar fuertes capitales que permitan afrontar el pago de las pensiones. Sin embargo, dada la situación económica del país, no se ve de dónde se conseguirán recursos para financiar la previsión. Además, si con esos recursos se crea un organismo muy poderoso, se corre el riesgo de que sea incluido dentro del área social y no sea administrado por los comerciantes, como es el propósito de éstos; porque el problema de Chile consiste en que toda empresa que alcanza cierto nivel debe integrar esa área. En consecuencia, si la organización propuesta funciona adecuadamente y proporciona los recursos necesarios, el anhelo de tanto tiempo de administrar sus propios fondos no fructificará por las razones que he dado. Mi prevención nace de la acumulación de fondos cuantiosos que debe lograrse para atender la previsión de tanta gente, qué excederán de 300 mil.
Creo mi deber hacer tales advertencias ante las grandes esperanzas cifradas por los comerciantes y pequeños industriales en este proyecto de ley. Puede suceder que empiece funcionando adecuadamente. Puede ser que haya recursos para pagar a los antiguos imponentes, pero dentro de algunos años, a menos que cambie sustancialmente la economía del país, no veo la posibilidad de que se puedan atender, en la forma establecida, las obligaciones que toma la caja respecto de la seguridad social de sus asegurados.
Es cuanto quería decir.
El señor VALENTE.- Señor Presidente, éste es un artículo nuevo, que no se refiere precisamente a la previsión de los comerciantes, sino que modifica la ley Nº 17.066, que creó el Registro Nacional de Comerciantes. Tal modificación consiste en incorporar a ese Registro ya establecido a los pequeños industriales y artesanos de Chile, para reunir en dicho organismo gremial a todos estos pequeños empresarios.
En la discusión del primer informe se había llegado a un acuerdo con el Gobierno en el sentido, de crear por ley el Registro Nacional de la Pequeña Industria y el Artesanado, con el propósito de constituir una entidad distinta del Registro Nacional de Comerciantes. Sin embargo, con posterioridad, de común acuerdo entre la Confederación Nacional de la Pequeña Industria y Artesanado, que es la organización única de los pequeños industriales, los comerciantes y el Gobierno, se optó por incorporar a ese grupo de pequeños empresarios al Registro Nacional de Comerciantes. De manera que todo el artículo primero está referido a la incorporación de este sector empresarial a dicho Registro y nada tiene que ver con el sistema previsional que se propone en los artículos siguientes.
Los temores manifestados por el Honorable señor García en cuanto a los recursos que puedan rendir los artículos pertinentes para financiar la previsión de los comerciantes y demás imponentes de la respectiva Caja, no tienen razón de ser. No veo cómo justificar la inquietud del señor Senador, pues la verdad es que serán los propios imponentes los que manejarán, conducirán y administrarán su organismo previsional, y quienes, además, por supuesto, fiscalizarán la correcta inversión de esos recursos. Y en la propia ley en debate se establece en forma muy clara el destino de tales fondos, que no es otro que el financiamiento de la previsión social: de las pensiones de jubilación, de vejez, de invalidez, de montepío y orfandad, más los beneficios adicionales como son los de medicina preventiva, préstamos de todo orden y la posibilidad de que, haciendo uso de una facultad que se otorga al respectivo Consejo, puedan también esos imponentes comerciantes, pequeños industriales, artesanos, transportistas y pequeños y medianos agricultores, gozar del beneficio de la asignación familiar en un régimen similar al que en este momento tienen los imponentes de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares.
Por consiguiente, la discusión del artículo 1º debe centrarse en si el Senado acepta o rechaza la proposición de que los pequeños industriales y artesanos se incorporen el Registro Nacional de Comerciantes Establecidos. Voto que sí.
El señor AYLWIN (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para empalmar esta sesión con las siguientes a que ha sido citada la Corporación.
Acordado.
El señor LORCA.- Pido la palabra.
El señor AYLWIN (Presidente).- Puede fundar su voto el Honorable señor Lorca.
El señor LORCA.- Señor Presidente, nosotros nos felicitamos de llegar al término de la segunda etapa de este proyecto de ley pues será enviado en tercer trámite a la Cámara de Diputados, que satisface la inquietud de los comerciantes minoristas por gozar de la previsión social. En efecto, la Comisión de Trabajo, presidida por el Honorable señor Ballesteros, trabajó durante más o menos un año para entregar previsión á los comerciantes minoristas de todo Chile.
A mi juicio, no debemos abrigar ningún temor en cuanto al financiamiento del proyecto. Esta financiado. Los cálculos actuariales así lo establecen. Incluso durante la tramitación de la iniciativa se le agregaron otros sectores tan importantes del país como son los pequeños industriales y artesanos, los feriantes, es decir los comerciantes de ferias libres, y los transportistas.
El señor VALENTE.- Y los agricultores.
El señor LORCA.- Y los agricultores. Todos ellos están comprendidos en el articulado. O sea, este proyecto tiene gran significación histórica para la previsión.
Ahora bien, refiriéndome a la indicación, aprobada por unanimidad en la Comisión, que se transformó en el artículo lº, debo decir que tiene dos significados: el de incluir en el Registro Nacional de Comerciantes de Chile a los pequeños industriales y artesanos, y el de introducir diversas modificaciones a la ley Nº 17.066, que creó ese Registro, con el fin de modernizarlo.
Por esta razón, los parlamentarios democratacristianos votaremos favorablemente el artículo 1º en todos sus números.
El señor Pido la palabra.
El señor AYLWIN (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría, para fundar el voto.
El señor BALLESTEROS.- Señor Presidente, efectivamente, el artículo lº no legisla sobre previsión.
La idea matriz del proyecto es la de otorgar previsión a determinados sectores que hasta ahora se encontraban al margen de este beneficio. Se originó para concederlo a los comerciantes adscritos al Registro Nacional de Comerciantes de Chile, pero posteriormente, durante el debate parlamentario, se le incorporaron diversos otros sectores. En primer término, se incorporó al régimen previsional que la iniciativa establece al comercio ambulante, a los transportistas, a la pequeña industria y al artesanado. Estos son, fundamentalmente, los grandes grupos o sectores que se han agregado. Ello se hizo en el primer informe. Con ocasión del segundo, se presentó una indicación, que el señor Senador que en ese momento presidía declaró procedente, para modificar la ley Nº 17.066, que creó el Registro Nacional de Comerciantes incorporando a dicho Registro, por voluntad expresada en la Comisión explícitamente por los interesados, a los pequeños industriales y artesanos.
Todo el artículo 1º se refiere exclusivamente a esa enmienda. Es el artículo 2º el que establece los beneficios previsionales y, en definitiva, el financiamiento de los mismos.
Por otra parte, una tercera idea está contenida en el proyecto: la de crear diversos roles para el comercio ambulante y los transportistas. Es así como en el artículo 73, del Título V, se crea una institución autónoma, con personalidad jurídica, que se denominará Rol Nacional de Comerciantes de Ferias Libres, Ambulantes y Estacionados de Chile. Y en el artículo 74 se crea una institución autónoma de derecho privado, con personalidad jurídica, con iguales características que la que acabo de mencionar, que se denominará Registro Nacional del Transportista Profesional.
Como lo he dicho, las ideas fundamentales contenidas en el artículo lº, que tratamos en este momento, no inciden propiamente en lo previsional, sino que significan sólo una modificación de la ley que creó el Registro Nacional de Comerciantes, adscribiendo a éste la pequeña industria y el artesanado, por decisión de los interesados manifestada en la Comisión.
Voto que sí.
El señor OCHAGAVIA.- Pido la palabra.
El señor AYLWIN (Presidente).- Puede fundar su voto el Honorable señor Ochagavía.
El señor OCHAGAVIA.- Señor Presidente, me correspondió, en representación de los Senadores del Partido Nacional, participar en el estudio de este proyecto que otorga previsión a un sector muy importante de pequeños empresarios independientes que no están afiliados a ningún régimen de seguridad social.
Esta aspiración muy sentida por esos trabajadores, que cumplen funciones tan importantes para el desenvolvimiento económico del país, ha llegado a materializarse en un proyecto de ley que, según afirmación de sus propios representantes, satisface plenamente a los gremios a los cuales beneficia.
Me atrevería a calificar de revolucionario el proyecto que hemos informado, pues por él creamos un sistema previsional en el que serán los propios imponentes quienes manejarán y administrarán los recursos del organismo previsor. Hemos rechazado al decir "hemos", me refiero a la mayoría de la Comisión de Trabajo del Senado, con la participación de los Senadores democratacristianos y del Senador nacional que habla la pretensión del Ejecutivo de que esta caja sea un organismo previsional más, porque pensamos que esos empresarios comerciantes, transportistas, feriantes, pequeños industriales e incluso agricultores pequeños y medianos tienen capacidad suficiente como para que nos den garantías de éxito en este verdadero ensayo previsional, que en cierta medida corresponde a ciertos acápites del programa de la Unidad Popular. A este propósito, quiero declarar que me ha llamado la atención la insistencia del Gobierno en pretender supeditar este organismo previsor al Ejecutivo, a la actuación de los organismos del Ministerio del Trabajo, lo que no se compadecería con la aspiración o promesa del programa de la Unidad Popular en cuanto a que los propios trabajadores, es decir los imponentes, sean quienes administren su previsión. En este sentido, hemos ido observando cómo, en los distintos trámites de este proyecto, la mayoría que he señalado hemos tenido que rechazar repito las indicaciones del Ejecutivo tendientes a dar a esta caja tuición estatal o semiestatal. Por desgracia, la experiencia ha demostrado que la previsión de Chile es la más cara del mundo y que, al mismo tiempo, es ineficiente; que la burocracia corroe las instituciones previsionales. Pensamos que en este caso, con un régimen previsional económico, manejado por los propios imponentes, controlado sólo por la Superintendencia de Seguridad Social, se da un paso para que en lo futuro pueda producirse, si esta novedad da resultado, una modificación sustancial de la previsión de nuestro país.
Ya se ha dicho aquí a quiénes alcanza la previsión de que se trata. Pero quiero agregar que durante toda la discusión del proyecto, el Senador que habla pidió al Ejecutivo, por intermedio del señor Subsecretario del Trabajo y en oficio al Presidente de la República, su patrocinio para incluir a otros trabajadores, concretamente, los agricultores medianos y pequeños, a quienes el Jefe del Estado ofreció un régimen de previsión, especialmente en las actuales circunstancias, en que están siendo marginados de la explotación de sus predios sin contar con ninguna seguridad social. El Senador que habla, a propósito de una indicación que el Ejecutivo envió, muy amplia e incluso peligrosa para el mismo estatuto y sus bases, se permitió redactar, en la Comisión de Trabajo, una disposición que lo faculta para incluir en los beneficios de este nuevo régimen previsional a ese gran sector de trabajadores del agro, cualquiera que sea su calidad: pequeños y medianos agricultores y ganaderos.
La verdad es que nosotros, los nacionales, hemos concurrido con mucha satisfacción a cumplir con el anhelo de este vasto sector de trabajadores del comercio, de la pequeña industria, de ferias libres y transportistas. Y esperamos que se complete el ciclo agregando a los agricultores medianos y pequeños.
También me correspondió presentar numerosas indicaciones para mejorar el proyecto y asegurar su financiamiento, pues lamentablemente estaba, después del primer informe, absolutamente desfinanciado.
Termino mis palabras destacando que el artículo lº, tal como aquí se ha señalado, incorpora al Registro Nacional de Comerciantes a los pequeños industriales y artesanos de Chile, con lo cual obtienen su rol con la posibilidad de acogerse a los beneficios de la presente ley.
Votaremos favorablemente.
El señor VALENZUELA.- Tal como lo expresaron los Honorables señores Ballesteros y Lorca, el artículo 1º tiene la fundamental importancia de agregar al Registro Nacional de Comerciantes a los pequeños industriales y artesanos de Chile.
Según manifestaron en la Comisión, y después privadamente los dirigentes de los pequeños industriales y artesanos, lo trascendente de la idea que se materializa mediante este precepto es que concuerda con lo establecido en el artículo 85 que se agrega a la ley Nº 17.066 en virtud del artículo 2º del proyecto, que concede personalidad jurídica a la Confederación Nacional de Pequeños Industriales y Artesanos de Chile, otorgándosele cierto plazo para someter sus estatutos a la aprobación del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Durante el Gobierno de la Democracia Cristiana se creó el Registro Nacional de Comerciantes, con lo cual se dio a ese gremio la posibilidad de organizarse a través de todo el país y obtener diversas conquistas, como la previsión social. Ahora también viene a ser motivo de beneficios efectivos, en cuanto a la organización misma de este numeroso sector de trabajadores de nuestro país constituido por los pequeños industriales y artesanos de Chile.
Por estas razones, con sumo agrado, así como lo hicimos en la Comisión donde tuve oportunidad de participar como miembro de ella, prestaremos nuestra aprobación a esta idea por los motivos que acabo de señalar.
Voto que sí.
El señor LUENGO.- Con la discusión particular del proyecto que da previsión a los comerciantes, estamos cumpliendo una sentida aspiración de ese sector de la ciudadanía de Chile.
Numerosas fueron las iniciativas que se presentaron al Congreso Nacional para llevar adelante la posibilidad de dar previsión a los comerciantes; entre ellas un proyecto de ley patrocinado por el Senador que habla, algunas de cuyas ideas se tomaron para elaborar definitivamente la iniciativa que hoy estamos considerando. En realidad, en ella se recogen ideas consignadas en proyectos de ley de diversos sectores políticos o de parlamentarios.
Por no ser miembro de la Comisión, no tuve oportunidad de participar en ellas. En todo caso, quiero dejar establecido que, con mucho agrado, nuestra colectividad política acordó apoyar este proyecto, por considerar que en un país moderno es inadmisible que algún sector de la ciudanía quede marginado de la seguridad social.
Voto que sí respecto del artículo 1º.
-Se aprueba (17 votos por la afirmativa y 1 pareo).
El señor OCHAGAVIA.- Quiero consultar a la Mesa si sólo se votarán aquellas indicaciones respecto de las cuales sé formula solicitud expresa para ello.
El señor AYLWIN (Presidente).- En este momento sólo se pueden votar las indicaciones renovadas con la firma de diez señores Senadores. Hasta este instante no ha llegado ninguna a la Mesa.
El señor OCHAGAVIA.- Mi consulta es si habrá debate sobre las indicaciones ya aprobadas o si el acuerdo de los Comités se opone a ello.
El señor AYLWIN (Presidente).- Según el acuerdo de los Comités, se entienden aprobadas por la Sala todas las indicaciones que lo fueron por unanimidad en la Comisión, a menos que un señor Senador pida que se vote alguna de ellas.
El señor FIGUEROA (Secretario).- En el artículo único, que pasa a ser segundo, se sustituye su encabezamiento por el siguiente: "Agréganse los siguientes Títulos IV y V, respectivamente, a la ley Nº 17.066, de 11 de enero de 1969:". Esta enmienda fue aprobada por unanimidad.
El señor AYLWIN (Presidente).- Ofrezco la palabra para fundar el voto.
