. " El se\u00F1or CHADWICK.- \n Quiero hacer una observaci\u00F3n ante lo que acaban de expresar el Honorable se\u00F1or Bulnes y el se\u00F1or Ministro de Econom\u00EDa: la responsabilidad administrativa y pol\u00EDtica es muy clara respecto de la conducta de los directores representantes de la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n. Es absolutamente cierto que ellos act\u00FAan en una empresa constituida como sociedad an\u00F3nima con todas las responsabilidades del ejercicio de un mandato que recibe desde la CORFO, llamados a aplicar una pol\u00EDtica que comienza con la obligaci\u00F3n de cumplir la ley. Si se apartaran de las obligaciones impuestas por los preceptos legales, asumir\u00EDan las correspondientes responsabilidades. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n Se trata de una responsabilidad te\u00F3rica, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n Es la responsabilidad administrativa y pol\u00EDtica que incluso alcanza al Ministro del ramo. \nEn cuanto a la objeci\u00F3n del se\u00F1or Ministro de Econom\u00EDa respecto de la forma como se ha redactado el inciso primero, debo decir que el sentido de la disposici\u00F3n es perfectamente claro y ha sido incorporado a un proyecto de ley que regula la transferencia de las acciones desde el sector privado al p\u00FAblico. \nLa Compa\u00F1\u00EDa Chilena de Electricidad se constituir\u00E1 de acuerdo con una disposici\u00F3n ya aprobada que, seg\u00FAn entiendo, faculta al Ejecutivo para dictar un nuevo estatuto. Por lo tanto, la indicaci\u00F3n est\u00E1 bien redactada en cuanto hace referencia a una nueva organizaci\u00F3n. Es el estatuto de la sociedad que ser\u00E1 dictado por el Presidente de la Rep\u00FAblica el que constituir\u00E1 la esencia del mecanismo social de mi referencia. \nEn consecuencia, no encuentro atendibles las objeciones hechas a la indicaci\u00F3n renovada. \n \n " . . . . . . . . . . . . .