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- rdf:value = " LIBERACION DE DERECHOS DE INTERNACION DE ELEMENTOS DESTINADOS A LA ASAMBLEA CRISTIANA DE VALPARAISO.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde, en primer lugar, estudiar el proyecto de ley de la Cámara de Diputados, informado por la Comisión de Hacienda, que libera del pago de derechos de internación a especies destinadas a la Asamblea Cristiana de Valparaíso.
La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Ballesteros (presidente), Acuña, Lorca, Ochagavía y Silva Ulloa, recomienda a la Sala aprobar el proyecto, que consta de un solo articulo, en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Advierto al Senado que esta iniciativa ha sido objeto, de varias indicaciones, las que deberán ser tratadas de inmediato.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 45ª en 27 de enero de 1970.
Informe, de Comisión:
Hacienda, sesión 53ª, en 11 de febrero de 1970.
-Se aprueba en general el proyecto.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Honorable señor Pablo ha formulado indicación para agregar el siguiente artículo al proyecto en debate:
"Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las Aduanas, así como de depósitos previos de importación, a las siguientes especies:
"a) Una ambulancia marca "Volkswagen", modelo 271.011 del año 1970, equipada, adquirida por los Sindicatos Industrial y Profesional de Empleados de "FANALOZA" (Fábrica Nacional de Loza de Penco S. A.) a la empresa Volkswagenwerk Aktiengesellschaft de Wolfsburg, Alemania, para el transporte de sus asociados enfermos.
"b) Una camioneta pick up marca "Chevrolet", modelo del año 1969, con toldo (camper), motor V-8 serie Nº CE 1498 B 860894, donada a la Sociedad Bíblica Bautista de Chile para el desarrollo de sus actividades eclesiásticas y sociales por The Baptist BibleFellowship de los Estados Unidos de N. A.
"c) Una camioneta pick up marca "Ford", modelo del año 1968, con toldo (camper), serie Nº F10YR Co2 886, donada al kindergarten "El Lucero" de la Sociedad Bíblica Bautista de Chile para el desarrollo de sus actividades, por The Baptist BibleFellowship de los Estados Unidos de N. A.
"Si dentro del plazo de cinco años, contados desde la fecha de vigencia de la presente ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o se les diere un destino distinto del específico, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del D.F.L. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas."
En seguida, hay una indicación formulada por el Honorable señor Valente para consignar el siguiente artículo nuevo.
"Condónase la deuda por pavimentación girada bajó el Nº F. C. 164 al Club Deportivo Academia de Educación Física, de Iquique. Esta condonación incluye el valor del pavimento, sus intereses y multas".
Hay otra indicación, presentada por el Honorable señor Ballesteros, para consignar el siguiente artículo:
"Autorízase la internación y libérase de pagos de derechos de internación, de almacenaje, de embarque y desembarque, derechos consulares, de los impuestos establecidos en el Decreto Supremo Nº 2.772 de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, como, asimismo, de las obligaciones de depósito que estuvieren vigentes, del automóvil Chevrolet, año 1969, Motor Nº 386066, Serie Nº 133699 B, destinado a la Asamblea Cristiana de Valparaíso, con Personería Jurídica Nº 2589 del 10 de mayo de 1955.
"Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la fecha de vigencia de la Ley, las especies a que ella se refiere fueren enajenadas a cualquier título o se les diere un destino distinto al específico, deberán enterarse en arcas fiscales los derechos e impuestos del pago de los cuales libera esta Ley, quedando solidariamente responsables de su reintegro las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos."
El señor GARCIA.-
¿A quién favorece esa indicación?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
De acuerdo con el texto, a la Asamblea Cristiana de Valparaíso.
El señor BALLESTEROS.-
O sea, la misma entidad respecto de la cual legisla el proyecto original. Es la única indicación procedente.
El señor LUENGO.-
¿Cuántas son las indicaciones ?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, hay otra del Honorable señor Aguirre Doolan, para consignar lo siguiente:
"Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación y, en general, de todo derecho o impuesto que se perciba por intermedio de las Aduanas, asi como de los depósitos previos de importación, a las maquinarias, incluyendo máquinas componedoras, prensas Offset, y tres vehículos de distribución, destinados a renovar los equipos de impresión y talleres del Diario "La Discusión" de Chillan.
"Las importaciones que se efectúen en conformidad al inciso primero del presente artículo no podrán en conjunto tener un valor superior a US$ 100.000.
"El Diario "La Discusión", de Chillán, pagará las tarifas de transmisión que determine la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), rebajados en un 75%.