El señor LORCA.- En el informe no se consigna quiénes estuvieron a favor y quiénes estuvieron en contra de las respectivas indicaciones.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Fueron aprobadas por unanimidad las modificaciones al artículo 30, consistentes en reemplazar en la letra b) el nombre "Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile" por "Registro Nacional de Comerciantes, Pequeños Industriales y Artesanos de Chile"; en la letra g), sustituir la expresión "del Registro Nacional de Pequeños Industriales y Artesanos de Chile, elegido directamente por él" por la siguiente: "de la Confederación Nacional Unica de la Pequeña Industria y Artesanado, designado directamente por ella" y, en el inciso tercero, sustituir la palabra "elección" por "designación".
Respecto de tales enmiendas, no se ha pedido votación.
El señor OCHAGAVIA.- En eso consistía mi consulta. ¿Qué ocurre, por ejemplo, con la indicación número 25, que reemplaza el artículo 18 por el siguiente: "Sustituyese en el inciso final del artículo 68 de la Ley Nº 11.704 la expresión "designados por la Municipalidad" por la expresión "designados por el respectivo Consejo Provincial del Registro Nacional de Comerciantes, Pequeños Industriales y Artesanos de Chile"?
El señor LORCA.- Eso ya se aprobó.
El señor OCHAGAVIA.- La indicación fue rechazada y yo deseo que se vote.
El señor SILVA ULLOA.- Tendría que haberla renovado.
El señor AYLWIN (Presidente).- La indicación de Su Señoría incide en el artículo 1º, que ya está aprobado.
El señor OCHAGAVIA.- Por eso pregunté a Su Señoría si estaba cerrado el debate, ya que denantes dijo que cualquier Senador podía pedir votación respecto de un precepto antes de que hubiera un pronunciamiento.
El señor SILVA ULLOA.- Siempre que se renovara la indicación correspondiente.
El señor AYLWIN (Presidente).- Reitero al señor Senador que eso corresponde al artículo 1º, que ya fue votado integralmente, incluyendo el inciso en que incide la indicación de Su Señoría.
El señor VALENTE.- Además, debería haberse renovado la indicación.
El señor OCHAGAVIA.- ¿Debería haberlo hecho con las firmas reglamentarias?
El señor AYLWIN (Presidente).- Sí, señor Senador, y ya es tarde para ello.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Las modificaciones al artículo 30 que el artículo 2º del proyecto agrega a la ley 17.066 fueron aprobadas por unanimidad, y respecto de ellas no se ha pedido votación.
El señor AYLWIN (Presidente).- Quedan aprobadas.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Las enmiendas al artículo 31 no fueron aprobadas por unanimidad.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- - En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobaría el informe de la Comisión.
Acordado.
El señor GARCIA.- Un momento, señor Presidente.
El señor LORCA.- Deseo tener información acerca de quiénes votaron en contra.
El señor OCHAGAVIA.- Ruego a la Mesa ir con más calma, porque de lo contrario deberemos pedir la lectura de cada disposición.
El señor BALLESTEROS.- Pido la palabra para plantear una cuestión de orden.
¿Por qué en los casos en que no haya habido unanimidad no se menciona a quiénes votaron de una u otra forma? Sería conveniente que la Mesa nos fuera informado al respecto.
El señor GARCIA.- Respecto de las modificaciones al artículo 31, no nos damos cuenta de por qu�� no fueron aprobadas por unanimidad, ya que, en apariencia, se trata de un simple cambio de nombre y de armonización del precepto. Quisiera que la Mesa me informara al respecto, aun cuando está cerrado el debate.
El señor LORCA.- Por lo menos queremos saber quiénes votaron en contra.
El señor VALENTE.- Ya se acordó un método para despachar con rapidez el proyecto.
Conocemos de sobra tanto el primero como el segundo informe, porque fueron muy discutidos en la Comisión, de manera que deberíamos seguir avanzando en la votación de los artículos.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- La Mesa está resolviendo algunas dificultades habidas para saber si las enmiendas fueron aprobadas por unanimidad o no.
El señor FIGUEROA (Secretario).- El Secretario de la Comisión me informa que no fueron aprobadas por unanimidad las modificaciones al artículo 31. Como hay varias indicaciones aprobadas y otras rechazadas, es muy difícil informar si hubo unanimidad o no.
El señor VALENTE.- En el artículo 31 sólo se presentaron dos indicaciones. Una patrocinada por el Presidente de la República para reemplazar en la letra b) la frase "La Superintendencia de Seguridad Social" por la siguiente: "El Ministro del Trabajo y Previsión Social".
La otra indicación tiene por objeto mejorar la redacción, y sustituye al final de la letra c), inciso primero, la palabra "indicar" por "designar".
Lo demás está aprobado prácticamente por unanimidad. Es decir, no ha habido ninguna modificación en el resto de este artículo.
El señor BALLESTEROS.- La única discrepancia de fondo existente en este artículo fue una indicación del Ejecutivo consistente en sustituir la referencia que se hacía a la Superintendencia de Seguridad Social por otra al Ministerio del Trabajo. Esa indicación no fue renovada, de manera que quedó aprobada por la mayoría la frase "La Superintendencia de Seguridad Social". Esa es la única enmienda.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobaría el artículo 31.
Aprobado.
El señor FIGUEROA (Secretario).- En el artículo 32, la modificación consiste en reemplazar la palabra "elegidos" por "reelegidos". Esta enmienda fue aprobada por unanimidad.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Queda aprobada.
El señor FIGUEROA (Secretario).- En el artículo 33 no fue aprobada por unanimidad la supresión, en la letra a), de la frase "o que ésta pueda realizar de acuerdo con las disposiciones legales vigentes".
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En votación.
-(Durante la votación).
El señor GARCIA.- En la Comisión se suscitó un problema de redacción muy simple y no hubo unanimidad al votar. Unicamente queríamos que la administración de la Caja de Previsión de los Comerciantes se ejerciera conforme a las disposiciones legales vigentes, pero estimamos innecesario repetirlo en cada artículo. Desde luego, parecía que quería indicar algo. En el fondo, deseábamos dejar en claro a cuáles disposiciones legales se refería el precepto, si a las anteriores o a las que la ley en proyecto establece.
Para evitar dificultades de redacción se suprimió en todas partes la frase "de acuerdo con las disposiciones legales vigentes", en el entendido, como es lógico, de que todo organismo creado por ley no puede tener otras facultades que las que le otorgan la ley y los reglamentos.
Sobre ese punto fue el debate habido en la Comisión.
Voto favorablemente lo propuesto en el informe.
El señor BALLESTEROS.- En realidad, lo que' acaba de expresar el Honorable señor García se refiere al debate formal; pero también hubo uno de fondo en la Comisión, ya que al hacerse referencia a las disposiciones legales vigentes, se podía entender que decían relación a todo el sistema de previsión social, en circunstancias de que mediante este proyecto se crea un sistema particular que tiene peculiaridades, rasgos distintivos y características que en alguna medida son diferentes de las normas generales. De tal manera que era importante decir que se regirá por las disposiciones de la ley en proyecto y que tendrá las características que aquí se da a su organización, a su dinámica, a sus beneficios.
Para los efectos de la historia de la ley, quiero dejar constancia repito de que fuera de la razón formal hubo una de fondo.
Voto que sí.
-Se aprueba la letra a) del artículo 33 en la forma propuesta por la Comisión.
El señor FIGUEROA (Secretario).- El resto del artículo 33 fue aprobado por unanimidad.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará de acuerdo con la norma de procedimiento general.
El señor OCHAGAVIA.- Deseo formular una pequeña observación sobre la indicación número 29 del Presidente de la República.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- - En votación el resto del artículo 33.
-(Durante la votación).
El señor OCHAGAVIA.- Tan cierto es lo que afirmó el Honorable señor Ballesteros, que el régimen del personal de la Caja de Previsión que ahora se crea es similar al régimen de empleados particulares. Inclusive, si el día da mañana se dictara una ley de reajuste para los personales de las cajas de previsión, no afectaría al de ésta, que pasa a regirse por un sistema distinto. O sea, es perfectamente lógica la aclaración del Honorable señor Ballesteros.
Por las razones que aquí se han dado, voto por que el artículo quede tal como lo propone la Comisión.
El señor OCHAGAVIA.- La indicación número 29 del Primer Mandatario me mueve a hablar sobre este artículo. Mediante ella se quiso agregar al final del artículo 33 un párrafo por el cual se prohibía al Consejo "otorgar gratificaciones o indemnizaciones que no están fijadas por ley y acordar comisiones fuera del país a uno o más de sus miembros." En seguida se agregaba: "No obstante, el Presidente de la República podrá autorizar estas comisiones mediante decretos supremos, pero los consejeros designados por ellos no podrán percibir viáticos durante su desempeño." Naturalmente que rechazamos la idea de que estas comisiones fueran sin viático, ya que en la práctica era dejarlas sin efecto e inoperantes.
Hago esta aclaración para que el Senado conozca los alcances de la indicación del Ejecutivo y la forma como procedió la Comisión.
Voto por el artículo propuesto por la Comisión de Trabajo.
El señor BALLESTEROS.- No repetiré los argumentos del Honorable señor Ochagavía, sino que simplemente voy a agregar que la Comisión acogió en parte la indicación número 29 del Ejecutivo. No se aprobó la limitación referente al otorgamiento de gratificaciones o indemnizaciones al personal, ya que esto era contradictorio con la autonomía del Consejo para fijar las remuneraciones, pero sí se aceptó que el Presidente de la República pueda autorizar, mediante decreto supremo, las comisiones fuera del país, ya que nos pareció que no tenía por qué exceptuarse a este nuevo organismo previsional de una norma que impera en todos los ya existentes.
De acuerdo con los fundamentos que cité repito, se aceptó parte de la idea del Gobierno.
Voto a favor del informe de la Comisión.
El señor VALENTE.- El inciso final del artículo 33, en el primer informe, prohibía conceder donaciones de cualquiera especie.
La indicación del Ejecutivo nada tiene que ver con los imponentes de la nueva caja de previsión, ya que se refiere al personal que servirá en ella.
El Gobierno propuso hacer extensiva dicha prohibición al otorgamiento de gratificaciones o indemnizaciones que no están fijadas por ley y a la designación por el Consejo de uno o más de sus miembros en comisiones fuera del país. El Ejecutivo no perseguía otro fin que el de resguardar los recursos de la institución, con el propósito de que éstos favorezcan a los imponentes, y ordenar en forma definitiva la concesión de beneficios que se otorgan en forma absolutamente indiscriminada a los personales de organizaciones y reparticiones públicas. Sin embargo, la Comisión, por mayoría, no aceptó que el Consejo quedara imposibilitado de acordar el pago, con fondos de la Caja, de gratificaciones o indemnizaciones no autorizadas por ley. A nuestro juicio, esta autorización va en desmedro de los recursos del nuevo instituto previsional, los que deben ser destinados a conceder beneficios a los comerciantes, a los pequeños y medianos industriales y agricultores, a los comerciantes ambulantes, a los transportistas; o sea, a toda persona que tenga la calidad de imponente de esta Caja.
También se rechazó la idea de que las comisiones que se acordaran para el exterior fueran sin cargo a los fondos de la institución, pero se aceptó que el Presidente de la República las autorizara por decreto supremo.
Concordamos con la indicación del Ejecutivo, pero como no ha sido renovada, aprobaremos el artículo despachado por la Comisión.
El señor GARCIA.- Votaré favorablemente la disposición en la misma forma como la aprobó la Comisión.
Quiero hacer un alcance a lo que se acaba de explicar, que no se ha hecho presente.
En este caso no hay posibilidad de mal manejo de los dineros en cuanto a que se den gratificaciones excesivas o viáticos elevados para viajes, porque todos los imponentes de este nuevo instituto previsional tienen derecho a voto a través de sus organismos y podrán fiscalizar su funcionamiento. De manera que es muy difícil, ya que se deben presentar balances y cuentas, que se produzcan abusos que en otras cajas de previsión pueden generarse porque los imponentes no pueden fiscalizar los actos del Consejo.
Esa es la diferencia.
Ahora bien, respecto de los viajes, que es la parte más importante, su autorización queda entregada a un decreto supremo del Presidente de la República, con lo cual se da mayor garantía de buen manejo de los fondos de la Caja de Previsión de los Comerciantes.
Voto que sí.
-Se aprueba el resto del artículo 33 en la forma propuesta por la Comisión.
De acuerdo con la norma de procedimiento general, se aprueban los artículos 34, 35 y 36.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Los artículos 37, 38, 39 y 40 fueron aprobados por unanimidad en la Comisión, y respecto de ellos no se ha pedido votación separada.
El señor OCHAGAVIA.- Pido que se vote el artículo 37.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En votación el artículo 37.
-(Durante la votación).
El señor OCHAGAVIA.- Respecto de este artículo quiero dejar constancia de que el Presidente de la República presentó indicación para que el Vicepresidente Ejecutivo de la Caja fuera designado libremente por el Primer Mandatario, y no como se propuso y aprobó en la Comisión: que éste lo eligiera de una terna confeccionada por el propio Consejo. Al proceder en la forma señalada, reafirmamos y reforzamos la tesis de que sean los propios imponentes quienes administren el organismo previsional, y no queremos que exista una tuición que vaya más allá de la vigilancia de la Superintendencia de Seguridad Social.
Por las razones expuestas, rechazamos la indicación al artículo 37 presentada por el Ejecutivo.
Respecto de las otras indicaciones, la verdad es que son sólo de forma y no tiene objeto que me refiera a ellas.
Reitero que votaremos a favor de lo consignado en el informe de la Comisión, que reafirma nuestra posición en cuanto a que sean los propios imponentes quienes administren su instituto previsional.
Voto a favor del artículo 37.
El señor BALLESTEROS.- Hago presente que la norma establecida en el artículo 37 no es contradictoria con la indicación del Ejecutivo, ya que la Comisión acogió en parte la idea propuesta. En el seno de ella se debatieron dos puntos fundamentales respecto de la designación del Vicepresidente de la Caja. El primero consignaba, para que la autonomía fuera absoluta o total, que el Consejo eligiera libremente al Vicepresidente. El segundo, más extremo, expresaba que el Presidente de la República debía designarlo, y decía relación a la indicación del Gobierno.
La Comisión acogió una fórmula mixta en virtud de la cual el Vicepresidente Ejecutivo deberá ser elegido por el Jefe del Estado ya que se trata de un organismo público de una terna propuesta libremente por el Consejo. Es decir, hace intervenir a la autoridad pública y a los imponentes a través de la terna que el Consejo presentará. Esta nos parece una buena solución que refuerza el principio de la autonomía y no coloca a este organismo al margen de la conducción que el Estado debe ejercer en una materia tan importante.
El señor LORCA.- Como ha dicho el Honorable señor Ballesteros, aprobaremos el artículo 37 en la misma forma como lo hizo la Comisión.
Además, debo expresar que rechazamos la indicación del Ejecutivo porque estimamos que no estaba de acuerdo con la idea pregonada en esta época: la participación real de los trabajadores en la dirección de sus propias instituciones.
Nosotros pensamos que más lógico es que los imponentes de la Caja de Previsión de Comerciantes, que estará integrada por sectores gremiales de distinta naturaleza, elijan a sus representantes y que el Vicepresidente sea designado por el Presidente de la República de una terna que ellos elaboren. Nos pareció que implicaba atropellar el moderno principio de que los trabajadores deben dirigir sus propias instituciones con absoluta autonomía, el hecho de que el Primer Mandatario, por muy respetable que sea su autoridad, designara en forma directa al Vicepresidente de dicho organismo, inclusive corriendo el riesgo de que éste no fuera del agrado de los consejeros.
