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Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de informaros acerca de las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Lumaco para contratar empréstitos.
Os hacemos presente que la Honorable Cámara de Diputados ha aprobado estas observaciones, y que la unanimidad de vuestra Comisión, formada por los Honorables Senadores señores Aguirre, Bulnes, Lorca y Montes, las aceptó, también, en su integridad.
En consecuencia, nos limitaremos a explicar, a continuación, las observaciones en informe:
El artículo 1º obligaba a la Corporación de la Vivienda a destinar los recursos necesarios para la construcción de una población en la localidad dé Lumaco, en la provincia de Malleco.
El Ejecutivo ha formulado observación para que el Ministerio de la Vivienda considere, preferentemente, dentro de sus planes y programas, la construcción de una población para imponentes de las instituciones de previsión regidas por el artículo 48 del D.F.L. Nº 2, de 1959, o para los ahorros del Plan de Ahorro Popular, en la ya mencionada localidad de Lumaco.
Según el oficio respectivo, la nueva redacción permite que la finalidad de la norma aprobada por el Congreso se realice por las respectivas Corporaciones de] sector vivienda dentro de sus programas de inversiones elaborados anualmente por el Ministerio del ramo. Además, se especifica el grupo socioeconómico que se propone favorecer con esa iniciativa.
El artículo 5° establece que la Dirección de Obras Sanitarias y la Dirección de Pavimentación Urbana procedan a la construcción de la red de alcantarillado del pueblo de Lumaco y a la pavimentación de calzadas y aceras, con cargo al Presupuesto General.
Por la vía de la observación se sustituye este artículo con el propósito de perfeccionarlo.
El artículo 11 desafectaba de su calidad de bien nacional de uso público a determinado terreno ubicado en Lumaco y disponía su transferencia, a título gratuito, a la Municipalidad del mismo nombre.
Se ha formulado observación para agregar un nuevo inciso a este precepto a fin de que el respectivo terreno se destine a campo deportivo. En esta forma se le otorga expresamente a la disposición aprobada por el Congreso Nacional una finalidad específica y de indudable interés para los habitantes de la comuna.
En seguida, se consultan dos artículos nuevos:
El primero faculta al Ministerio de Hacienda "para girar a nombre de la Confederación Nacional de Municipalidades, y con cargo a la participación de la contribución mobiliaria que corresponde a las Municipalidades del país la suma de doscientos mil escudos", con el objeto de que la citada Confederación destine dichos fondos a la adquisición y alhajamiento de un inmueble para su sede.
Se hizo presente en la Comisión que la redacción de este artículo contiene evidentemente un error de transcripción en el que se habría incurrido en el oficio de observaciones, ya que se hace referencia a la "contribución mobiliaria que corresponde a la Municipalidad del país", en vez de decir "contribución inmobiliaria". En este entendido la Comisión acordó aprobar el precepto propuesto por el Ejecutivo.
El último tiene por objeto agregar al inciso primero del artículo único de la ley Nº 16.415, modificada por la ley. N° 16.992, después de "desahucio" la frase "y de feriado legal".
De acuerdo con lo expresado por el Ejecutivo, esta enmienda tiene por finalidad agregar a los beneficios concedidos al personal de empleados y obreros de la Municipalidad de Providencia por las leyes citadas -que reconocieron a dicho personal diversos años de servicios- que dicho derecho fuera también considerado para los efectos del feriado legal.
En mérito de lo expuesto, vuestra Comisión de Gobierno ha tenido a bien aprobar todas las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Lumaco para contratar empréstitos, y, por unanimidad, os recomienda adoptar idéntico temperamento.
Sala de la Comisión, a 14 de abril de 1970.
Acordada en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Lorca (Presidente), Aguirre, Bulnes y Montes.
(Fdo.) : José Luis Lagos López, Secretario.
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