"Sí dentro del plazo de cinco años contados desde la vigencia de esta Ley, las especies a que se refiere el inciso primero fueren enajenadas a cualquier, título o se les diere un destino distinto al especificado, deberán enterarse en arcas fiscales los derechos e impuestos del pago de los cuales esta ley libera, quedando solidariamente responsables de su integro las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos."
El señor PABLO (Presidente).-
A pesar de que reglamentariamente estas indicaciones deberían votarse de inmediato, propongo a la Sala enviar el proyecto a Comisión.
El señor GARCIA.-
Muy bien.'
El señor VALENTE.-
De acuerdo.
El señor CHADWICK.-
No. Quiero que la Mesa se pronuncie previamente sobre la admisibilidad de las indicaciones. Sé que ello corresponde a una facultad privativa del señor Presidente; pero pido que la Mesa resuelva al respecto, pues deseo conocer un criterio estable sobre la materia. De otro modo,...
El señor LUENGO.-
Eso es difícil, Honorable Senador.
El señor CHADWICK.-
el Reglamento serviría como simple arbitrio del señor Presidente.
Este proyecto de ley tiene un fin específico y único, que no admite la extensión a otras instituciones, ni aun a la misma en otros casos. No puede generalizarse.
Por eso, solicito que el señor Presidente fije su criterio sobre este punto, a fin de saber si cada vez que nos llegue una iniciativa con estas características se admitirán o rechazarán las indicaciones que tengan por objeto extender su alcance.
El señor RODRIGUEZ.-
¿ Cuál es su criterio?
El señor PABLO (Presidente).-
Mi criterio lo daré a conocer en forma oportuna. La Mesa se reserva su derecho para el momento en que la iniciativa, se someta a la discusión particular.
El señor CHADWICK.-
En el hecho, el criterio lo está manifestando al expresar su decisión de que las indicaciones sigan su curso.
El señor PABLO (Presidente).-
La Mesa puede ejercer después la facultad que le asiste. Además, también tiene atribuciones en este aspecto el presidente de la Comisión respectiva.
El señor CONTRERAS.-
Nosotros apoyaremos la idea de que estas indicaciones, junto con el proyecto, vayan a Comisión. No nos pronunciamos acerca del contenido ni de los beneficiarios de las diferentes indicaciones formuladas. Es imposible formarse un juicio con la sola lectura de los textos por el señor Secretario. El hecho de que la iniciativa vuelva a Comisión para reestudiarla y formamos un criterio, nos permitirá, en una sesión próxima, pronunciarnos sobre el proyecto en particular y sobre las instituciones favorecidas.
El señor RODRIGUEZ.-
¿ Me permite una pregunta, señor Presidente?
Cuando se trató la ley de Presupuestos, si no me equivoco, el señor Presidente declaró procedentes o improcedentes diversas indicaciones, antes de discutirse por la Comisión respectiva. ¿Por qué Su Señoría no ejerce la misma facultad ahora?
Me parece que el Honorable señor Chadwick tiene razón.
El señor PABLO (Presidente).-
El Presidente tiene una facultad que le otorga el Reglamento y que puede ejercer cuando lo estima oportuno.
El señor RODRIGUEZ.-
! O sea, es un criterio oportunista. . !
El señor VALENZUELA.-
No es oportunista: es oportuno.
El señor BALLESTEROS.-
Las indicaciones formuladas al proyecto, que figura en Fácil Despacho, deben ser votadas en esta sesión, de manera que el señor Presidente está sugiriendo un tratamiento de excepción. Yo estaría de acuerdo en ello, ya que se trata de numerosas indicaciones cuyo alcance no entendemos en este instante. Es decir, aceptaría la proposición de la Mesa siempre que el proyecto figurara en tabla el martes próximo y pudiera tratarse en la Sala con informe de la Comisión respectiva o sin él.
El señor PABLO (Presidente).-
La iniciativa que nos ocupa no figura en Fácil Despacho, sino en el Orden del Día. La tabla de Fácil Despacho se anuncia el día miércoles. No puede anunciarse hoy.
Si la Comisión despacha oportunamente la iniciativa -espero que así lo haga-, se le dará preferencia en la tabla.
El señor LUENGO.-
Solicito fijar plazo para presentar indicaciones.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se concedería plazo hasta mañana al mediodía.
El señor LUENGO.-
Hasta las seis de la tarde, pues mañana hay sesión.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, así se acordaría.
El señor CHADWICK.-
Con mi voto en contra, porque es absolutamente absurdo.
Se están admitiendo indicaciones a un proyecto que resuelve un asunto particular y concreto que no admite extensión.
El señor PABLO (Presidente).-
Acordado, con el voto contrario de Su Señoría.
El señor LUENGO.-
Es conveniente que el Presidente fije su criterio al respecto.
"
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