Por eso, rechazamos la indicación y ahora aprobaremos el artículo.
Deseo formular una observación al margen de ese problema.
Al votar el proyecto confieso que en este momento incurrí en el mismo error estamos hablando de las indicaciones rechazadas en la Comisión y que no se han renovado. No sé si es bueno el procedimiento. Pero me parece que debemos pronunciarnos sobre los artículos aprobados o rechazados y centrar nuestros argumentos en su contenido.
A mi juicio, si seguimos por ese camino, caeremos en un debate estéril, cuyo único valor será recordar cómo procedimos en la respectiva Comisión.
Reitero que cometí ese error, y hago votos por que ningún señor Senador incurra en una actitud semejante.
El señor CARMONA.- Más que fundar el voto, deseo hacer una consulta.
El inciso primero del artículo 37 dice: "El Vicepresidente Ejecutivo será designado por el Presidente de la República de una terna elaborada por el Consejo. En esta terna deberán figurar imponentes de la institución que no sean Consejeros en ejercicio."
No veo qué razón existe para excluir de la terna a los consejeros en ejercicio. Creo que su inclusión posibilitaría que ocuparan ese cargo personas experimentadas.
Por eso, siempre que proceda, sugiero votar separadamente la frase "que no sean Consejeros en ejercicio."
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- No procede, señor Senador, pues el artículo no fue objeto de modificaciones y la Comisión lo acogió. Por lo tanto, está aprobado.
El señor CARMONA.- Se puede dividir la votación.
El señor OCHAGAVIA.- Se puede pedir votación respecto de cualquier artículo.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Pero la solicitud del Honorable señor Carmona no procede, señor Senador.
El señor VALENTE.- Señor Presidente, me parece positiva la norma del inciso primero del artículo 37. Dispone que al vicepresidente ejecutivo lo nombrará el Primer Mandatario de una terna elaborada por el Consejo, en la que deberán figurar imponentes que no sean consejeros en ejercicio.
El señor LORCA.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- No procede, porque se está votando.
El señor VALENTE.- Con el último requisito se pretende evitar que los consejeros en ejercicio se transformen en candidatos a la vicepresidencia de la caja.
Por lo demás, creo que la norma está aprobada, porque reglamentariamente no procede modificación alguna.
-Se aprueba el artículo 37.
De acuerdo con la norma general de procedimiento, se aprueban los artículo 38, 39 y 40.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Los artículos 43 y 44 se aprobaron por unanimidad. No se ha pedido votación respecto de ellos.
El señor SILVA ULLOA.- Hay indicaciones de la Comisión de Hacienda.
El señor FIGUEROA (Secretario).- En cuanto al informe de la Comisión de Trabajo, no se ha pedido votación.
El señor OCHAGAVIA.- Deseo fundar mi voto respecto del artículo 43.
El señor GARCIA.- Pido votar el artículo 44.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En votación el artículo 43.
-(Durante la votación).
El señor OCHAGAVIA.- Señor Presidente, considero de gran importancia destacar que pretendemos que el Ejecutivo posibilite, mediante el veto al artículo 43, la incorporación de los pequeños y medianos agricultores y ganaderos al régimen previsional que se crea.
Su Excelencia el Presidente de la República presentó una indicación bastante amplia que lo facultaba para decidir respecto de la forma, oportunidades y condiciones en que se podrían incorporar a dicho sistema de previsión otros grupos afines. La Comisión no estuvo de acuerdo con esa facultad, que inclusive podría modificar el estatuto jurídico de la caja.
Por eso, a indicación del Senador que habla, preferimos incluir en una norma legal a los pequeños y medianos agricultores y ganaderos en la ley 16.640 se establece que tienen tal calidad los poseedores de predios de menos de 80 hectáreas de riego básicas, para que, de acuerdo con el tipo de propiedad que exploten y sea cual fuere el título a que lo hagan trátese de arrendatarios, medieros o propietarios, puedan acogerse al referido sistema previsional.
Es muy importante que, por la vía del veto, se abra la posibilidad por lo menos, así lo expresó el señor Subsecretario de Previsión Social de que los organismos gremiales del agro, que en estos momentos sostienen conversaciones con el Ejecutivo a través de esa autoridad, se incorporen a dicho sistema previsional.
El veto implicaría incorporar a tal régimen, en la misma forma como el Honorable señor Valenzuela logró que se otorgue el beneficio a los farmacéuticos o químico-farmacéuticos para ello contó con nuestra adhesión, a un sector que en la actualidad no está afiliado a ningún otro sistema.
Pido oficiar en mi nombre al Ejecutivo para que, por la vía del veto, incluya a ese sector del agro en el régimen previsional que se crea.
Voto de acuerdo con el informe de la Comisión.
El señor VALENTE.- El artículo en votación dispone quiénes serán imponentes de la nueva caja de previsión. Ya en la discusión general dijimos que pertenecerían a ella todas las personas inscritas en el Registro Nacional de Comerciantes; los comerciantes de ferias libres en el segundo informe agregamos, para que no quepa la menor duda de que están incluidos, a los comerciantes de mercados, que aparecían como marginados de este beneficio; los comerciantes ambulantes; los estacionados en la vía pública; los pequeños industriales y artesanos, y los transportistas profesionales, determinándose quiénes tienen esta calidad. En el segundo informe también incorporamos, a indicación del Honorable señor Valenzuela, que se aprobó por unanimidad en la Comisión, a los farmacéuticos o químicofarmacéuticos. Además, dejamos abierta la posibilidad para que, en cuanto el Presidente de la República lo resuelva, se integren también a esa caja en calidad de imponentes los pequeños y medianos agricultores.
El Honorable señor Ochagavía pidió oficiar al Gobierno para solicitarle que por la vía del veto incluya directamente a los pequeños y medianos agricultores en dicho régimen previsional. Sin embargo, debo recordar al señor Senador que el propio Subsecretario de Previsión Social, el compañero Laureano León, afirmó en la Comisión que por ese camino se resolvería en definitiva el problema. De manera que estimo innecesaria tal solicitud, tanto más cuanto que ante la Comisión existe el compromiso, contraído por ese Subsecretario, de resolver la situación en forma definitiva.
Estimamos que incluir en el nuevo régimen previsional a los grupos mencionados significa incorporar a la seguridad social a un enorme contingente de trabajadores que hasta el momento estaban marginados de sus beneficios. Así lo han reconocido todos los organismos gremiales que agrupan a esas personas. Y en ese entendido, con participación directa de sus dirigentes, la Comisión acogió por unanimidad su incorporación al nuevo régimen de seguridad social.
Estamos plenamente de acuerdo con el contenido del artículo.
El señor LORCA.- A mi juicio, ésta es una de las normas fundamentales del proyecto, porque establece quiénes tendrán la calidad de imponentes del organismo previsional que se crea.
Es importante, además, porque no sólo adquieren tal carácter los comerciantes y pequeños industriales, gracias a las intervenciones en la Comisión de los señores Senadores miembros de ella: también debido a la constancia con que junto a los Honorables señores Ochagavía, Ballesteros y Valente planteamos al Subsecretario de Previsión Social nuestros anhelos en el sentido de que esto no fuera una facultad del Presidente de la República, sino que se estableciera concretamente en la ley se incluye como imponentes de ese organismo a los pequeños industriales y artesanos.
La iniciativa tiene gran trascendencia, porque en virtud de ella se crea la previsión para los comerciantes de ferias libres y mercados, para los ambulantes y los estacionados en la vía pública.
Recuerdo que siendo Diputado, inclusive cuando tuve el honor de ser Presidente de la Cámara, concurrí a muchos actos realizados en diversos teatros de Santiago, en los cuales esos trabajadores expresaron que su aspiración fundamental era tener previsión. Por ello, me es muy agradable ver que, después de años de lucha de ese sector, se satisfacen sus reivindicaciones mediante esta iniciativa legal.
No hay duda de que los farmacéuticos deben la posibilidad de acogerse al régimen previsional que se crea, a la iniciativa del Honorable señor Valenzuela, quien, sin ser miembro de la Comisión, se preocupó, con una constancia digna de aplauso, de explicar ante ella las razones que justificaban el ingreso de esos profesionales como imponentes del nuevo instituto previsional.
Además, deseo agregar pues las cosas deben decirse con sinceridad que el Honorable señor Ochagavía por pertenecer a una zona de la provincia de Chiloé y conocer, en consecuencia, a los pequeños y medianos agricultores siempre ha sido el paladín en cuanto al planteamiento de la aspiración de los pequeños agricultores del país de contar con previsión.
El señor VALENTE.- ¡Badilla tiene toda la razón!
El señor LORCA.- Digo estas cosas porque no soy envidioso. No sé si el colega Badilla o Su Señoría lo son. Pero no se puede negar ese hecho. Y lo reconozco, así como el señor ¡Senador destacó tan hidalgamente la participación del Honorable señor Valenzuela en la incorporación de los químicofarmacéuticos al nuevo régimen previsional. Ahora existe la posibilidad de concretar la aspiración hecha presente a través de diversos discursos pronunciados a lo largo de muchos años de los pequeños agricultores y ganaderos de tener previsión, lo que sólo será posible si el Primer Mandatario, en quien tenemos plena confianza, aborda el problema por la vía del veto.
El señor RODRIGUEZ.- ¿Se ha preocupado el Honorable señor Hamilton de los pequeños agricultores?
El señor LORCA.- Seguramente. Lo había olvidado; pero en este instante lo voy a recordar.
El señor BALLESTEROS.- Les construyó casas.
El señor LORCA.- Hizo construir casas para todos los pequeños agricultores del país, sobre todo para los de Chiloé. Si no se preocupó de la previsión de ese sector, fue por estar atendiendo su problema habitacional. Pero no me cabe duda de que, si le hubiera sido posible, estaría aquí votando con nosotros, igual que Su Señoría.
Dar la calidad de imponentes a los grupos de personas que hemos mencionado, me parece vital, y es un éxito que se legisle sobre la materia.
Por eso, voto favorablemente.
El señor NOEMI.- Señor Presidente, quiero aprovechar este debate en torno del artículo 43 para agregar algunas ideas.
A lo largo de los años, he tenido oportunidad de conocer muy de cerca la vida de numerosos comerciantes, pequeños y medianos, sobre todo la de aquellos que desarrollan sus actividades en provincias. Se trata de ese tipo de trabajadores que todos hemos visto, desde la madrugada hasta la noche, desarrollando una labor constante en la comunidad, sin gozar de los beneficios de un régimen previsional, y sabiendo que al final de su trayectoria, cuando realizan un análisis de su activo y pasivo, tan sólo les queda el recuerdo de la labor de toda una vida y que muchas veces no se comprende.
Por eso, resulta profundamente satisfactorio ver cómo, gracias a la iniciativa que nos ocupa, todas esas personas podrán contar con un régimen previsional que les permitirá vivir con seguridad los años de su vejez.
Como es evidente, me alegro de que esta iniciativa haya partido de parlamentarios de la Democracia Cristiana, de que posteriormente se haya transformado en un proyecto aprobado por la Cámara y de que, naturalmente, también el Ejecutivo la haya hecho suya, pues todo esto ha permitido perfeccionar una legislación con el apoyo de los parlamentarios de los diversos sectores.
El artículo 43, como se ha dicho, incluye en el Registro Nacional de Comerciantes a los pequeños comerciantes, pequeños industriales y artesanos de Chile, a los socios de sociedades de personas, colectivas o de responsabilidad limitada, inscritas en dicho Registro. Y agrega más adelante, para tener la calidad de imponentes, a los comerciantes de ferias libres y de mercados, a los comerciantes ambulantes, a los comerciantes estacionados en la vía pública, a los pequeños industriales y artesanos y a los transportistas profesionales, etcétera. Y por medio de una indicación de nuestro Honorable colega señor Valenzuela, a los farmacéuticos o químicofarmacéuticos y a los socios de las sociedades de personas dueñas de farmacias o droguerías, etcétera.
Por mi parte, quiero solicitar que se oficie al Presidente de la República con el objeto de que en las observaciones que pueda formular al proyecto se considere a los pequeños mineros, trabajadores que no tienen el carácter de imponentes del Servicio de Seguro Social. Se trata, como los señores Senadores saben, de hombres que trabajan pequeñas minas y que, al igual que los pequeños comerciantes, llegan al final de su vida con la sola satisfacción de saber que han abierto minas y se han dedicado a producir, sin contar con el respaldo o protección de algún régimen previsional.
Los Honorables señores Carmona, Chadwick, Valente y Silva Ulloa conocen a este tipo de trabajadores que son los pequeños mineros y pequeños industriales, quienes, al final de su trayectoria de actividad, padecen las consecuencias de la silicosis y de una situación económica pobrísima, aparte carecer de todo recurso y de una previsión adecuada para mantener a sus respectivos grupos familiares.
Por eso, pienso que sería de absoluta justicia incorporar a los pequeños mineros entre aquellos que tendrán la calidad de imponentes obligados.
Reitero mi petición para oficiar al Ejecutivo, a fin de que en el posible veto que envíe, considere a los pequeños mineros, trabajadores que con tanta justicia deben estar incorporados en este proyecto de ley.
El señor ACUÑA.- Señor Presidente, los Senadores del Partido Radical, junto con dar nuestro voto favorable a este artículo del proyecto en discusión, queremos manifestar la profunda satisfacción que sentimos al ver que se materializa una iniciativa de tan extraordinaria trascendencia como ésta, destinada a otorgar previsión a un sinnúmero de trabajadores independientes que laboran con singular esfuerzo y que, muchas veces, viven en condiciones inferiores a cualquier otro servidor dependiente, por no tener una remuneración mensual estable ni gozar de asignaciones familiares o de algún tipo de beneficio previsional.
Por eso, el artículo 43, que establece cuáles son las personas que podrán acogerse a los beneficios previsionales de la Caja de los Comerciantes como lo dicen los informes, representan una cantidad que oscila entre los 300 mil y los 370 mil imponentes, desglosados en 130 mil comerciantes, 100 mil a 150 mil trabajadores de ferias libres y mercados, 30 mil pequeños industriales y artesanos y 60 mil transportistas, se refiere a una masa de individuos que laboran en nuestra sociedad y que merecen la preocupación de los Poderes Públicos, con el objeto de ver satisfecho un anhelo cuya materialización se ha esperado muchos años.
El Senador que habla, junto con apoyar todas las ideas básicas de este proyecto, destinado a dar previsión social a los grupos humanos mencionados, impulsó, en oportunidades anteriores, diversas indicaciones tendientes a concretar un régimen previsional para los transportistas, que constituyen un grupo aproximado a las 60 mil personas en el país. De ahí que esta mañana nos sintamos felices al ver que se está poniendo término a un proceso legal que involucra extraordinaria significación social y espíritu de justicia y que confirma la idea de que en nuestro país, en nuestra sociedad, no debe haber persona alguna excluida del sistema de la seguridad social. Sólo sobre la base de este principio, es posible pensar que esos trabajadores podrán alcanzar tranquilidad, bienestar y un pasar medianamente decente en la época de sus vidas en que sus energías ya no les permiten seguir laborando.
