. " 3INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUMACO PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. \nHonorable Senado: \nVuestra Comisi\u00F3n de Gobierno tiene el honor de informaros acerca de las observaciones del Ejecutivo, en segundo tr\u00E1mite, al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Lumaco para contratar empr\u00E9stitos. \nOs hacemos presente que la Honorable C\u00E1mara de Diputados ha aprobado estas observaciones, y que la unanimidad de vuestra Comisi\u00F3n, formada por los Honorables Senadores se\u00F1ores Aguirre, Bulnes, Lorca y Montes, las acept\u00F3, tambi\u00E9n, en su integridad. \nEn consecuencia, nos limitaremos a explicar, a continuaci\u00F3n, las observaciones en informe: \nEl art\u00EDculo 1\u00BA obligaba a la Corporaci\u00F3n de la Vivienda a destinar los recursos necesarios para la construcci\u00F3n de una poblaci\u00F3n en la localidad d\u00E9 Lumaco, en la provincia de Malleco. \nEl Ejecutivo ha formulado observaci\u00F3n para que el Ministerio de la Vivienda considere, preferentemente, dentro de sus planes y programas, la construcci\u00F3n de una poblaci\u00F3n para imponentes de las instituciones de previsi\u00F3n regidas por el art\u00EDculo 48 del D.F.L. N\u00BA 2, de 1959, o para los ahorros del Plan de Ahorro Popular, en la ya mencionada localidad de Lumaco. \nSeg\u00FAn el oficio respectivo, la nueva redacci\u00F3n permite que la finalidad de la norma aprobada por el Congreso se realice por las respectivas Corporaciones de] sector vivienda dentro de sus programas de inversiones elaborados anualmente por el Ministerio del ramo. Adem\u00E1s, se especifica el grupo socioecon\u00F3mico que se propone favorecer con esa iniciativa. \nEl art\u00EDculo 5\u00B0 establece que la Direcci\u00F3n de Obras Sanitarias y la Direcci\u00F3n de Pavimentaci\u00F3n Urbana procedan a la construcci\u00F3n de la red de alcantarillado del pueblo de Lumaco y a la pavimentaci\u00F3n de calzadas y aceras, con cargo al Presupuesto General. \nPor la v\u00EDa de la observaci\u00F3n se sustituye este art\u00EDculo con el prop\u00F3sito de perfeccionarlo. \nEl art\u00EDculo 11 desafectaba de su calidad de bien nacional de uso p\u00FAblico a determinado terreno ubicado en Lumaco y dispon\u00EDa su transferencia, a t\u00EDtulo gratuito, a la Municipalidad del mismo nombre. \nSe ha formulado observaci\u00F3n para agregar un nuevo inciso a este precepto a fin de que el respectivo terreno se destine a campo deportivo. En esta forma se le otorga expresamente a la disposici\u00F3n aprobada por el Congreso Nacional una finalidad espec\u00EDfica y de indudable inter\u00E9s para los habitantes de la comuna. \nEn seguida, se consultan dos art\u00EDculos nuevos: \nEl primero faculta al Ministerio de Hacienda \"para girar a nombre de la Confederaci\u00F3n Nacional de Municipalidades, y con cargo a la participaci\u00F3n de la contribuci\u00F3n mobiliaria que corresponde a las Municipalidades del pa\u00EDs la suma de doscientos mil escudos\", con el objeto de que la citada Confederaci\u00F3n destine dichos fondos a la adquisici\u00F3n y alhajamiento de un inmueble para su sede. \nSe hizo presente en la Comisi\u00F3n que la redacci\u00F3n de este art\u00EDculo contiene evidentemente un error de transcripci\u00F3n en el que se habr\u00EDa incurrido en el oficio de observaciones, ya que se hace referencia a la \"contribuci\u00F3n mobiliaria que corresponde a la Municipalidad del pa\u00EDs\", en vez de decir \"contribuci\u00F3n inmobiliaria\". En este entendido la Comisi\u00F3n acord\u00F3 aprobar el precepto propuesto por el Ejecutivo. \nEl \u00FAltimo tiene por objeto agregar al inciso primero del art\u00EDculo \u00FAnico de la ley N\u00BA 16.415, modificada por la ley. N\u00B0 16.992, despu\u00E9s de \"desahucio\" la frase \"y de feriado legal\". \nDe acuerdo con lo expresado por el Ejecutivo, esta enmienda tiene por finalidad agregar a los beneficios concedidos al personal de empleados y obreros de la Municipalidad de Providencia por las leyes citadas -que reconocieron a dicho personal diversos a\u00F1os de servicios- que dicho derecho fuera tambi\u00E9n considerado para los efectos del feriado legal. \nEn m\u00E9rito de lo expuesto, vuestra Comisi\u00F3n de Gobierno ha tenido a bien aprobar todas las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Lumaco para contratar empr\u00E9stitos, y, por unanimidad, os recomienda adoptar id\u00E9ntico temperamento. \nSala de la Comisi\u00F3n, a 14 de abril de 1970. \nAcordada en sesi\u00F3n de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores se\u00F1ores Lorca (Presidente), Aguirre, Bulnes y Montes. \n(Fdo.) : Jos\u00E9 Luis Lagos L\u00F3pez, Secretario. \n \n " . "INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUMACO PARA CONTRATAR EMPRESTITOS."^^ . . . . . "3"^^ . . . . . . . .