-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/590505/seccion/akn590505-po1-ds41-ds44
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1224
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/temporal/1292
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1933
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1224
- rdf:value = " El señor CHADWICK.-
En consecuencia, debe entenderse que estos organismos, para ejercer esas facultades, primero habrán de cumplir los requisitos de todo asegurador: tener capitales suficientes, una cartera adecuada, repartir los riesgos, etcétera. ¿De qué manera se han previsto todas estas contingencias?
Soy partidario de legislar a favor de las cooperativas, pero mucho temo que este entusiasmo por ellas, que se justifica por muy diversas razones, nos esté llevando a una precipitación. Existe un organismo estatal -el Instituto de Seguros del Estado- que tiene capitales, que puede repartir los riesgos, que puede afrontar el negocio del seguro en condiciones racionales. Nunca debemos olvidar que el asegurador, en el fondo, no constituye sino un intermediario entre los distintos sujetos sometidos a riesgo.
El señor FERRANDO.-
Lea la observación siguiente, señor Senador.
El señor CHADWICK.-
Sólo he leído el veto en discusión.
Por eso, deseo que los miembros de la Comisión de Hacienda nos informen sobre el particular. Por regla general, prefiero que este tipo de facultades se concedan al Instituto de Seguros del Estado.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/590505
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/590505/seccion/akn590505-po1-ds41