Participo con mucho agrado también de la tesis planteada por diversos señores parlamentarios ,y que explicó en la Comisión de Trabajo el Subsecretario de Previsión Social, señor Laureano León, en el sentido de dar previsión a los pequeños y medianos agricultores, materia que podría plantearse por la vía del veto. Este conglomerado de trabajadores que prácticamente constituye el 85% de los asalariados independientes de la tierra; que en las provincias del Sur labora en condiciones de extraordinario esfuerzo y sacrificio, y que realiza sus tareas bajo condiciones climáticas inhóspitas y duras, vive toda su vida en el agro para producir, para trabajar. Incluso, muchas veces se encuentra enfrentado a una gran incertidumbre, en razón de los factores climáticos y de otra índole; incertidumbre que, como es lógico, le produce inestabilidad social. En muchas ocasiones, también, se trata de pequeños y medianos agricultores que, como consecuencia de un examen ligero, pueden aparecer como personas poseedoras de un nivel de vida envidiable, en circunstancias de que viven en condiciones más modestas que las que tiene cualquier trabajador de una entidad fiscal o particular.
Por eso, sostenemos de manera categórica que todos los trabajadores a que nos hemos referido deben ser incorporados al sistema de previsión nacional. Y, junto con respaldar integralmente esta inquietud, pedimos que el Ejecutivo, como lo expresó el Subsecretario señor Laureano
León, haga llegar, por la vía del veto, las indicaciones pertinentes para materializar la aspiración de estos miles de chilenos, que tienen justo derecho a la previsión y a la seguridad.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- A continuación, correspondía hacer uso de la palabra al Honorable señor Carmona; pero Su Señoría me ha dicho que no hablará en razón de que sus observaciones se limitarían a repetir los argumentos expuestos por el Honorable señor Noemi.
Tiene la palabra, entonces, el Honorable señor Pablo.
El señor PABLO.- - Señor Presidente, yo también quiero expresar mi satisfacción al ver que este proyecto de ley, que beneficia a un gremio de tanta importancia como el de los comerciantes, puede transformarse en realidad dentro de poco.
En la mañana de hoy he escuchado que se pretende incorporar en los beneficios de esta iniciativa legal a otros grupos de trabajadores independientes, como por ejemplo los pequeños agricultores y, en el caso propuesto por el Honorable señor Noemi, los pequeños mineros, y otros grupos más. Pues bien, pienso que a la postre este proyecto abrirá la posibilidad de incorporar en el régimen previsional de los trabajadores independientes al gremio de los pescadores, constituido por un grupo cercano a los 7 mil hombres a lo largo del país, quienes, desde hace mucho tiempo, están tratando de obtener una previsión. Ellos han pensado que podrían asimilarse a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional; no obstante, tal idea no ha podido materializarse hasta el presente.
Me permito, pues, sugerir la posibilidad de considerar la situación de este grupo humano de vital importancia en las actividades nacionales, integrado por hombres que muchas veces, a temprana edad, y como consecuencia de enfermedades que contraen en las labores que realizan, no pueden ejecutar su trabajo en forma adecuada. Por consiguiente, me parece que ellos debieran ser incorporados a un régimen previsional como el que se crea mediante la iniciativa legal en debate, que ya ha ampliado sus beneficios a distintos grupos.
Reitero la conveniencia de considerar en este sistema previsional al gremio de los pescadores que, como dije antes, suma entre siete mil y diez mil personas a lo largo del país.
Por eso, solicito que se oficie al Presidente de la República, con el objeto de hacerle presente esta situación que he planteado.
Voto que sí.
He concedido una interrupción, señor Presidente.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- No se pueden conceder interrupciones durante la votación, señor Senador.
En cuanto a la petición de oficio que formula Su Señoría, en el momento oportuno se solicitará el acuerdo de la Sala, en conformidad al Reglamento.
El señor PAPIC.- Señor Presidente, yo también quiero manifestar mi satisfacción por el despacho de este proyecto, tendiente a solucionar el problema previsional que afecta a miles de trabajadores.
Quiero dejar constancia, sí, de que nuestra satisfacción será completa si se incluye realmente, como ya se ha expuesto aquí, a un sector tan importante como el de los pequeños y medianos agricultores, hombres que con gran sacrificio trabajan la tierra para hacerla producir y resolver el más grave problema que tiene Chile: la falta de alimentos.
Quiero también en esto se me adelantó el Honorable señor Pablo expresar mi anhelo de que se incorpore a esta legislación a los pescadores, quienes en la actualidad pueden acogerse, en el carácter de trabajadores independientes, al sistema previsional del Servicio de Seguro Social.
Por eso, deseo solicitar que en el oficio pedido por el Honorable señor Pablo se haga presente la conveniencia de que participen de los beneficios de este régimen de previsión los pescadores que son propietarios de botes, con lo cual se solucionaría un problema que afecta a miles de trabajadores chilenos, como ha dicho el Honorable señor Pablo.
Adhiero, pues, a esa petición de oficio al Presidente de la República, del mismo modo que a la formulada por el Honorable señor Ochagavía, a fin de que por motivo alguno puedan quedar marginados de esta legislación sectores tan importantes dentro del proceso productivo nacional como son los pequeños agricultores y los pescadores.
El señor VALENZUELA.- Señor Presidente, al fundar mi voto en el artículo 43, quiero agradecer la referencia que Senadores de distintos partidos han hecho con relación a la iniciativa que tuve para que los farmacéuticos y químicofarmacéuticos colegas de profesión y los socios de sociedades de personas que sean dueños de farmacias o droguerías, puedan integrar esta sistema previsional de los comerciantes.
Brevemente, quiero destacar que los profesionales mencionados están al margen de toda seguridad social, no han tenido hasta ahora la posibilidad de que se los considere en disposición alguna de orden previsional y, por lo tanto, se encuentran en una situación extraordinariamente difícil.
Además, quiero hacer presente que por disposición del Código Sanitario los propietarios de los establecimientos químicofarmacéuticos, especialmente las farmacias particulares, deben ser estos profesionales, o bien sociedades de personas en las que uno de los socios debe tener el título de químico farmacéutico. Por esta razón se ha considerado la situación de dichos profesionales.
Personalmente, veo con mucho agrado el precepto que ahora nos ocupa, porque resuelve el problema de mucha gente que está excluida de la previsión chilena.
El señor BALLESTEROS.- No deseo insistir en el tipo de observaciones que han formulado mis Honorables colegas, sino, simplemente, hacer presente un detalle de técnica legislativa.
La letra f) de este artículo incluye a los farmacéuticos y químicofarmacéuticos entre quienes tendrán la calidad de imponentes obligados. Pero en el inciso que sigue, se prescribe que "las personas a que se refiere el inciso anterior deberán pertenecer al Rol Nacional de Comerciantes de Ferias Libres, Ambulantes y Estacionados de Chile o al Registro Nacional del Transportista Profesional, y a un sindicato o a una organización gremial que reúna los requisitos que establezca el reglamento de la presente ley."
Sucede que esta norma se estableció1 cuando aún no existía la letra f), es decir, concordaba con la letra e). Resulta absur: do exigir a los químicofarmacéuticos pertenecer a sindicatos u organizaciones sindicales de transportistas, de comerciantes ambulantes, etcétera.
Hago presente esta observación de técnica legislativa a fin de ver la posibilidad de que la Mesa pueda reparar esta incongruencia.
En segundo lugar, también muy brevemente, quiero destacar que, además de las medidas que aquí se han expuesto, esta disposición contiene una norma de extraordinaria importancia y gravedad, cual es la que obliga a los tesoreros comunales o municipales, o a los funcionarios que hayan tenido a su cargo la renovación de las patentes o permisos municipales, a exigir los documentos que acrediten las inscripciones vigentes en el respectivo registro o rol, o la excepción de esta obligación, en su defecto. Esto lo dispone el inciso cuarto del artículo que discutimos. Lo destaco porque ninguno de los señores Senadores se ha referido a este hecho. Lo considero importante porque puede significar que en lo futuro quienes no pertenezcan a estas organizaciones queden imposibilitados de obtener patentes comerciales. Esto, en el hecho, significa no poder ejercer el comercio respectivo. Si bien este precepto pretende reforzar las organizaciones gremiales, podría, en determinadas circunstancias y esto es lo que deseo prevenir al fundar mi voto, prestarse para atentar contra el principio de orden constitucional que asegura el libre ejercicio del comercio a todos los ciudadanos de la República. Espero que ello no suceda. Soy partidario de robustecer las organizaciones gremiales, pero, al mismo tiempo, hago presente mi concepto de que ellas no pueden, en caso alguno, impedir arbitrariamente el ejercicio de las prerrogativas y derechos que nuestra Constitución Política otorga a todos los ciudadanos de la República para ejercer determinadas facultades.
El señor GARCIA.- Creo que no es tan simple la solución del problema mencionado por el Honorable señor Ballesteros. Tal vez, a través de un acuerdo unánime del Senado, podríamos modificar el artículo.
Una de las obligaciones que establece este proyecto de ley es que los imponentes pertenezcan al Rol Nacional de Comerciantes de Ferias Libres, Ambulantes, etcétera. Pero, por la ubicación en que se halla el precepto que menciono, ni los comerciantes de ferias libres, ni los estacionados, ni los pequeños industriales y artesanos, ni los transportistas, tendrán la obligación de pertenecer a los roles respectivos. Lo correcto sería ubicar este inciso a continuación de la letra e), y redactar de otra manera la letra f), para hacerla concordar con aquella disposición en los términos señalados por el Honorable señor Ballesteros.
No sé si sería posible facultar a la Mesa para que proceda a modificar los dos preceptos tomando en consideración el espíritu que todos tenemos. De ese modo nos evitaríamos tener que redactarlo en estos momentos.
El señor PABLO.- ¿Me permite, señor Presidente, con la venia de la Sala? Ya había fundado mi voto, pero deseo insistir en un aspecto importante.
El inciso primero del artículo 47 comienza con las expresiones "tendrán la calidad de imponentes..." y, en seguida, incluye las letras a), b), c), d), e) y f). Todas estas letras forman parte del inciso primero. Lo destaco porque el Honorable señor García afirma que la letra f) constituiría un inciso aparte.
El señor GARCIA.- Señalé que la letra f) obliga a los farmacéuticos y químicofarmacéuticos a inscribirse previamente en el Registro Nacional de Comerciantes, Pequeños Industriales y Artesanos, para los efectos de la aplicación de la ley. Pero, además, el inciso que sigue a dicha letra los obliga a pertenecer al Rol Nacional de Comerciantes.
El señor BALLESTEROS.- Hay una contradicción evidente, que la Mesa puede obviar si la facultamos para proceder a las enmiendas del caso.
El señor SILVA ULLOA.- No había querido intervenir en la discusión de este proyecto, para permitir su pronto despacho.
Compartimos la idea central de otorgar previsión a todos los trabajadores que no la tienen. Hemos observado que, a pesar de la diligencia puesta en el despacho de esta iniciativa, ella contiene numerosos errores que deberán resolverse por la vía de la observación. Así, por ejemplo, en ella se establece que los funcionarios de la caja de previsión que se crea tendrán la calidad de empleados particulares, o sea, no serán imponentes del instituto previsional en que laboren.
El señor GARCIA.- Exactamente; pero ello se estableció ex profeso.
El señor SILVA ULLOA.- Esto no puede ser.
El inciso que sigue a la letra f) del inciso primero señala:
"Las personas a que se refiere el inciso anterior deberán pertenecer al Rol Nacional de Comerciantes de Ferias Libres, Ambulantes y Estacionados de Chile o al
Registro Nacional del Transportista Profesional, respectivamente, y a un sindicato...."
El señor BALLESTEROS.- "Y a un sindicato". Es un requisito copulativo.
El señor SILVA ULLOA.- La conjunción debiera ser disyuntiva: "o a un sindicato u organización gremial". Así quedaría resuelto el problema, pues los farmacéuticos y químicofarmacéuticos pertenecen al Colegio respectivo.
El señor BALLESTEROS.- La idea inicial lamento que el Honorable señor Silva Ulloa no participara en el debate en la Comisión era, en los casos señalados desde la letra a) a la e), establecer dos requisitos copulativos: inscripción en el registro correspondiente y afiliación a un sindicato. Si empleamos la conjunción disyuntiva "o", hacemos desaparecer la exigencia copulativa y no solucionamos el problema. Insisto en que la única manera de obviarlo es facultar a la Mesa para hacer las enmiendas del caso, señalando que las personas a que se refieren las letras a), b), c), d) y e) deberán pertenecer al Rol Nacional de Comerciantes. Con la letra f) no hay problema, pues en ella se hacen las especificaciones del caso en cuanto a los requisitos. El asunto es simplísimo.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que la Mesa proceda a efectuar las enmiendas señaladas.
Acordado.
El señor PABLO.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Su Señoría ya hizo uso de la palabra.
El señor PABLO.- Sólo deseo formular una indicación, si la Sala me lo permite.
En la parte final del artículo 43 se faculta al Presidente de la República para incorporar a los pequeños y medianos agricultores al régimen de previsión que aquí se establece. Creo que hay unanimidad para incluir a otros dos gremios: a los pequeños mineros y a los pescadores.
Tal vez sería posible facultar también a la Mesa para proceder en este sentido.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Me informa el señor Secretario que ello no procede ni aun por acuerdo unánime.
El señor PABLO.- ¿Por qué no, si siempre se ha actuado así?
El señor FIGUEROA (Secretario).- En el caso anterior se autorizó para efectuar las correcciones por acuerdo unánime, porque la contradicción resultaba evidente. Pero lo que propone Su Señoría es una idea nueva que no puede plantearse a estas alturas de la tramitación del proyecto.
El señor AGUIRRE DOOLAN.- Si bien en representación de las bancas radicales ya el Honorable señor Acuña expresó nuestra inquietud y anhelo de aprobar este proyecto de trascendental importancia, deseo sumarme a las observaciones planteadas por otros señores Senadores con posterioridad a su intervención.
El Honorable señor Acuña, al finalizar sus palabras, se refirió a la necesidad de satisfacer las aspiraciones de los pequeños y medianos agricultores en cuanto a incorporarse al régimen de previsión social. Posteriormente, los Honorables señores Pablo y Noemi manifestaron la absoluta justicia de proceder en igual forma con los pescadores y los pequeños mineros. Estoy seguro de que el Presidente de la República, a través del veto, incluirá a estos sectores en el beneficio.
Me impuse por la prensa de que en entrevista del Jefe del Estado con los representantes gremiales de los pequeños y medianos agricultores a propósito de este problema, Su Excelencia manifestó su conformidad con el planteamiento de ellos. Por eso, considero que está de más facultar al Presidente de la República para que los incluya en este régimen previsional, ya que ha manifestado su deseo de proceder en esos términos, a fin de solucionar el problema de gente que sufre las consecuencias de una extremada pobreza en estos momentos y que carece absolutamente de protección previsional.
Conozco personalmente la situación del gremio de los pequeños agricultores del país, pues durante 20 años pertenecí a una institución que hizo una labor señera en cuanto a su progreso: la Caja de Crédito Agrario, en cuya dirección tuve oportunidad de participar durante los últimos años en que pertenecí a ese instituto. En esa época se realizaron interesantes campañas. Muchas veces se dice que los Gobiernos populares provocan disminución de la producción. Por eso, en esta oportunidad deseo recordar que en 1940 no sólo hubo una producción de trigo más que suficiente para subvenir las necesidades internas, sino también como para exportar al Perú 50 mil quintales de trigo por intermedio de la Junta de Exportación Agrícola, que en ese tiempo desempeñaba las funciones que ahora cumple ECA. Posteriormente, la Caja de Crédito Agrario, la Caja Nacional de Ahorro, el Instituto de Crédito Industrial y la Caja de Crédito Hipotecario se fusionaron en una sola institución, que ahora se denomina Banco del Estado de Chile.
