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- rdf:value = " El señor AYLWYN.-
En verdad, tiene razón el Honorable señor García.
Aparece la expresión "también" en el artículo 11, porque el precepto anterior contenía una frase final que se acordó suprimir, según la cual, si el heredero del titular del derecho de autor era el Fisco, la obra pasaría al dominio público. En la Comisión estimamos que no había razón alguna para establecer dicha norma, desde el momento en que se trata del patrimonio cultural común y no del dominio del Estado. Pensamos que la frase debía suprimirse; de suerte que, si el heredero del autor es el Fisco, éste pasará a ser titular del derecho de autor por un lapso de 30 años. El artículo 11 del proyecto aprobado por la Cámara empleaba la palabra "también", porque en la frase final del precepto anterior se consideraba el caso de un bien perteneciente a este patrimonio. Me parece obvio que, por haber desaparecido tal frase, habrá acuerdo unánime para suprimir la expresión en referencia.
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