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- rdf:value = " El señor BULNES SANFUENTES.-
Señor Presidente, hasta el día de hoy el Comité del Partido Nacional era el Honorable señor Víctor García, quien también se había preocupado de este proyecto en sus trámites de Comisión y de Sala; pero el señor Senador debió ausentarse para viajar a la agrupación que representa y me solicitó hacer presentes las razones por las cuales se negó a otorgar su acuerdo para introducir en esta iniciativa la idea del sindicato único.
La primera de ellas, que ya se ha dado en repetidas oportunidades en la Sala, es que nuestra legislación del trabajo establece un régimen sindical que está muy lejos de consagrar la libertad de organización, si bien establece ciertos rudimentos en tal sentido. Digo que está muy lejos de consagrar la libertad sindical, porque todos sabemos que cuando se constituye un sindicato industrial con veinticinco obreros, el resto del personal de la empresa, cualquiera que sea su número, no puede formar otra organización de esta naturaleza y entra automáticamente a integrarse en aquel sindicato. Sin embargo, existe un principio de libertad sindical, porque distintos sectores de una misma empresa pueden constituir sindicatos profesionales.
No se ve razón de ninguna especie para que la legislación mantenga un régimen sindical respecto del conjunto de los trabajadores del país y cree una modalidad especial para, la Compañía Chilena de Electricidad. En el debate no se ha hecho valer ningún motivo de orden particular que pudiera justificar, para CHILECTRA, una modalidad que se aparte del régimen normal de sindicatos en Chile.
Si ha de modificarse la legislación que impera en nuestro país sobre esta materia, debe hacerse para el conjunto de los trabajadores, con un estudio muy maduro, y no en las últimas horas o en los últimos minutos de la discusión de un proyecto que, evidentemente, no tiene por finalidad abordar ese objetivo.
La segunda razón que tuvo el Honorable señor García para oponerse a la idea, es la consideración de que en la Compañía Chilena de Electricidad funcionan con toda normalidad varios sindicatos -entiendo que son cinco, y pueden ser más- y que los representantes de ellos, tal como hicieron presente su opinión al Honorable señor Palma, también manifestaron al señor Senador su opinión en el sentido de que eran contrarios al sindicato único y deseaban mantener sus propias organizaciones. Nosotros respetamos el sentir de esa gente, aunque sea minoritario, porque el régimen democrático no se caracteriza tanto por el predominio de la mayoría como por el respeto a la minoría. No se ve ningún motivo para despojar a las minorías que pueden existir en la Compañía Chilena de Electricidad de un derecho que asiste a las demás, en otras empresas.
En seguida, es perfectamente posible, dentro de la legislación vigente, que por voluntad de los propios trabajadores de la Compañía Chilena de Electricidad se llegue a formar el sindicato único. Ni la ley ni el Código del Trabajo lo impiden. Este último se limita a no forzar a los trabajadores a ingresar a una organización única.
Además, es necesario tener presente que este proyecto, tal como está concebido, avanza bastante en el camino de la restricción de la libertad sindical, porque crea la Confederación de los Trabajadores de CHILECTRA, de la cual, por ministerio de la ley, deberán formar parte todos los sindicatos existentes, en la empresa. Es decir, para la defensa de los intereses comunes, de los grandes intereses gremiales, los sindicatos actuarán por medio de la Confederación; pero en aquellas materias que no sean de tal índole, en que un sector de empleados o de obreros pueda tener intereses particulares distintos de los de la generalidad del personal, funcionarán los sindicatos en forma separada, como hasta ahora lo han hecho.
Por lo demás, debo expresar francamente, como me gusta decir las cosas, que nosotros no somos partidarios de llegar más lejos en la restricción de la libertad sindical. En general, tratamos de mantener todas las libertades, mientras ello es posible. A nuestro juicio -no deseo entrar al fondo del problema, que es muy complejo-, no se ve razón de ninguna especie 'para llegar necesariamente al sindicato único. Y menos aceptables serán para nosotros estas organizaciones únicas mientras los sindicatos sigan desviándose de sus objetivos principales, que son los de carácter gremial, para participar, de una u otra manera, en actividades políticas. Si ellos se concentraran exclusivamente en sus finalidades gremiales, tal vez podría llegar a aceptarse la idea del sindicato único como normal general; pero -repito- mientras se aparten de tales objetivos, se hace más justificable el que algunos sectores de empleados y obreros deseen formar sindicatos distintos, consagrados a la finalidad original, y no vinculados de manera alguna a la política.
Por estos motivos, el Honorable señor García se opuso a la discusión de esta nueva idea en la iniciativa en debate. Yo con-cuerdo en forma absoluta con el criterio de Su Señoría, que me he limitado a exponer.
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