El señor GARCIA.- Todos estamos de acuerdo en que había una buena dirección en ese tiempo, Honorable colega.
El señor AGUIRRE DOOLAN.- Muchas gracias por su aclaración, señor Senador.
Considero necesario que los pequeños y medianos agricultores tengan previsión social. En estos instantes dichos sectores están al margen de los beneficios de la seguridad social, que se procura hacer extensiva a toda la población.
Por eso, me sumo a las expresiones del Honorable señor Acuña, quien ya planteó las inquietudes de los Senadores de estas bancas, y también a las de quienes propusieron la inclusión de los pescadores en este proyecto, cuya labor conozco perfectamente por representar a una provincia donde la actividad pesquera es muy importante. Del mismo modo, participo de la idea de incluir a los pequeños mineros.
El señor CHADWICK. Adhiero a la petición del Honorable señor Noemi, y le agradezco que me haya considerado entre los Senadores a los cuales supone interesados en incluir a los pequeños mineros y a los pirquineros en el régimen de previsión, porque me ha interpretado muy bien. Pienso que quienes realizan esa actividad tienen también legítimo derecho a participar de este régimen de previsión.
Sin embargo, mantengo mis reservas sobre la suerte del proyecto, porque creo que él complica las cosas un poco más de lo que lo estaban antes, por crear una nueva institución previsional y por establecer regímenes de excepción que en más de una materia son absolutamente inadmisibles; por ejemplo, cuando otorgan pensiones y derechos reajustables, en circunstancias de que la inmensa mayoría de los imponentes del sistema previsional chileno no tiene tal reajustabilidad. Yo me hago la reflexión más elemental. Pienso, por ejemplo, que los empleados particulares no tienen ningún sistema de reajuste que defienda el valor de sus imposiciones. Y aquí daremos a un grupo aislado este reajuste.
Además, la iniciativa padece de un defecto muy grande, que no es otro que la imposibilidad de realizar un cálculo actuarial. Me he preguntado cómo los autores de la iniciativa pueden responder de que realmente esté financiado el beneficio que ofrecen. Cuando se habla de sueldo vital o de fracción de sueldo vital, debe pensarse en que debido al proceso inflacionario es imposible calcular lo que será el beneficio de aquí a 20 ó 30 años, porque no hay antecedentes que permitan hacer esa estimación.
Por lo tanto, mantengo mis reservas acerca de la suerte del proyecto, pero votaré favorablemente el artículo 43, incluyendo a los pequeños mineros, según la iniciativa del Senador Noemi, la que deseo corregir, porque cuando se habla de pequeños mineros se hace una referencia técnica que cuidadosamente debe usarse, que no corresponde tal vez a la idea general o vulgar que podría insinuarse con estas palabras. El pirquinero no es exactamente un pequeño minero. Este es, en el fondo, un empresario. En cambio, el pirquinero es un trabajador humilde que hace un pacto con el concesionario de un yacimiento, en virtud del cual participa del mineral del titular de la pertenencia. Entonces, hablemos de pirquineros y de pequeños mineros, dentro de una concepción más amplia que abarque mejor la idea que seguramente tuvo el Honorable señor Noemi.
Termino ratificando que votaré favorablemente el artículo 43, con las reservas dichas y pidiendo, además, que se dirija el oficio solicitado por el Honorable señor Noemi, a fin de que el Ejecutivo, en las observaciones o vetos que formule a esta iniciativa de ley, incluya en este artículo, como a los pequeños agricultores, a los pequeños mineros y a los pirquineros.
-Se aprueba el artículo.
El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Trabajo aprobó, por unanimidad, el artículo 44, pero la de Hacienda lo modificó. En torno de él hubo diversas votaciones y votos en contra por parte de los Honorables señores Bossay y Silva Ulloa.
El señor FERRANDO (Vicepresidente) .En votación.
-(Durante la votación).
El señor VALENTE.- Antes de referirme concretamente al artículo 44, debo recordar lo que el compañero Subsecretario de Previsión Social planteó reiteradamente en la Comisión de Trabajo, en el sentido de incorporar a todos aquellos trabajadores independientes que aún carecen de previsión al proyecto que no sé si se envió ya a la Cámara de Diputados o está por enviarse. En él se incluye precisamente a los pirquineros, a los mineros independientes, a los pescadores artesanales y a las dueñas de casa. Se había insinuado también la inclusión de los cocheros y otros trabajadores independientes.
El Subsecretario informó que la iniciativa se hallaba afinada y la habían aprobado la comisión técnica y el propio Presidente de la República, de modo que estaba en condiciones de enviarse al conocimiento de la Cámara de Diputados para resolver el problema de los sectores carentes de previsión. De todas maneras, concuerdo con la petición de oficiar al Primer Mandatario, a fin de que, por la vía del veto, incorpore a tales grupos. En todo caso, cumplo con informar al Senado que el propósito del Gobierno es no excluir a nadie de la previsión social.
La Comisión de Trabajo aprobó todos los rubros de financiamiento planteados en el artículo 44. Lamentablemente, la de Hacienda modificó tres partidas. En primer lugar, la letra d), referente al financiamiento de la caja de previsión con el monto de las multas y sanciones que la Dirección de Industria y Comercio aplique a los contribuyentes de esta ley. Estimábamos una buena norma que esas multas pagadas por los comerciantes se incorporaran al fondo social, a fin de dar los beneficios de la ley con cargo a los recursos obtenidos por tal concepto. En segundo término, la letra g), que disponía que los excedentes no cobrados de los recursos destinados al pago de premios de los sorteos de boletas del impuesto a las compraventas también incrementarían dicho fondo. Por último, la letra h), que planteaba dos aspectos: primero, proporcionar mayores recursos a la caja de previsión y, en seguida, resolver el problema de las personas que, teniendo patente de alcoholes, no pudieron cancelarlas en el plazo fijado por la ley, motivo por el cual caducaron. Esta letra establecía una autorización para que las municipalidades pudiesen renovarlas otorgando un plazo para su pago y dando carácter permanente al procedimiento. Los valores percibidos por este concepto o los que se pagaren en lo futuro, incrementarían el fondo de previsión social. La Comisión de Hacienda estimó que no era conveniente recurrir a esa clase de financiamiento y recordó que los sectores gremiales interesados se comprometieron a financiar su previsión con recursos propios que no significasen disminución de los ingresos fiscales.
En estas circunstancias, y como no se han renovado las indicaciones no lo fueron por estimarse justa la posición de la Comisión de Hacienda, votaremos favorablemente el artículo 44 con las enmiendas de dicha Comisión.
El señor GARCIA.- Estamos en presencia del artículo verdaderamente importante, porque repartir beneficios y otorgar previsión a todas las personas no merece discusión, pues todos estamos de acuerdo en ello. Aquí se verá en qué forma lo haremos. De esta materia trata el artículo 44.
Siempre sostuve que debe establecerse un sistema de fondos de reparto. Es decir, lo que se recibe de los activos, por un lado, se entrega a los pasivos, por otro. De esa manera, puede haber reajuste permanente y en moneda dura, porque en esta moneda se hace la imposición. Tantos sueldos vitales de imposiciones, tantos sueldos vitales de previsión o de jubilación. Hasta aquí el problema está perfectamente claro.
Mi prevención sobre este proyecto radica en que, además, como complemento, al principio se formaría un capital, el cual contribuiría al pago de las pensiones. A mi juicio, constituye optimismo absoluto creer que en la actualidad es posible reunir en el país un capital equivalente a diez veces el del Banco de Chile y que producirá utilidades. Tal como está la situación interna, ¿en qué se invertirá el dinero? A menos que quienes patrocinaron esta ley tengan fe en que la situación económica actual mejorará y en que nos desenvolveremos por cauces normales.
Mi idea era que al principio la imposición fuera pequeña, porque pequeño iba a ser el pago de beneficios y pensiones. Y a medida que fueran aumentando los beneficios con la llegada de mayor cantidad de imponentes, se lograría lo previsto por el Registro de Comerciantes, en cuanto a que la proporción fuera de ocho a uno: ocho activos para mantener a un pasivo.
Esta situación se refería sólo a los comerciantes, pero con posterioridad se agregó a numerosas personas. A los 100 mil comerciantes se sumaron 200 mil personas más. En realidad, todavía no se sabe con precisión cuántas son, pues no hay cálculos actuariales al respecto. De modo que con gran placer aprobaremos todos los gastos, desconociendo la cantidad que será necesaria para financiar el proyecto después de incorporar a los nuevos grupos.
Frente a una aspiración tan sentida de los comerciantes de contar con previsión, ya que inclusive han manifestado que prefieren tener una mala previsión que no tener ninguna, pues aquélla puede corregirse, ateniéndome al mismo criterio sostengo que es muy plausible incluir más imponentes, pues más adelante veremos la manera de corregir las deficiencias que puedan presentarse y que no se presentaban a los comerciantes.
En la Comisión de Hacienda se eliminaron del financiamiento dos fuentes muy importantes: la de los excedentes de los sorteos de las boletas de compraventa, que es un fondo estatal que ha quedado muy reducido y la de las patentes de alcoholes.
Respecto de estos puntos, hay una idea general. Los comerciantes no desean recibir ayuda fiscal, porque no quieren que el Estado los administre. Ellos estiman preferible obtener sus propios recursos, porque de esa manera dan a entender al Estado que puede fiscalizarlos, como entidad de previsión, pero no puede "intervenir en el manejo de su caja de previsión. Entonces, están a las duras y a las maduras.
Además, la Comisión de Hacienda consideró prudente no inmiscuirse en la ley de Alcoholes, porque significaba ampliar las patentes respectivas y se entraba en un terreno completamente distinto, por existir proyectos destinados a limitar las patentes de alcoholes y a combatir el alcoholismo en Chile.
Finalmente, el problema más complejo que se produjo en la Comisión de Hacienda fue el referente a la disposición que establece una cotización mensual equivalente a 3% para otorgar los beneficios del Servicio Médico Nacional a los imponentes de esta caja. Con mucha razón, el Honorable señor Silva Ulloa, quien seguramente intervendrá para referirse a esta materia, manifestó que el mismo número de médicos prestaría atención a mayor cantidad de personas. Por mi parte, expresé y en esto me anticipo a la objeción que seguramente se formulará que en la actualidad los comerciantes deben encontrar la manera de disponer de un servicio médico, porque también son chilenos, igual que todos los demás. Lo lógico es que los médicos de Chile atiendan a todos los enfermos del país, sin considerar si uno es empleado, si trabaja en las ferias libres, si es comerciante o agricultor, porque lo natural repito es que la medicina esté al alcance de todos, por un sistema o por otro, sin exclusión alguna.
Esa es la razón por la cual mantuvimos el 3% adicional de imposición para permitir que el SERMENA pueda ampliar sus servicios y atender a los comerciantes.
El señor SILVA ULLOA.- El artículo 44, como ha explicado el Honorable señor García, se refiere al financiamiento.
Siguiendo la filosofía del proyecto, según la cual el Gobierno prácticamente no tiene nada más que la fiscalización, pero no intervención en el manejo de la caja, el financiamiento debe ser consecuente. Así lo estimó la Comisión de Hacienda al rechazar las letras g) y h). Sin embargo, se ha mantenido la letra d), que no condice con lo que ha expresado el Honorable señor García, porque ella se refiere "al monto de las multas y sanciones que la Dirección de Industria y Comercio aplique a los contribuyentes imponentes de esta ley". Se trata, por lo tanto, de un ingreso fiscal, y si ahora se destina a financiar la previsión de los comerciantes, el Fisco estará contribuyendo al sostenimiento de este régimen de previsión. Por esto, junto con el Honorable señor Bossay he votado en contra de esta letra. Pido, en consecuencia, votarla separadamente.
Hay en este artículo otro aspecto que no está claro, y no sé cómo procederá la Mesa al ponerlo en votación. En el informe de la Comisión de Hacienda se propone que la segunda parte de la letra b) pase a formar parte del inciso segundo del artículo 60, pero no queda en esa forma el precepto.
A propósito de esa letra, quiero decir que la medicina socializada se basa en la idea de centralizar los servicios de Salud, porque, como todos sabemos, en Chile hay déficit de médicos, problema que no puede resolverse en un año ni en dos, sino quizás a largo plazo. Sin embargo, se faculta a la nueva caja para usar todos los sistemas de la ley de Medicina Curativa, y para ello se establece una cotización equivalente al 3% del sueldo patronal. En seguida, se la autoriza para crear, cuando ella quiera, su propio departamento médico.
Este sistema me parece inconveniente, y por eso me pronuncié negativamente respecto de la disposición.
No sé en qué oportunidad se votará la letra d), si a propósito de este artículo 44 ó del artículo 60. En todo caso, pido votarla separadamente.
El señor BALLESTEROS.- Señor Presidente, estamos en presencia del artículo medular de la iniciativa, por cuanto en él se consagran los recursos con que se habrán de solventar los beneficios que se establecen en el resto del articulado.
Quiero hacer presente, en primer término, que estas partidas de recursos fueron aprobadas por unanimidad en la Comisión de Trabajo; es decir, contaron con los votos tanto de los sectores de Gobierno como de los de Oposición. La discrepancia respecto de algunos de estos rubros se produjo en la Comisión de Hacienda, como me apunta el Honorable señor Silva Ulloa, que es la Comisión técnica en la materia, aun cuando algunos Senadores, sin considerarnos técnicos, participamos en ambas. El caso es que tales recursos fueron aprobados unánimemente, y muchos de ellos, a proposición de personeros de Gobierno. Así ocurrió, concretamente, en indicaciones del Honorable señor Valente, por las que el señor Senador entregaba generosamente recursos pertenecientes al Estado para solventar la previsión de los comerciantes. Naturalmente, nosotros concurrimos en esa idea por estimar que la actitud del Honorable colega traducía en forma implícita el interés del propio Ejecutivo. Con cierta sorpresa nos percatamos en la Comisión de Hacienda de que no era así, ya que concurrieron funcionarios de Gobierno, no sólo para manifestar su sorpresa, sino su indignación porque algunas de esas partidas figurasen en el financiamiento.
Posiblemente por inadvertencia, el Hor norable señor Valente dijo que la letra d) había sido rechazada.
El señor VALENTE.- En la Comisión de Hacienda.
El señor BALLESTEROS.- En la Comisión de Hacienda fue aprobada.
El señor SILVA ULLOA.- Por tres votos contra dos.
El señor BALLESTEROS.- Exactamente. En esto, rectifico la afirmación de hace un instante del Honorable señor Valente, que se debe seguramente a una inadvertencia.
El señor VALENTE.- Conforme.
