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- rdf:value = " EMPRESTITO PARA MUNICIPALIDAD DE LUMACO. VETO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Lumaco para contratar empréstitos.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 36ª, en 26 de agosto de 1969.
En cuarto trámite, sesión 45ª, en 27 de enero de 1970.
Observaciones en segundo trámite, sesión 60ª, en 2 de abril de 1970.
Informes de Comisiones:
Gobierno, sesión 37ª, en 13 de enero de 1970.
Hacienda, sesión 37ª, en 13 de enero de 1970.
Gobierno, sesión 67ª, en 21 de abril de 1970.
Sesiones 40ª, en 15 cíe enero de 1970 (se aprueba en segundo trámite); 49ª, en 3 de febrero de 1970 (se aprueba en cuarto trámite).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca, (Presidente), Aguirre Doolan, Bulnes Sanfuentes y Montes, recomienda aprobar todas las observaciones del Ejecutivo, tal como lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión general y particular las observaciones.
Ofrezco la palabra.
El señor LUENGO.-
El señor Secretario acaba de expresar que la Comisión de Gobierno aceptó todas las observaciones que el Ejecutivo formuló a este proyecto.
El texto original de la iniciativa disponía, en el artículo 1º, que la Corporación de la Vivienda deberá invertir las sumas necesarias para la construcción de una población de no menos de treinta viviendas en la localidad de Lumaco. Asimismo, el artículo 5º establecía la obligatoriedad de la Dirección de Obras Sanitarias y de la Dirección de Pavimentación Urbana para proceder a la construcción de la red de alcantarillado y a la pavimentación de calzadas y aceras de la ciudad de Lumaco, que es una de las localidades más abandonadas de la provincia de Malleco.
Pues bien, por la vía del veto, el Gobierno propone dar carácter facultativo a esta norma. Es decir, en ambos casos determina una cierta prioridad. En otras palabras, el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y el de Obras Públicas y Transportes considerarán dentro de sus planes y programas, en forma preferente, la construcción del grupo habitacional citado y de la instalación de la red de alcantarillado para el pueblo de Lumaco, respectivamente.
Si deseamos legislar sobre la materia, no nos cabe otro temperamento que aceptar las observaciones. De lo contrario, no habrá ley, con lo cual se frustrará el anhelo de los habitantes de Lumaco, localidad muy abandonada por las autoridades.
Por eso, aprobaré -reitero- las observaciones del Presidente de la República.
Además, deseo aclarar un punto. El Ejecutivo propone introducir un artículo nuevo que faculta al Ministerio de Hacienda para girar", en nombre de la Confederación Nacional de Municipalidades, y con cargo a la participación de la contribución mobiliaria que corresponde a las municipalidades del país, la suma de 200 mil escudos, con el objeto de que la citada Confederación destine dichos fondos a la adquisición y alhajamiento de un inmueble para su sede. El informe dice que en la Comisión se hizo presente que la redacción de este artículo contiene un error de transcripción, ya que se hace referencia a la "contribución mobiliaria que corresponde a las municipalidades del país", en vez de decir "contribución inmobiliaria". A mi juicio, no hay tal equivocación. La contribución mobiliaria corresponde a los fondos recaudados en las distintas comunas por concepto de impuesto a la compraventa y otros gravámenes. Parte de esos recursos se devuelve a los diferentes municipios. En consecuencia, el artículo aprobado por la Cámara es correcto, y el error lo cometió la Comisión de Gobierno del Senado.
También el Gobierno propone otro artículo nuevo que tiene por objeto aclarar una ley despachada hace tiempo y que benefició al personal de la Municipalidad de Providencia que laboraba en las concesiones de los servicios de aseo y jardines. Lo que se cuestiona de esa legislación es si ellos tienen derecho a que el reconocimiento de los años servidos en esas concesiones se considere para el feriado legal. El veto precisa que no tienen ningún impedimento para acogerse a ese beneficio, en concordancia con el criterio que tuvimos en vista al despachar la disposición primitiva.
El señor DURAN.-
Deseo expresar nuestra opinión favorable respecto del proyecto de ley y también del veto. Las normas propuestas por el Presidente de la República, más amplias y flexibles en cuanto a los mecanismos de inversión, favorecerán la tarea que la Ilustre Municipalidad de Lumaco, con el respaldo de toda la ciudadanía y de los sectores políticos, llevará a efecto.
Era cuanto quería decir.
El señor BALTRA.-
Nosotros también aprobaremos las observaciones del Ejecutivo.
Lumaco es, tal vez, una de las ciudades más atrasadas en materia urbanística, no sólo de la provincia de Malleco, sino también del país. Carece, por ejemplo, de un cine y -según entiendo- es la única que no tiene plaza.
Esta iniciativa posibilitará la realización de algunas obras que indudablemente contribuirán al progreso y bienestar de los esforzados habitantes de Lumaco.
El señor PABLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobarán las observaciones.
Aprobadas.
Terminada la discusión del proyecto.
"
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