rdf:value = " El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara también aprobó el siguiente artículo nuevo:
"Para intercalar en el inciso primero del artículo 7? de la ley 17.272, entre las palabras "aplica el" y "artículo 99", lo siguiente: "inciso primero del".
Dice el artículo 7º de la ley Nº 17.272:
"A partir del 1º de enero de 1970, serán imponibles las bonificaciones, asignaciones y todas las demás remuneraciones de carácter general y permanente de que gozan los empleados a quienes se aplica el artículo 99 de la ley Nº 16.617, pero con los límites porcentuales fijados en dicho artículo...", o sea al que ahora se refiere la disposición, precisando más cuál es su alcance.
"