El señor BALLESTEROS.- Lo que sí se rechazó fueron las letras g) y h) ; la primera de ellas, porque se refiere a los excedentes de la cuenta "Sorteo Boletas de Compraventa", y estos recursos tienen ya destinación. Y, consecuentes con el principio tantas veces señalado, de solventar los beneficios previsionales con recursos propios, provenientes de las respectivas actividades, consideramos inoportuna la indicación del Honorable señor Valente, y la Comisión de Hacienda la rechazó por unanimidad. Lo mismo ocurrió respecto de la letra h), que consigna un financiamiento con recursos provenientes de la renovación de patentes impagas de alcoholes. Procedió de este modo conforme al principio ya señalado, y, además, porque ello desfinanciaría a los municipios, a los cuales ninguno de los miembros de la Comisión quería perjudicar. De ahí que se rechazara la primera parte de la letra h). Como consecuencia de ese rechazo, hubo que suprimir también el inciso final de la misma letra, que ya no tenía razón de ser, por tratarse de una norma permanente que permitía a los interesados que estuvieran atrasados en el pago de patentes de alcoholes impetrar, dentro del plazo de ciento veinte días, el beneficio que otorgaba el primer inciso, pagando un recargo del 50% del valor de la patente. Desaparecía la letra h) y, evidentemente, como consecuencia, debía desaparecer también el inciso final agregado por indicación del Honorable señor Valente.
Quiero referirme también al problema de la atención médica. En la letra b) se establece una cotización mensual de 3% del sueldo patronal previsional para otorgar los beneficios del artículo 60. Y el inciso 2º que agregó la Comisión de Trabajo en su segundo informe facultaba al Consejo para desligarse del Servicio Médico Nacional de Empleados, y crear su propio departamento médico. Me permití diferir de esa idea por estimar que el Servicio Médico de tipo asistencial debe ser un sistema integrado. Ese fue el motivo por el cual se rechazó esa idea y se dejó por lo tanto, a los imponentes de la Caja, sujetos al régimen general de todos los empleados. No se ha querido introducir, en esta materia, una discriminación, ni a favor ni en contra de los imponentes de que se trata.
Por último, deseo referirme a una observación que formuló de paso el Honorable señor Chadwick respecto de las características del proyecto, y fundamentalmente acerca de su financiamiento. En verdad, el proyecto fue concebido inicialmente para dar previsión a cien mil comerciantes. Según los cálculos actuariales, se dispondría de recursos bastante ajustados para financiar perfecta y adecuadamente los beneficios previstos para ese sector. Posteriormente, en el desarrollo del debate, se incorporaron doscientos mil nuevos imponentes: transportistas, ambulantes y otros. Sobre el particular no hay un cálculo actuarial actualizado. De todas maneras, se estima que con el sistema de cotizaciones y aportes previstos, el proyecto quedará financiado. De no ser así, el Ejecutivo deberá hacer los estudios pertinentes para corregir esta situación por medio del veto.
Esto era lo que quería expresar, en los cinco minutos que me correspondían, acerca del artículo que financia el proyecto.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Puede fundar su voto el Honorable señor Ochagavía.
El señor OCHAGAVIA.- Después del debate que ha escuchado la Sala es muy poco lo que se puede agregar.
Sin embargo, debe destacarse que el costo de esta previsión es sumamente bajo, y sorprende a algunos señores Senadores es el caso del Honorable señor Chadwick, con relación a los servicios que se pretende entregar. Por mi parte, al margen de las expresiones del Honorable señor García referentes a la economía general del país, pienso que si gente de la capacidad empresarial de estos sectores puede administrar tales recursos, también podrá otorgar los servicios señalados.
También quiero manifestar que la teoría a que se atuvo la Comisión de Hacienda es la que los beneficiarios de la ley en debate pidieron aplicar: ellos quieren ser los propios financiadores de sus servicios de seguridad social. Y aquí cabe hacer una pequeña rectificación a lo dicho por el Honorable señor Ballesteros. Cuando contestó al Honorable señor Silva Ulloa, dijo el señor Senador que las partidas sobre financiamiento se aprobaron en forma unánime. Efectivamente fue así. Incluso el Senador de Gobierno, Honorable señor Valente, formuló algunas de esas indicaciones; pero en el caso concreto de la letra d), la que se refiere a las multas y sanciones que la Dirección de Industria y Comercio aplique a los contribuyentes imponentes, el Senador que habla la rechazó. Y consulté expresamente a los representantes de los gremios. ..
El señor BALLESTEROS.- Entonces, hay un error en el informe. En la página 2 se dice que fue aprobada por unanimidad.
El señor OCHAGAVIA.- Pero en la página 14 se dice que yo fui contrario a esa letra.
No tiene importancia cómo haya votado el Senador que habla. Lo que quiero explicar es lo siguiente: que pregunté expresamente a los representantes gremiales presentes en la Comisión qué opinaban sobre esa letra, y ellos en forma explícita dijeron no estar de acuerdo con esa fuente de financiamiento y que la rechazaban.
El señor VALENTE.- Depende de qué gremios se trate.
El señor OCHAGAVIA.- La verdad, Honorable colega, es que la Comisión de Trabajo actuó de manera que considero útil destacar: la más democrática que he visto en la discusión de un proyecto de ley, pues ahí estaban los representantes de todos los gremios que tenían interés en esta materia.
El señor BALLESTEROS.- Estuvieron presentes en la discusión de cada uno de los artículos.
El señor OCHAGAVIA.- Así es, y lo digo como homenaje al Presidente de la Comisión, el Honorable señor Ballesteros, y a todos sus miembros. Los representantes de todos los gremios interesados estuvieron presentes durante el debate de todos y cada uno de los artículos, en la discusión de todos los informes. Lo señalo para que no se crea que no se escuchó a todos.
El señor VALENTE.- Su Señoría consultó al gremio que estaba en desacuerdo con esa letra; pero otros estaban de acuerdo.
El señor OCHAGAVIA.- No sé cuál es mi gremio y cuál el suyo, señor Senador. Creo que el problema no puede plantearse de esa manera. El Honorable señor Valente ha adoptado posiciones que han parecido simpáticas a los representantes, gremiales y que, sin embargo, discordaban con el pensamiento que el Gobierno nos manifestó. Y lo digo, Honorable colega, porque en esto hay que ser consecuente.
Pido votar separadamente la letra d). E insisto en que los gremios que al respecto hablaron en la Comisión pidieron rechazarla. La votaré como lo hice en la Comisión de Trabajo: negativamente.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Se suspende la sesión hasta las tres.
Se suspendió a las 13.23. Se reanudó a las 15.3.
El señor AYLWIN (Presidente).- Continúa la sesión.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde votar el artículo 44.
Respecto de la letra a), la Comisión de Hacienda recomienda por unanimidad reemplazar la forma verbal "hubieren" por "hubiere". La de Trabajo aprobó por unanimidad esta letra.
El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará la enmienda propuesta por la Comisión de Hacienda.
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).- En cuanto a la letra b), la Comisión de Trabajo propone por unanimidad sustituir el punto y coma por un punto seguido y agregar lo siguiente:
"No obstante, el Consejo Directivo de la Caja podrá, en la oportunidad en que lo estime conveniente, crear su propio Departamento Médico que prestará la asistencia médica y dental a sus imponentes activos y pensionados en las mismas condiciones y forma que establece la ley número 16.781. En tal caso, toda obligación que corresponde al Servicio Médico Nacional de Empleados en conformidad a la citada ley, deberá entenderse referida al Departamento Médico de la Caja;".
Esta letra fue aprobada por tres votos contra dos en la Comisión de Hacienda.
El señor AYLWIN (Presidente).- En votación.
-(Durante la votación).
El señor VALENTE.- Se trata sólo de una cuestión de ordenamiento.
Como el artículo 44 tiene que ver exclusivamente con el financiamiento, más bien correspondería incluir el inciso segundo de la letra b) como inciso segundo del artículo 60, que consigna la posibilidad de incorporar a los imponentes de la nueva caja al régimen de la ley 16.781.
En lo demás, creo que no tiene mayor importancia la enmienda.
El señor AYLWIN (Presidente).- Es decir, no habría desacuerdo en cuanto al contenido de la letra, sino respecto de su ubicación.
El señor SILVA ULLOA.- En lo referente al contenido, también hay desacuerdo, como ya lo expresé.
Desde luego, está mal ubicada la oración final de la letra b). Aparte lo anterior, soy contrario a dicha letra, por las razones que di en la mañana de hoy.
¿Estamos votando esta disposición como agregado de la letra b) o lo agregaremos en el artículo 60?
El señor OCHAGAVIA.- Estamos de acuerdo con la ubicación propuesta y llanos a que se proceda a la votación de la letra.
El señor AYLWIN (Presidente).- En el caso de que dicha disposición sea aprobada, se incluiría como inciso segundo del artículo 60, y no en el artículo 44.
El señor VALENZUELA.- Después de las explicaciones dadas en la mañana de hoy por el Honorable señor Ballesteros, es lógico eliminar el inciso segundo de la letra b), por cuanto en él se establece un sistema de excepción ajeno al Servicio Médico Nacional de Empleados, al cual quedarán adscritos todos los nuevos imponentes.
Quiero hacer presente además que la tendencia general que se está abriendo paso es la de establecer un sistema único de salud en el país. Tal política fue iniciada por el profesor doctor Valdivieso cuando fue Ministro de Salud Pública en el Gobierno anterior, con la creación de un Consejo Ejecutivo de Salud, al cual se integraron todos los organismos pertinentes. Entiendo que el Gobierno actual tiene el mismo criterio en cuanto a política de salud. De acuerdo con esta idea, voto por la supresión del inciso segundo.
-Se aprueba la disposición como inciso segundo del artículo 60 (12 votos contra 2).
El señor FIGUEROA (Secretario).- Respecto de la letra d), la unanimidad de la Comisión de Trabajo propone sustituir las palabras "cobre" por el vocablo "aplique" e "imponente" por "imponentes".
El señor OCHAGAVIA.- ¿ Se votarán sólo las enmiendas?
El señor PABLO.- Está en duda la letra entera.
El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Hacienda no propone enmiendas a esta letra.
El señor SILVA ULLOA.- Hubo dos votos en contra.
El señor VALENTE.- Pero se mantuvo la letra.
El señor REYES.- -Se puede aprobar el cambio de redacción propuesto; pero, en todo caso, hay que votar la letra completa.
El señor AYLWIN (Presidente).- La letra d) fue discutida en su conjunto.
El señor SILVA ULLOA.- No, señor Presidente.
En la Comisión de Hacienda, la letra d) fue aprobada por tres votos contra dos: los del Honorable señor Bossay y del Senador que habla. Consideramos que dicho precepto no se aviene con lo que se ha venido sosteniendo con relación a este proyecto: que la ley se financie íntegramente por sus beneficiarios. En efecto, en este caso se recurre a un ingreso lo pequeño o grande que sea, no interesa que en la actualidad recibe el Fisco y que lo rechazan los propios interesados.
El señor Subsecretario de Hacienda y el Senador que habla expresaron su opinión contraria a tal procedimiento. Sin embargo, el resultado de la votación fue el que se consigna en la página 4 del informe de la Comisión de Hacienda, que espero sea modificado. Por eso he pedido votación separada.
Voto que no.
El señor OCHAGAVIA.- Deseo fundar el voto para manifestar que en la Comisión de Trabajo voté en contra de este precepto. En el informe hay un pequeño error, porque al no consignarse mi voto negativo, aparecería como votación unánime, según lo hizo notar en la mañana el Honorable señor Ballesteros.
Las razones que tuve para oponerme a la letra d) fueron las dadas a conocer por el Honorable señor Silva Ulloa, es decir, la conveniencia de financiar la ley sobre la base de las cotizaciones de los propios imponentes. Además me parece odioso lo digo con franqueza que DIRINCO aplique sanciones y multas a quienes en definitiva serán los beneficiarios de ellas mismas. Por esta razón me he inclinado por la tesis del Honorable señor Silva Ulloa.
En la Comisión de Trabajo mi voto fue el único contrario. En todo caso, quiero agregar algo: los propios interesados que usaron de la palabra en la Comisión dijeron estar de acuerdo en que no se agregara este nuevo financiamiento al que ya tenía el proyecto.
Voto en contra de la letra d).
El señor LORCA.- En la Comisión de Trabajo votamos en contra de esta letra del artículo.
En verdad, en la de Hacienda el Honorable señor Ballesteros estableció un punto de vista doctrinario: creía que no es conveniente ni justo que la previsión de los comerciantes y de todos los sectores que integrarán la nueva Caja se financie en una parte con el ingreso que produzcan las multas. Escuchamos al señor Senador, y creo que ése no es el problema fundamental.
En la Comisión de Hacienda, inclusive, se dio una información en cuanto a que esto significaba una cantidad muy pequeña que no influiría...
El señor SILVA ULLOA.- Son ingresos que tienen destinación. Entre otros, participa la Cruz Roja.
El señor LORCA.- Exactamente.
Se manifestó que todo el ingreso estaba distribuido, pero que constitucionalmente podía cambiarse el destino de esos fondos. Sin embargo, el problema se crearía con los comerciantes minoristas beneficiados por esta previsión, ya que se oponen a este sistema de financiamiento. Además, resulta un poco fuerte que los miembros del Registro de Comerciantes, que serán imponentes de la misma Caja, acepten de buena gana las multas que se les aplicarán. En efecto, cuando los inspectores les pasen multas, éstos podrán decir que ellos no tienen por qué enojarse, pues los fondos van a financiar su previsión.
Como lo que acabo de señalar no es lógico, en estos instantes rectifico mi posición y veto en contra de la letra d).
El señor GUMUCIO.- Considero que aquí hay un problema de principios, porque la Caja de Previsión de los Comerciantes que ahora se crea, no se financia sólo con las imposiciones de los imponentes, sino, además, con aportes fiscales. Sin embargo, no creo que se trate de un grave problema de principios. Lo que sí encuentro serio es lo que afirmó el Honorable señor Silva Ulloa, en cuanto a que el producto de las multas está distribuido y que ahora se les pretende dar otro destino dejando sin aporte a quienes lo debían percibir.
Por esas razones, voto que no.
El señor CARMONA.- No soy adverso a esta disposición, y no creo que haya problema de principios, como lo afirmó el Honorable señor Gumucio. Por lo contrario, opino que no se producirán los excesos anotados, en cuanto a que aumente el número de multas para los comerciantes o para los beneficiarios de esta ley por el hecho de que el producto será destinado a su organismo previsional. Pienso que no influirá en el ánimo de las personas llamadas a aplicar las sanciones legales que corresponden el hecho de que esas sanciones incrementarán los ingresos del instituto previsional. Por el contrario, en un proyecto de tanta importancia, cuyo financiamiento en estos instantes no tenemos totalmente precisado, restar recursos constituye un hecho más grave que todos los inconvenientes que se han destacado.
Por tales motivos, soy partidario de votar favorablemente la norma. El Ejecutivo verá manera, si hay algunas destinaciones comprometidas en virtud de leyes anteriores, de preservar esos casos, que seguramente distraerán parte muy pequeña del producto de las multas y podrá hacer en el veto las enmiendas respectivas.
Voto que sí.
El señor VALENZUELA.- En la Comisión voté favorablemente este precepto, con la intención que todos hemos tenido: financiar en la mejor forma posible el proyecto. Sin embargo, al término de la sesión, los dirigentes de los gremios de comerciantes que estaban presentes manifestaron que era extraordinariamente fuerte para ellos que las multas que pagaran sirvieran para financiar su previsión, por las razones que aquí expresó el Honorable señor Lorca.
Por eso, he cambiado de criterio en esta materia y votaré en contra de la letra, a fin de dar satisfacción a lo que considero justo y no herir la dignidad de los comerciantes, beneficiándolos con el producto de las multas que se les apliquen para financiar su previsión.
