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- rdf:value = " MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR FONCEA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA DESTINAR FONDOS AL CUERPO DE BOMBEROS DE TALCA.
Honorable Senado:
El 1º de octubre de.1870 fue fundado el Cuerpo de Bomberos de Talca, de manera que esta institución está próxima a conmemorar su primer centenario.
Como todas las instituciones de su misma naturaleza, la labor desarrollada por dicho Cuerpo ha sido tan abnegada como eficiente en favor de la ciudad; y si se considera que Talca ha sufrido en la centuria devastadores terremotos que han exigido una tarea realmente heroica a dicho organismo, se comprenderá el unánime sentimiento de admiración y gratitud que la comunidad guarda para él.
Es el hecho que, por desgracia, estas efemérides encontrarán a la Institución en un estado económico precario, con sus cuarteles inconclusos, con su 2º Compañía dando los primeros pasos para la construcción de su sede, con sus máquinas y elementos para combatir el fuego en condiciones deficientes y con deudas que no ha sido posible solventar por la estrechez extrema de su presupuesto.
La razón de este desfinanciamiento emana del sistema establecido en las leyes Nºs ,12.027 y 15.021, que fijan un porcentaje de la contribución territorial el 1 por mil en beneficio de los Cuerpos de Bomberos en concordancia con el rendimiento de dicho impuesto en la respectiva provincia. Ahora bien, como estas leyes gravan con dicho porcentaje sólo a los predios urbanos, se produce como natural consecuencia que él sea en las zonas esencialmente agrícolas, que es el caso de Talca, absolutamente insuficiente para afrontar las necesidades más indispensables.
Algunas cifras explicarán mejor la situación descrita. En el año 1969 el rendimiento total de las citadas leyes fue de Eº 2.267.486, correspondiéndole a Talca, que tiene una población calculada en 120.000 habitantes, la suma de Eº 17.813,50, o sea, apreciablemente menos del 1% del producto total. El impuesto especial del 1 3/4% sobre las primas netas de las pólizas de incendio, que es la otra fuente de entradas de las organizaciones bomberiles del país, rindió el año de 1969 un total de Eº 860.000 y al Cuerpo de Bomberos de Talca le correspondió Eº 6.577,60. Lo expuesto, que se da en análogas proporciones en años anteriores, explica con creces la deplorable situación económica en que sorprende a la institución talquina su próximo Centenario.
En consecuencia, el Honorable Senado habrá de ponderar los factores señalados para concluir en una solución de justicia que permita al Cuerpo de Bomberos de Talca conmemorar su centenario en condiciones decorosas, y ella sólo puede ser el resultado de una ley especial.
Por las consideraciones expuestas me permito someter a la consideración del Honorable Senado el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- En homenaje al Centenario del Cuerpo de Bomberos de Talca, fundado el 1º de octubre de 1870, autorízase al Presidente de la República para destinar a dicha institución la suma de Eº 1.000.000 para terminar la construcción de sus cuarteles, para alhajarlos convenientemente y para solventar las obligaciones inherentes a su desarrollo.
El gasto que demande lo dispuesto en esta ley se imputará al 10% del remanente que se produzca en la cuenta especial F 48 A de acuerdo con las normas del artículo 244 de la ley Nº 16.617, modificado por el artículo 15 de la ley Nº 16.773.
(Fdo.): José A. Foncea Aedo.
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