Voto en contra de la letra d).
El señor VALENTE.- Esta letra fue aprobada por unanimidad en el primer informe del proyecto. En el segundo, se presentó una indicación elaborada por el Registro Nacional de Comerciantes y firmada por los Honorables señores Lorca y Ochagavía, tendiente a eliminar esta forma de financiamiento.
En la Comisión se consultó a los representantes del Registro si estaban o no estaban de acuerdo con la disposición, a lo que contestaron que no, por las razones dadas aquí. Se hizo la misma pregunta a los dirigentes del Rol de Pequeños Comerciantes Ambulantes de Ferias y Mercados, y manifestaron su total acuerdo con el precepto. De modo que en este instante en el gremio no hay unanimidad para rechazar la indicación.
Ahora aquí se ha planteado que los recursos para financiar la nueva Caja de Previsión deben aportarlos los propios comerciantes. ¿Y quiénes pagan las multas si no aquéllos? En consecuencia, la norma que propone financiar la previsión con el producto de las multas se aviene a la filosofía del financiamiento. Además, ello no daña en absoluto los ingresos fiscales, porque esos recursos no tienen una destinación definida, sino que van a fondos generales de la nación, y es allí donde se distribuyen de acuerdo con el Presupuesto.
Por las razones expuestas, encuentro la disposición plenamente justificada.
Todo lo que se pueda hacer para entregar más recursos a este instituto previsional es bueno, porque todavía hay un beneficio que no se ha otorgado en forma
obligatoria, pero que es importante pagar: las asignaciones familiares, que deben ser financiadas con los nuevos recursos, y que el Consejo determinará si es procedente cancelarlas.
Voto por el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor PABLO.- Votaré en contra de esta disposición, porque, a mi juicio, constitucionalmente es improcedente, toda vez que los ingresos están comprometidos en el Presupuesto de la Nación. En segundo lugar, porque a pesar de que no es extraño que en algunos casos la previsión se financie no sólo con los aportes de los imponentes es el caso dé la Caja Bancaria y otras, creo que es mal precedente, ya que a la postre tal sistema, si bien aumenta los recursos, configura una previsión de carácter preferencial que distorsiona la norma general.
Por eso, voto en contra.
El señor GARCIA.- A pesar de que en la Comisión de Hacienda voté favorablemente la letra d), ahora lo haré en contrario por las razones que dio el Honorable señor Ochagavía.
Se rechaza la letra d) (12 votos por la negativa y 3 por la afirmativa).
De acuerdo con la norma de procedimiento general, se aprueban las letras e) y f).
El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Hacienda, por unanimidad, recomienda rechazar las letras g) y h). Sin embargo, la Comisión de Trabajo, también por unanimidad, las aprobó.
El señor OCHAGAVIA.- Escojamos el criterio de la Comisión de Hacienda.
El señor FONCEA.- Soy partidario de suprimir estas letras, porque esos recursos están destinados a otras finalidades.
Se rechazan las letras g) y h).
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 45. La primera parte de la modificación propuesta consiste en reemplazar en el inciso cuarto el guarismo "30" por "35". Esta enmienda fue aprobada con votos en contra en la Comisión de Trabajo.
El señor AYLWIN (Presidente).- En votación. {Durante la votación). El señor GARCIA.- El fondo del problema es que se quiso cambiar 30 años por 35 años, a fin de hacer concordar el mecanismo de la previsión de los comerciantes con la de los empleados particulares, que jubilan después de 35 años de imposiciones, y no de 30.
Esa fue la opinión mayoritaria en la Comisión de Trabajo.
¡El señor OCHAGAVIA.- Es un problema de financiamiento.
El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará en esta parte el informe de la Comisión. Acordado.
De acuerdo con la norma de procedimiento general, se aprueba la sustitución del inciso final del artículo 45, por otro.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 46. La enmienda propuesta consiste en sustituir su inciso primero por otro. La Comisión la aprobó por unanimidad tanto en el primero como en el segundo informe.
El señor AYLWIN (Presidente).- En votación.
{Durante la votación). El señor LORCA.- Se ha consultado a los señores Senadores y llegado a la conclusión de que el inciso segundo del artículo 46 está de más, porque es discordante, aparte que el mismo procedimiento está prescrito en el artículo 43.
Entiendo que hay unanimidad para aprobar el inciso primero.
El señor OCHAGAVIA.- Votemos el inciso primero, y después rechazamos el segundo.
El señor FONCEA.- Quisiera solicitar una breve explicación respecto del inciso primero.
A mi juicio, se está creando una previsión desfinanciada, porque estamos presumiendo que las remuneraciones y utilidades que reciben los comerciantes corresponden a un sueldo mensual escala A) del departamento de Santiago, lo que puede ser exacto respecto de algunos comerciantes modestos, pero no de otros más pudientes.
En mi opinión, debió haberse buscado otro sistema. Por ejemplo, que los comerciantes que pagan patente de primera clase hagan una imposición mínima de 3, 4 ó 5 vitales y que en escala decreciente se llegue a la presunción de un sueldo vital para los más modestos. De otra forma despacharemos nuevamente un proyecto sobre previsión social tendiente a beneficiar a un importante gremio desfinanciado, lo que será lamentable, pues los comerciantes han cifrado todas sus esperanzas en él.
El señor AYLWIN (Presidente).- ¿Cómo vota, señor Senador?
El señor FONCEA.- Sólo estaba pidiendo que algún miembro de la Comisión me explicara por qué no se estableció una escala.
El señor AYLWIN (Presidente).- Queda aprobado el inciso primero.
En votación.
-(Durante la votación).
El señor VALENTE.- El inciso primero del artículo 46 dice: "Los afiliados que, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su inscripción en el respectivo Registro o Rol, no señalaren su sueldo imponible, se presumirá que declaran uno equivalente al sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago."
El inciso segundo establece: "Igual presunción afectará a los afiliados a que se refieren las letras a), b), c), d), e) y f) del inciso segundo del artículo 43,. . ." Se trata de los comerciantes de ferias libres y de mercados, de los ambulantes, de los estacionados en la vía pública, de los pequeños industriales y artesanos, de los transportistas profesionales y de los farmacéuticos.
Esta disposición se aprobó cuando el proyecto aún no contenía la creación de los respectivos registros o roles. Por lo tanto, es innecesaria, pues lo que preceptúa está consignado implícitamente en el inciso primero del artículo 46.
Respecto de lo que planteaba el Honorable señor Foncea, debo decir que el proyecto establece que los comerciantes declararán como renta patronal imponible un mínimo de un sueldo vital o un máximo de ocho sueldos vitales, según corresponda; por lo tanto, se hace una especie de discriminación en cuanto a la condición económica de los imponentes.
Tan justo es lo que aprobó la Comisión, que se ha establecido que los comerciantes de escasos recursos cuya calidad sea la de feriantes, estacionados, de mercados, etcétera, podrán ser autorizados por el Consejo para declarar una renta inferior a un sueldo vital, pero que no sea menor que el 75% de éste.
En consecuencia, los problemas que planteó el Honorable señor Foncea están debidamente aclarados en el proyecto.
Voto por la supresión del inciso segundo.
El señor GARCIA.- E1 artículo 46 contiene dos incisos que se diferencian en algo. Es la misma norma general en cuanto al monto de las imposiciones. Sin embargo, el plazo establecido en el primero para los comerciantes inscritos en el respectivo rol se cuenta de distinta manera que el fijado para quienes no lo están feriantes y otros; en este último caso se cuenta desde la fecha del permiso municipal o de la autorización concedida por el Servicio de Impuestos Internos para la iniciación de las actividades. Por eso, es necesaria la existencia del segundo inciso.
Aún más: dicha norma es de mera ordenación; no contiene ninguna idea nueva.
Cuando se incorporaron al proyecto los grupos mencionados en el segundo inciso, fue necesario armonizar las disposiciones, porque aquéllos no estaban inscritos en el rol pertinente, y al no estarlo no les regía el plazo de 60 días para señalar su sueldo imponible.
De ahí la necesidad de conservar ambos incisos.
El señor VALENTE.- Eso es más peligroso todavía.
Creo que hay un error de apreciación bastante serio, pues ello significa una retroactividad incluso a una fecha anterior a la de promulgación de la ley en estudio. Por ejemplo, si un comerciante obtuvo el permiso municipal hace cinco años, debería imponer y declarar su renta desde esa fecha, lo que es inadmisible.
El señor GARCIA.- Evidentemente, la ordenación es mala.
El señor VALENTE.- Por eso la vamos a suprimir.
El señor AYLWIN (Presidente).- Se está votando, señores Senadores.
El señor OCHAGAVIA.- El Honorable señor García me informa en este momento que estoy pareado. Sin embargo, debo declarar que habría votado negativamente.
El Honorable señor Valente explicó que el artículo 46 se refiere a dos situaciones. El inciso primero habla de un plazo de 60 días contado desde la fecha de inscripción en el respectivo registro o rol. El segundo, al mencionar las letras del artículo 43 a que se refiere relativas a los sectores que se beneficiarán con el régimen previsional que se crea, señala que dicho plazo se contará desde la fecha del permiso municipal o de la autorización concedida por el Servicio de Impuestos Internos.
A nuestro modo de ver, eso crea una doble situación, que no sólo es injusta e inconveniente, sino que, al poder ser la fecha del permiso municipal o de la autorización de Impuestos Internos anterior a la de promulgación de la ley, puede provocar un problema que, en el fondo, afectará a un grupo de imponentes.
Debo declarar con franqueza que en la Comisión de Trabajo nos equivocamos, porque al introducir las modificaciones que crearon los roles debimos eliminar el inciso segundo del artículo 46.
El señor GARCIA.- Deseo rectificar mi voto: después de lo que expuso el Honorable señor Ochagavía, apruebo la supresión del inciso segundo.
Se rechaza el inciso segundo (12 votos negativos).
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 48. La Comisión de Trabajo propone reemplazar, en el inciso primero, el guarismo "30" por "35", y agregar, en el inciso tercero, después de la palabra "vitales", el vocablo "mensuales". Esto se aprobó con el voto en contra del Honorable señor Valente.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 49. La Comisión de Trabajo recomienda reemplazar, en el inciso primero, los guarismos "60", "55" y "15", por "65", "60" y "10", respectivamente; y sustituir, en el inciso segundo, el guarismo "30" por "35".
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Trabajo, por unanimidad, sustituyó por otro el artículo 50.
Se acoge el criterio de la Comisión.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículos 51 y 52. La Comisión de Trabajo, por unanimidad, intercaló, entre las palabras "la pensión" y "que estuviere percibiendo", los vocablos "de vejez".
-Se aprueban los artículos de la Comisión.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 55. La Comisión de Trabajo, unánimemente, intercaló, entre las palabras "correspondido" y "al causante", la forma verbal "percibir".
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 56. La Comisión de Trabajo, por unanimidad, sustituyó en el inciso segundo la frase "al monto de la pensión que les hubiere correspondido percibir por el término de dos años" por la siguiente: "a dos años de la pensión que estuvieren percibiendo".
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 58. La Comisión de Trabajo, unánimemente, reemplazó en el inciso primero la frase "del imponente activo cuyo capital no excediere" por la siguiente: "del imponente activo cuyo aporte de capital en la respectiva actividad, negocio, establecimiento comercial o industrial no excediere".
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Trabajo, en el último inciso de ese artículo, también por unanimidad, redactó la frase final que comienza con las palabras "tendrá derecho", en la siguiente forma: "tendrá derecho a percibir, a título de cuota mortuoria, cuatro sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago".
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 61. La Comisión de Trabajo, unánimemente, suprimió la frase "y cuando se disponga del financiamiento necesario".
-Se aprueba la supresión.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 62. La Comisión de Trabajo, por unanimidad, reemplazó la frase "que cesen de ser comerciantes" por "que cesen en su actividad"; agregó, a continuación de las palabras "exigencias legales", las siguientes: "para obtenerla"; y suprimió el vocablo "comerciales".
-Se aprueban las modificaciones.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 63. La Comisión de Trabajo, unánimemente, agregó en el inciso primero, después de la palabra "antigüedad", las siguientes: "como imponente"; e intercaló en el inciso final, entre las palabras "las pensiones" y "que les correspondan", las siguientes: "y los demás beneficios".
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 68. La Comisión de Trabajo, por unanimidad, sustituyó en el inciso primero la denominación "Registro Nacional de
Comerciantes Establecidos de (Chile" por "Registro Nacional de Comerciantes, Pequeños Industriales y Artesanos de Chile"; y suprimió la expresión ", en el Registro Nacional de Pequeños Industriales y Artesanos de Chile."
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Trabajo, unánimemente, suprimió el artículo 69 del primer informe.
-Se aprueba la supresión.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 70, que pasa a ser 69. La Comisión de Trabajo, por unanimidad, introdujo diversas modificaciones a este precepto.
Se acoge el criterio de la Comisión.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Los artículos 71 y 72, que pasan a ser 70 y 71, respectivamente, no fueron objeto de enmiendas. Sólo hubo cambio de números.
-Se aprueban.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Artículo 73, que pasa a ser 72. La Comisión de Trabajo aprobó unánimemente las modificaciones introducidas a esa disposición.
El señor OCHAGAVIA.- Deseo hacer una consulta al respecto, señor Presidente.
El señor AYLWIN (Presidente).- Su Señoría puede fundar el voto.
El señor OCHAGAVIA.- ¿Respecto del artículo 72?
El señor AYLWIN (Presidente).- Sobre el artículo 73, que pasa a ser 72.
El señor VALENTE.- El primitivo artículo 72 está aprobado.
El señor OCHAGAVIA.- En verdad, deseo pronunciarme sobre el artículo 72. Por eso, pregunto al señor Secretario si el artículo que se votará es el que dice: "Agrégase al artículo 6º de la ley Nº 14.157 el siguiente inciso nuevo:"...
El señor VALENTE.- Está aprobado, señor Senador.
El señor OCHAGAVIA.- No, Honorable colega.
El señor VALENTE.- Ruego al señor Secretario aclarar el problema;
El señor FIGUEROA (Secretario) En la discusión particular se tratan las modificaciones introducidas por la Comisión al primer informe. Los artículos 71 y 72 del primer informe pasaron a ser 70 y 71, respectivamente, y se aprobaron por no haber sido objeto de enmienda. El artículo 73 del primer informe, en vista de la supresión de los preceptos mencionados pasa a ser 72. Esa norma Su Señoría puede verlo en la parte final del segundo informe aparece como artículo
72.
El señor OCHAGAVIA.- Resumiendo: ¿qué número tiene el artículo relativo a la Municipalidad de Santiago?:
El señor FIGUEROA (Secretario).- Si se aprobara tendría el número 72.
El Señor OCHAGAVIA.- ¡Sobre esa disposición quiero pronunciarme.
El señor VALENTE.- Me parece que hay un error, porque el artículo; 72 del informe de la Comisión de Trabajo está aprobado.
El señor OCHAGAVIA.- No, señor Senador. He pedido votación respecto de él.
El señor AYLWIN (Presidente).- Permítanme: aclarar la situación, señores Senadores.
Los artículos. 71 y 72 del primer informe están aprobados. Pero el artículo a que se refiere el Honorable señor Ochagavía llevaba el número 73 en el primer informe y pasó a ser 72 en el segundo, como consecuencia de la supresión del artículo 69,: Este nuevo artículo 72 (antiguo 73) no ha sido aprobado aún, y sobre él se ha pedido votación.
Tiene la palabra para fundar su voto el Honorable señor Ochagavía.
El señor OCHAGAVIA.- Señor Presidente el artículo en debate fue objeto de una indicación del Honorable señor Valente para sustituir en el inciso nuevo que se agrega al artículo 6º de la ley 14.157, las palabras "las Oficinas Municipales de Consignaciones" por "los consignatarios particulares de la Feria Municipal".
En realidad, tanto la indicación como el artículo inciden en el problema de la previsión de los cargadores de la Feria Municipal quienes en estos momentos dependen de los locatarios que, dentro de las ferias municipales, tienen a su cargo la distribución y recepción de las hortalizas, frutas y verduras.
En la Comisión discutimos latamente este problema y nos pareció de toda justicia que no debían ser los locatarios quienes financien este régimen previsional. Nos pareció repito, como consta en el primer informe, que el gasto correspondiente debería hacerlo la Municipalidad deSantiago, yaque en los remates ella cobra un recargo del orden del 4%, o del 3% en algunos casos, por martillo.
La indicación del Honorable señor Valente, que yo impugno, tiende a traspasar este gasto de la Municipalidad a los consignatarios particulares de la Feria Municipal.
¿Quiénes son los consignatarios particulares de esa feria? Son aquellos que tienen contratos con los medieros, aparceros, arrendatarios y pequeños agricultores y entregan las frutas, verduras y hortalizas al mercado del Gran Santiago; que entregan la semilla y anticipos, y, con posterioridad, reciben las mercaderías.
¿Qué me preocupa en esta indicación del Honorable señor Valente ? Que los pequeños productores, medieros y hortaliceros, sufrirán este nuevo tributo que los consignatarios les cargarán a ellos, en circunstancias de que la Municipalidad tiene un ingreso muy subido por este concepto.
A mi juicio, en todo esto existe un régimen absurdo. Por ejemplo, algunos productos entran al mercado del remate y tienen por esta causa un recargo de 3% a 4 % a favor de la Municipalidad, en cambio, una camionada de frutas, que tiene un valor inmenso, no paga más de 500 pesos por el valor de la puerta. En verdad, todo este régimen no tiene razón de ser.
En el primer informe, la Comisión consideró que no era justo que los locatarios pagaran la previsión de los cargadores; que, en cambio, este gasto debería ser solventado por la Municipalidad y no por los consignatarios, porque, en definitiva, más que gravar a los consignatarios, significaba gravar a quienes envían los productos, o sea, los chacareros.
Esto era lo que deseaba señalar, junto con manifestar que rechazamos la indicación del Honorable señor Valente.
A nuestro juicio, la Municipalidad de Santiago no sólo está en condiciones de reglamentar todo el movimiento de la mercadería que entra al remate de la feria mucha de ella no entra al remate, sino de financiar el gasto que implica dar previsión a los cargadores de las ferias municipales, que ahora se pretende imputar a los productores de hortalizas que laboran en el cinturón agrícola del Gran Santiago.
El señor VALENTE.- Señor Presidente, quiero plantear, ante todo, una consulta de carácter reglamentario. Este artículo ¿puede ser modificado en la votación o debe ser votado como se aprobó en el primer informe? Porque entiendo que no hay indicación renovada.
El señor AYLWIN (Presidente).- No la hay.
El señor VALENTE.- Entonces, ¿qué procede hacer?
El señor FIGUEROA (Secretario).- Sólo hay que votar la enmienda propuesta por la Comisión en el segundo informe.
El señor AYLWIN (Presidente).- En ese texto, la Comisión propone una enmienda acogiendo la indicación formulada por Su Señoría.
El señor VALENTE.- Bien, quiero formular algunas observaciones para demostrar que el Honorable señor Ochagavía no tiene razón en los argumentos que le hemos escuchado.
El señor Senador ha sostenido que serán los chacareros del cinturón agrícola del Gran Santiago quienes, en definitiva, costearán la previsión de los cargadores de la Feria Municipal. Sin embargo, no es así.
Hasta antes de la aprobación del artículo 73, la previsión de esos cargadores iba a correr por cuenta de los locatarios de la Feria o Vega Municipal de Santiago. Cuando se presentó la indicación que dio origen a dicho artículo, se logró que el financiamiento correspondiente fuera de cargo de la Municipalidad, sin tomarse en cuenta los antecedentes que posteriormente fueron señalados por los propios locatarios: que la Municipalidad obtiene, por concepto del ingreso a que se refirió el Honorable señor Ochagavía, Eº 4.100.000 al año y que 35 consignatarios, que en definitiva son los intermediarios, reciben anualmente Eº 9.520.000 por concepto de utilidades, lo que significa más del doble de lo que percibe la Municipalidad de Santiago.
Los locatarios plantearon también que es mucho más justo que el millón doscientos mil escudos que cuesta el financiamiento de la previsión sea de cargo de estos intermediarios que se llaman consignatarios particulares de la Feria Municipal, y no de la Municipalidad, lo que me parece muy justo.
Por lo tanto, la razón que tuve en vista para formular la indicación en el segundo informe no fue otra que acoger la petición hecha por los propios locatarios de la Feria Municipal de Santiago tengo el documento a la mano, texto en el cual ellos señalan lo que he dado a conocer a la Sala.
Creo, por consiguiente, que es realmente justo el cambio de financiamiento que se propone, pues permitirá liberar a la Municipalidad de Santiago del gasto pertinente.
El señor FONCEA.- ¿Por qué concepto?
El señor VALENTE.- Por el remate de los productos de chacarería.
Voto que sí.
El señor LORCA.- Señor Presidente, aunque la norma en debate nada tiene que ver con el régimen previsional que estamos creando, quiero decir que la indicación que ahora nos ocupa se presentó para resolver un problema de los obreros que trabajan y dependen de las oficinas municipales de consignaciones.
En el estudio pertinente, se descubrió que el remate de los productos agrícolas que se transan en la Feria significaba para la Municipalidad un ingreso de Eº 3.000.000, suma con la cual se podría financiar la previsión de toda la gente que trabaja en la Feria o Vega Municipal. Sin embargo, y de acuerdo con los antecedentes que se entregaron a la Comisión, como dijo el Honorable señor Valente, se llegó a la conclusión también de que 35 personas obtienen un ingreso de más o menos Eº 9.000.000. Por eso, sólo se acordó cambiar las palabras "las Oficinas Municipales de Consignaciones" por "los consignatarios particulares de la Feria Municipal", ya que se estimó que era mucho más lógico y justo cargar el gasto pertinente a los consignatarios.
Como no hay duda de que sobre esta materia habrá unanimidad para aprobarla, me limito tan sólo a dar esta explicación de por qué votamos a favor en la Comisión.
Voto que sí.
El señor GARCIA.- Señor Presidente, yo estoy en contra de la indicación, porque esto de saber cuánto gana la Municipalidad en determinado rubro o cuánto gana otra persona, son comparaciones que a nada conducen. Igualmente, también podríamos comparar lo que gana un consignatario con los sueldos máximos que se perciben hoy día. Por consiguiente, no me explico qué objeto se persigue al hacer este tipo de comparaciones.
Es evidente, por ejemplo, que 20 funcionarios con sueldo tope ganan más que todo lo que gana la Municipalidad de Santiago por el concepto señalado; pero ello tampoco significa absolutamente nada.
En realidad, no se pueden comparar los ingresos que tiene la Municipalidad por determinado concepto, con la entrada bruta que perciben los consignatarios, que para cada uno es de Eº 260.000. Pero como no sabemos a cuánto ascienden sus gastos, tampoco podemos saber cuánto ganan realmente. Ellos otorgan préstamos para financiar, por ejemplo, la adquisición de semillas; pero no sabemos cuánto les significa esta inversión. No existen antecedentes para determinar este costo, para llegar a esa entrada bruta anual que se ha señalado y que, a lo mejor, puede ser inferior a lo que nos podemos imaginar. Es posible, también, que estos gastos los estén cargando a los chacareros. En tal caso, serían estos últimos quienes, en definitiva, pagarían la previsión de otras personas.
Parece más justo, entonces, no aceptar la indicación del Honorable señor Valente. Por eso, voto en contra de ella y prefiero dejar el artículo como estaba consignado en el primer informe, con el objeto de evitar equivocaciones.
El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, yo usaré de la palabra más que nada para reparar un error de técnica legislativa.
En la parte final del artículo 72 del segundo informe se dice que "la Municipalidad no podrá alterar los porcentajes de estas comisiones, vigentes a la promulgación de esta ley", y sabemos que la fecha de promulgación de ella no es la de la publicación de la misma. Entonces, puede ocurrir que el Municipio, entre una y otra fecha, haya acordado una alteración de las comisiones, y en tal caso, como es natural, se producirá un problema que estamos resolviendo de antemano legalmente.
Pienso que lo que se ha querido decir en la disposición es "vigentes a la publicación de la ley".
El señor REYES.- - O vigentes a esta fecha.
El señor SILVA ULLOA.- O "vigentes a esta fecha"; pero no "vigentes a la promulgación de esta ley".
Por eso, soy partidario de facultar a la Mesa para que dé al precepto la redacción que estime correcta.
Voto que sí.
El señor REYES.- -Señor Presidente, la verdad es que yo voté afirmativamente y no deseo cambiar mi voto; pero quiero, sí, dejar constancia de una duda. Porque, a pesar de mis años de regidor por Santiago, la verdad es que no tengo clara, la situación real del personal de cargadores de la Feria Municipal.
He consultado al Honorable señor Valente, y él me ha dicho que esos trabajadores estarían contratados por la Municipalidad y no por los consignatarios o locatarios.
El señor VALENTE.- Eso no lo puedo asegurar, pues no me consta.
El señor GARCIA.- Si están contratados, gozan de la previsión que les otorgan quienes los contrataron. Eso es lo que no he podido entender.
El señor REYES.- Quería dejar constancia de esta duda, pero mantengo mi voto.
El señor NOEMI.- Para parearme con el Honorable señor Reyes, voto que no.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Resultado de la votación: 7 votos por la afirmativa, 7 por la negativa y 1 pareo.
El señor AYLWIN (Presidente).- Corresponde repetir la votación.
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Resultado de la votación: 6 votos por la afirmativa, 6 por la negativa, 1 abstención y 2 pareos.
El señor AYLWIN (Presidente).- Debe repetirse la votación por última vez.
El señor SILVA ULLOA.- Que se dé por repetida.
El señor VALENTE.- ¿ Qué sucede en este caso?
El señor FIGUEROA (Secretario).- Queda rechazada la disposición.
El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se dará por rechazada.
El señor VALENTENO.- señor Presidente. Que se repita la votación.
El señor AYLWIN (Presidente).- .En votación.
Se rechaza el articulo (7 votos por la negativa, 6 por la afirmativa, 1 abstención y 2 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).- La modificación al artículo 79, que pasa a ser 78, se aprobó por unanimidad en la Comisión. Ella consiste en reemplazar por la conjunción "y" la coma que sigue a la denominación "Confederación Nacional! de Dueños de Camiones de Chile", y en suprimir la expresión ", y estar al día en el pago de las imposiciones previsionales".
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario). Las modificaciones a los artículos 80 a 86 de la ley Nº 17.066, que pasan a ser 79 a 85, respectivamente, no fueron objeto de enmiendas, de modo que quedan reglamentariamente aprobadas.
Mediante el artículo 3° del proyecto, se agregan diversos artículos transitorios, a continuación del 8º, a la mencionada ley Nº 17.066. Respecto del proyectos aprobado en primer informe, la Comisión plantea las siguientes modificaciones sobre el particular:
En primer término, sustituye el primitivo artículo 9º transitorio por el que se consigna en el boletín de que disponen los señores Senadores.' Esta modificación se aprobó por unanimidad.
El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará.
El señor GARCIA.- ¿Qué decía el artículo propuesto en el primer informe?
El señor AYLWIN (Presidente).- Establecía lo siguiente, señor Senador:
"Facúltase al Consejo Provisorio de 'la Caja de Previsión Social de los Comerciantes, Pequeños Industriales y Transportistas para que, dentro del término; de
6 meses a partirle la fecha de vigencia de la presente ley, fije la planta del personal de la Caja y sus remuneraciones."
Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo 9º propuesto por la Comisión de Trabajo en su segundo informe.
Aprobado.
El señor FIGUEROA (Secretario). La modificación propuesta por la Comisión al artículo 11 transitorio que se agrega a la ley Nº 17.066. aprobado en el primer informe, consiste en suprimir las expresiones "y del Registro Nacional de Pequeños Industriales y Artesanos," e "y por la Confederación Nacional de Pequeños Industriales y Artesanos de Chile, respectivamente". Esta enmienda también se aprobó por unanimidad.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- El artículo 15 transitorio que se proponía agregar a dicha ley, pasa a ser artículo 3º transitorio del proyecto en debate, en la forma que se indicará oportunamente.
A continuación de los artículos transitorios que se agregan a la ley Nº 17.066, la Comisión, bajo el título "Artículos Transitorios", propone agregar los siguientes a este proyecto:
El primer artículo transitorio fue aprobado por unanimidad.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- El segundo establece lo que sigue:
"Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 60 días contado desde la publicación de esta ley, modifique el Decreto Supremo Nº 469, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el "Diario Oficial" de 8 de julio de 1969, en los términos que proponga el Registro Nacional de Comerciantes, Pequeños Industriales y Artesanos de Chile."
Dicho precepto se aprobó con el voto en contra del Honorable señor Valente.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).- Como acabo de hacer presente, la Comisión propone consignar como artículo 3° transitorio del proyecto, el artículo que se propuso como 15 transitorio en el primer informe, del siguiente texto:
"El Título IV que esta ley agrega a la ley Nº 17.066 entrará en vigencia a partir del día 1º del sexto mes siguiente a la publicación en el "Diario Oficial" de la presente ley.
"El Presidente de la República dictará el Reglamento de dicho Título IV dentro del plazo de 90 días contado desde la fecha de publicación de esta ley."
Esta enmienda se aprobó por unanimidad en la Comisión.
-Se aprueba.
El señor FERRANDO.- ¿Me permite, señor Presidente?
Antes de que termine la discusión del proyecto, deseo solicitar, tal como lo han hecho otros señores Senadores, que se oficie al Ejecutivo pidiéndole que, en el ejercicio de las facultades que le otorga uno de los preceptos de esta iniciativa para incluir en los beneficios previsionales de los comerciantes a los medianos y pequeños agricultores, considere también la posibilidad de incluir a los pescadores y a los pequeños y medianos mineros. Considero absolutamente legítimo hacerlo. Creo que no habrá inconveniente en plantear la petición en nombre de los diversos Comités del Senado, o en nombre de la Corporación misma, ya que todos los señores Senadores coinciden en la idea.
El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviará el oficio en nombre de los Comités que lo han solicitado o que adhieran a la petición respectiva.
El señor CARMONA.- ¿Y por qué no en nombre del Senado?
El señor AYLWIN (Presidente).- Porque reglamentariamente no se puede, señor Senador.
Se enviará el oficio en nombre de los Comités que adhieran a la petición.
El señor GARCIA.- Nosotros lo hacemos.
El señor LORCA.- También nuestro Comité.
El señor AYLWIN (Presidente).- Terminada la discusión del proyecto.
"